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10/Oct/05 17:13
IVA efectivamente cobrado e IVA efectivamente pagado

Hola amigos , me podrian por favor documentar en lo referente a la declaracion mensual que hacemos a Hacienda sobre el pago del IVA , se debe tomar en cuenta el IVA efectivamente cobrado y el IVA efectivamente erogado. Cuales son las bases legales para aplicar ese criterio ????
Gracias por su atencion
Choforo...
 
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choforo
Soldado

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10/Oct/05 17:21

Art 1B-C LIVA
Todo el art 4,5 LIVA
En caso de ART 28 LIVA........
 
Hay quienes nacen con la oportunidad de tener exito mediante el trabajo pero habemos poco con el don magico de lograrlo..........Mp
 
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Mozart
Capitán Segundo

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10/Oct/05 17:21
Re: IVA efectivamente cobrado e IVA efectivamente pagado

Que tal compañero, te comento que a partir del ejercicio de 2003 el iva cambio la base de flujo efectivo, es decir, el iva se entera en la medida en que se haya pagado así como el que se haya cobrado, el sustento lo encuentras en los artículos 1-B y 5to de la ley de la materia.


Antes el iva se calculaba en los momentos en que se calculan para isr, ahora es solamente flujo efectivo.


Saludos!
 
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Abogado
Capitán Segundo

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