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05/Ago/05 13:44
Re: OPINION !!!!!

ymontes21 :

Este es tu comentario de donde volví a partir:

[u:2a97ca50da]Oigan disculpen que reabra el foro, pero alguien me cito el Art. 18 LIVA para decirme que el iva no formaba parte de mi base para calcular honorarios, ya lo estuve leyendo y tambien la correlación con el 11,32 y 33 del RIVA y segun mi interpretación es al contrario, el IVA si forma parte de la base sobre la cual debo calcular los honorarios. [/u:2a97ca50da]

Tratare de ser claro y conciso.

El artículo 18 hace referencia que se considera base para este impuesto y son dos supuestos:
1. La contrasprestación pactada por el servicio
2. cantidades que se carguen o cobre a quien reciba el servicio

En el Supuesto 2, te enumera Otros impuestos, intereses normales moratorios, penas convecionales y cualquier otro concepto.

Tu lo que vas a hacer como constructora es decir " el costo de este mes del avance de la construción fue $ 100, 000 y $ 15,000, mi criterio como constructora es determinar mis honorarios en un 10% sobre el costo con iva , o sea $ 115, 000 por 10% , mi honorarios son $11,500."
Sobre de estos $11,500 calculas tus impuestos, los costos son un parametro, espero ser claro.
 
LOERA JIMENEZ Y ASOCIADOS
 
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loerasergio
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05/Ago/05 13:45

Yo cosidero que si tu eres el que construye por lo tanto tu acreditas el iva pagado a tus proveedores contra el que te paga tu cliente, se daria que tu costo real de construcción es sin IVA y sobre ese costo real cobrarias tus honorarios por administración. Sería lo justo si se fijarón los honorarios sobre el costo de construcción.
Sin embargo considera una situación diferente pero muy usual un arquitecto cobra sus honorarios sobre el gasto real es decir considerando el IVA que pago (Puede que tenga facturas con IVa o sin comprobantes ) Cuando realiza una obra a un particular (Casa Habitación. ) Tu eliges como cobrar y si el cliente lo acepta pues adelante.
 
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jesf72
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05/Ago/05 13:57
Re: OPINION !!!!!

[quote="loerasergio"][b]ymontes21 :

[color=red:d54a987775][size=18:d54a987775]mi criterio como constructora es determinar mis honorarios en un 10% sobre el costo con iva[/size:d54a987775] [/color:d54a987775]

Pues entonces es un criterio al final de cuentas sobre que base cobro mis honorarios........y esot no significa que este cobrando impuesto sobre impuesto
 
Yessy
 
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ymontes21
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05/Ago/05 13:59
Re: OPINION !!!!!

ymontes21 :

:D Así es, es tu criterio en comodeterminas tus honorarios y en ningún momento conbras un impuesto sobre otro.

:P

Saludines
 
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loerasergio
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05/Ago/05 14:01
Re: OPINION !!!!!

Gracias loerasergio, ese era precisamente el problema, que el cliente consideraba que le estaba aplicando impuesto sobre impuesto.....
 
Yessy
 
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ymontes21
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05/Ago/05 14:30
Re: OPINION !!!!!

Estan involucrando una situacìón meramente contractual! con una fiscal!

nada tiene que ver el art 18 de la ley del IVA!
sería el colmo que la ley del IVA o cualquier otra te dictara los parametros para fincar el importe de tus honorarios!

caray, el IVA formando parte del costo! POR FAVOR. el iva es un impuesto TRASLADADO, forma parte del costo pero DEL CONSUMIDOR FINAL.!!!
 
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Bulsarak
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06/Ago/05 15:14
Re: OPINION !!!!!

Yo trabajo en una inmobiliaria (26 años) siempre que nos han administrado alguna obra (construccion de casas, edificios para oficina, urbanizacion de terrenos, remodelacion de oficinas, etc.) nos cobran sobre el costo de la mano de obra y materiales sin incluir el iva.

El % de los honorarios es muy variado dependiendo del tipo y monto de la obra.
 
ge01rar01do58@hotmail.com MI PADRE SIEMPRE ME DECIA: ENCUENTRA UN TRABAJO QUE TE GUSTE Y NO TENDRAS QUE TRABAJAR UN SOLO DIA DE TU VIDA
 
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gerardoba
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06/Ago/05 16:09
Re: OPINION !!!!!

No existe un fundamento que regule la cobranza sobre administración de obras, esto lo podemos sacar como principio jurídico de los usos y costumbres. Mi opinión es que si existen otras empresas que no consideran dentro de la base para determinar lo honorarios el IVA es para que salga mas económico el honorario; pero nada mas; en esta cuestión no aplican los principios legales para cobro de impuesto sobre impuesto, esta es la forma para determinar de manera “justa” los honorarios por administración.
 
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mtapia
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