05/Oct/05 17:52
Re: me requieren pago de multa y no la recibi
[quote:e9fd441e89="BR1"]Colegas, tengo una gran duda respecto a este tipo de soluciones:
Puede promover este tipo de recursos un cotador??????? es decir veo que se pasan formatos, pero a mi entender solo pueden promoverlo mediante un abogado...o yo como CP puedo hacer este tipo de cosas (interponer recursos legales)????????????[/quote:e9fd441e89]
El Recurso Administrativo de Revocación, como su nombre lo indica se interpone ante la Autoridad que emitio el acto, por lo que constituye una instancia que no es necesario que sea interpuesta por un profesionista especifico, aunque para su elaboración si es indispensable en virtud del tecnisismo y los agravios que se pueda argumentar.
Por el contrario el Juicio de Nulidad ante el TFJFYA, ya es un Procedimiento interpuesto ante un Tercero como lo es el Magistrado el cual incluye diversas etapas procedimientales como lo son las pruebas, los alegatos, etc., y es el Magistrado quien emite la resolución al caso concreto, por lo que en los términos del Art. 200 es un Lic. en Derecho quien tiene que tramitar tal procedimiento.
Espero haberme entendido.
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS