26/Jul/05 18:40
Estoy revisando el mes de febrero de una persona fisica, y en devoluciones sobre compras me encontre notas de octubre y diciembre del 2004, pueden tomarlas como deducibles, cuanto es el tiempo para considerarlas deducibles y donde puedo ver el fundamento.
Agradezco su tiempo.
|
noustad
Sargento Primero
Mensajes:
115
Ingresó:
Junio 07, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
27/Jul/05 10:40
Re: Deducibles
Había escuchado que se podían tomar por los siguientes 6 meses, pero no estoy seguro y no encuentro el fundamento, espero que alguien me pueda ayudar con esto.
Gracias.
|
noustad
Sargento Primero
Mensajes:
115
Ingresó:
Junio 07, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
27/Jul/05 11:03
Re: Deducibles
Ok, en el articulo 29 de deducciones te dice que son deducibles las devoluciones que se hagan en el ejercicio, considero que con esto, no importa el ejercicio en el que realizaste la venta, si en este ejercicio te hacen la devolucion en este ejercicio la puedes deducir. Me parece que existe un articulo del codigo que te dice que tienes 4 meses para registrar las operaciones en tu contabilidad, recuerda que el registro es requisito de deduccion.
Saludos.
Nos vemos en groups.msn.com en el grupo de aportaciones fiscales.
|
pablocastro
Teniente
Mensajes:
331
Ingresó:
Mayo 21, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
27/Jul/05 11:45
Re: Deducibles
Aunque mas bien son dev sobre compra no serían para deducir, pero no entrarían por ser del 2004.
|
noustad
Sargento Primero
Mensajes:
115
Ingresó:
Junio 07, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
27/Jul/05 12:32
Re: Deducibles
ok, tienes razon, creo deverias de ver las disposisiones acercs del Costo de lo vendido, en caso de ser compras, si son gastos, los deduces como netos de devoluciones, rebajas y descuentos.
:oops:
Nos vemos en groups.msn.com en el grupo de aportaciones fiscales.
|
pablocastro
Teniente
Mensajes:
331
Ingresó:
Mayo 21, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
27/Jul/05 12:42
Re: Deducibles
De hecho es una persona fisica, por lo tanto no aplica el costo de lo vendido, pero como son devoluciones de compras disminuye las deducciones, asi que no creo que sea probllema para hacienda no?
|
noustad
Sargento Primero
Mensajes:
115
Ingresó:
Junio 07, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
27/Jul/05 14:06
Re: Deducibles
LAS DEVOLUCIONES SOBRE COMPRAS “NO” DISMINUYEN LAS DEDUCCIONES, SE CONSIDERAN COMO INGRESOS ACUMULABLES.
FUND. ART.121 FR. X. LISR
|
omarm
Soldado
Mensajes:
2
Ingresó:
Marzo 22, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
27/Jul/05 16:28
Re: Deducibles
Entonces con mas razon entrarían las notas ya que se acumulan a los ingresos, y no importa que sean del ejercicio anterior.
|
noustad
Sargento Primero
Mensajes:
115
Ingresó:
Junio 07, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
28/Jul/05 10:46
Asi es la dev/comp se considera como ingrso acumulable.
|
milo55
Sargento Primero
Mensajes:
82
Ingresó:
Julio 26, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
|