Si mi actividad es la Carpinteria, y tengo un cliente que le voy a hacer un trabajo de Remodelación de un Edificio que es una Casa Habitación; Pregunto ¿Al terminar el Trabajo y elaborar la Factura, Este trabajo es Exento del IVA? Segun el Art. 21(a) del Reglamento de la Ley del IVA y art. 9 de la LIVA; o Debo aplicar la Tasa General del 15%.
Considero que tu servicio se encuentra exento bajo los fundamentos que proporcionaste, pues es tu servicio es considerado como uno de construcción de inmuebles y/o ampliación de estos.
Te comento que hay criterios jurisprudenciales que lo confirman, como por ejemplo las instalaciones electricas o hidroelectricas adheridas a la casa habitación se encuentran exentas, por lo que aplica dicho criterio por analogía al caso que nos ocupa.
Se han emitido otros crtierios mas, lamentablemente no los tengo en la computadora.
Si [color=red:c071b11746]mi actividad [/color:c071b11746]es la Carpinteria, y tengo un cliente que le voy a hacer un trabajo de Remodelación de un Edificio que es una Casa Habitación; Pregunto ¿Al terminar el Trabajo y elaborar la Factura, Este trabajo es Exento del IVA? Segun el Art. 21(a) del Reglamento de la Ley del IVA y art. 9 de la LIVA; o Debo aplicar la Tasa General del 15%.
Gracias por su ayuda... : :P ...[/quote:c071b11746]
EN QUE REGIMEN TRIBUTAS Y CON QUE OBLIGACIONES ?
AHI ESTA TU RESPUESTA
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'