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12/Oct/06 9:22
Prima Dominical

[i:1d982432b3] :P Aguien me podría decir si procede el pago de la prima dominical cuando un trabajador labora en su día de descanso de 2 a 8 horas y se las remunero como tiempo extraordinario?[/i:1d982432b3]
 
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svc
Soldado

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12/Oct/06 10:48

Sugiero que pongas este topico en el indice de seguridad social.
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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12/Oct/06 18:50
Re: Prima Dominical

Si procede, conforme al artículo 71 de la LFT
 
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odatnem
Sargento Primero

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12/Oct/06 19:09

Definitivamente si procede

Saludos
 
Gracias señor por permitirme estar siempre rodeado de gente más grande que yo !!!
 
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cp_cegi
Sargento Segundo

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12/Oct/06 19:54
Re: Prima Dominical

:| Buenas noches. Pues si se trata de afirmar, yo digo que NOp... :!: Allá en el foro de seg. social hay un tema bastante atractivo para ayudarse a decidir si si o si no... vaya, vaya (del verbo ir)... ;)

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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13/Oct/06 21:16
Re: Prima Dominical

http://fiscalia.com/postlite14287-dominical.html

ECHALE UN VISTAZO
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
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mluna
Capitán Primero

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