HOLA, OJALA ALGUIN ME PUEDA DAR EL FUNDAMENTO Y EL PROCEDIMEITNO DE COMO DAR DE BAJA EQUIPO DE OFICINA, COMPUTO ETC.. QUE SE HAYA DESCOMPUESTO O HAYA SIDO EXTRAVIADO, EJEMPLO: IMPRESORAS, FAX, SILLAS LAPTOP'S, ETC...
El artículo 37 sexto párrafo de LISR te indica el procedimiento en donde tienes que dar de baja la parte aún no deducida, así como cuando dichos bienes ya se encuentran totalmente depreciados tienes que tener en tus registros 1 peso por activo.
solamente debes de tener el título de propiedad (factura) para acreditar que el bien está a nombre tuyo y te corresponde la deducción, por caso fortuito o fuerza mayor podrás deducir la parte pendiente.