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27/Jul/05 9:39
declaracion de retencion por salario

Es correcto aun, presentar la primera declaracion en cero por la retencion de salarios, hasta que no haya saldo a pagar ?
gracias, por su ayuda
 
ppbejarano
 
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ppbejarano
Soldado

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27/Jul/05 9:47
Re: declaracion de retencion por salario

Hola:

Puedes checar la regla 2.14.2 de la resolucion miscelanea para 2005

Pero a manera de comentario te digo, que si es persona moral , tienes que presentar todos los meses, y si es persona fisica , si puedes tomar de presentar solo la primera del año.

Esto ya se ha visto en topicos anteriores, y hay contadores que no lo contemplan de esta manera ( persona fisicas), podrias verlos para ver sus fundamentos. Utiliza el Buscador y como palabra podrias poner " estadisticas".

Saludos
 
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mir100
Capitán Primero

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27/Jul/05 9:55
Re: declaracion de retencion por salario

Disculpa, pero no te he comprendido del todo.

¿Te refieres a que si debes de presentar la declaración en ceros por la obligación de retención de sueldos y salarios en el supuesto de que en el cálculo no te dé importe por retener al trabajador en cada uno de los meses en que hayas realizado el cálculo?

Para las personas físicas, desde el mes de febrero de 2004 entró una facilidad administrativa que dice en pocas palabras que para todas aquellas obligaciones por las cuales realices cálculo anual podrás presentar una sola declaración en todo el ejercicio, siempre y cuando la razón por la cual estás declarando en ceros sea la misma en todos los meses.

Por ejemplo: si en enero 2005 en tu cálculo te da Crédito al salario a pagar al trabajador, tu haces una estadística en ceros señalando que no hubo retención en el cálculo, si en el mes de febrero las condiciones son las mimas, ya no presentas declaración estadística y la autoridad da por entendido que es la misma razón.

Ojo, esta facilidad no es para personas morales, ni para pagos definitivos (I. V. A./ ISR PEQUEÑOS)
 
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KRAKEN
Sargento Segundo

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