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17/Ago/05 16:55
Perdidas Fiscales en Pagos Provisionales

Espero me puedan ayudar y gracias x su tiempo.

Kiero saber si estoy aplicando correctamente una perdida fiscal de una persona física con actividad empresarial, aplike este procedimiento:

Perdida Cont. al 31/12/2004 20,000.00
Perdida Fiscal al 31/12/2004 30,000.00

Junio

Ingresos 200,000.00
Deducciones 80,000.00
Perdida Fiscal 30,000.00

Base 90,000.00
LI 51,609.01
Ex 38,390.99
Tasa 30%
Imp 11,517.30
CF 7,373.88
Imp 18,891.18


Imp 18,891.18
Sub 9,820.98
PP 9,070.20

Como los ingresos y las deducciones son acumuladas, en Julio también debo volver a restar la pérdida es decir:

Ingresos 350,000.00
Deducciones 150,000.00
Perdida Fiscal 30,000.00

Base 170,000.00

Determinar el impuesto y restarle el pago k hice en junio.

Esto es correcto???? o debo actualizar la perdida cuando la aplike x decir:

De enero a junio y posteriormente de enero a julio o no???

Y en mi declaración anual voy a actualizarla y aplicarla cuando determine la utilidad o perdida nuevamente????

Oriéntenme x favor...
 
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Rositasm
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17/Ago/05 17:04

1- en el caso de la perdidas Fiscales debes de aplicar el remanente pendiente de causar. y este actualizarlo.

2- Si las perdidas fiscales que considerastes en junio son todas en el pago de Julio ya no las consideras ya que las agotastes ( las aplicastes todas )
 
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Mozart
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17/Ago/05 17:08

No entiendo lo de aplicar el remanente pendiente de causar???
 
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Rositasm
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17/Ago/05 17:14

1- si la perdida fiscal corresponde al ejercicio 2004 la tuviste que haber actualizado aplicando el factor dic-04/jul-04

2- una vez actualizada la aplicas a tu utilidad fiscal

3.- si al terminar el ejer 2005 te quedan remanentes entonces vuelves a actualizar

En este caso aplicaste la totalidad de la perdida en junio. Pero como los ingresos los vas acumulando desde enero, vuelves a aplicar la misma cantidad de perdida para julio.

ejemplo

ene-jun utilidad 1000
perd fiscal actualizada ej 2004 300
base impto 700


ene-jul utilidad 1300
perd fiscal actualizada ej 2004 300
base impto 1000

espero te sea de utilidad
 
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emmalu
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17/Ago/05 17:17

rosita

remanente se refiere a lo siguiente

utilidad del ejercicio 2000
perd fiscal ej anterior 2500
base de impto 0

perd fiscal pend de aplicar 500
 
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emmalu
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17/Ago/05 17:19

recomendacion lee el capitulo V LISR titulo II

ART 61 en adelante y te quedara mas claro
 
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emmalu
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17/Ago/05 17:22

Perdon, es el remanente pendiente de APLICAR:

Es decir :

Perdidas fiscales 100
Aplicastes 50
Remanente 50

Dicho remanente ( 50 ) lo actualizas y lo aplicas hasta que lo agotas o lo que sucede primero ( si la aplicastes ya en su totalidad )........ espero que este claro

NOTA Si necesitas un caso practico de aplicacion.. hasmelo saber y te lo envio con gusto.......
 
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Mozart
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17/Ago/05 17:22

OK Emmalu, entonces debo actualizarla en este caso k m diera una perdida actualizada de 35,000.00, seguiré disminuyendo de julio a diciembre mi perdida de 35,000.00

Pero cuando determine el resultado fiscal 2005 debo decir

Ingresos X
Deducciones X
Base X
Per. Fis. Act. 35,000.00
Base p/pago X


Esto es correcto???
 
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Rositasm
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17/Ago/05 17:25

Exacto tu perdida seguira siendo 35000

ingresos ene-dic 100000
deducc ene-dic 60000
utilidad fiscal 40000
perd fiscal 35000
base impto 5000

saludos!
 
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emmalu
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17/Ago/05 17:27

Gracias Mozart, si tengo este caso, si no termino de entenderlo te lo envio como lo hice y ya m haces la observaciones si!

Pero seguire intentandolo, muchisimas gracias.
 
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Rositasm
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