COMPAÑEROS ALGUIEN QUE ME ORIENTE SOBRE SI EL ISR DE REPECOS LO DEBO DE PAGAR COMO DICE EL ESTADO O PUEDO APLICAR LO DE LEY DE ISR, ES DECIR DISMINUYENDO LOS INGRESOS DE 42000 MENSUALES, GRACIAS POR SU AYUDA.
Hola jcgro_velcia, soy de Guanajuato, y te comento esto;el repeco, por el ISR, tiene dos imptos a cargo para 2005, el impto cedular 2%, paga cuota fija, si obtuvo ingresos en 2004 y presento de dec anual informativa, o, bien paga directamente el imtpo cedular si rebase un monto anual, no recuerdo bien la cantidad checa el portal www.guanajuato.gob.mx, el otro impto es el 2% estatal art 138 LISR, y tiene una disminución de 84.444.44 si enajena bienes y de 25.333.32 si presta servicios, aqui es donde pienso te confundes, y se presentan el mismo formulario 15-B,, mañana te anota el limite de ingresos.
Saludos