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13/Jul/05 18:20
FE DE ERRATAS

SE EQUIVOCARON AL FACTURARME UN AUTOMOVIL EN EL DOMICILIO FISCAL , SI ME EFECTUAN LA CORRECION MEDIANTE UNA FE DE ERRATAS, SERIA DEDUCIBLE?

ATTE
Luz
 
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Luzecr72
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13/Jul/05 18:22
Re: FE DE ERRATAS

El dichoso SAT, te lo toma como documento alterado, esperemos mas comentarios, suerte :twisted:
 
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corteslce
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13/Jul/05 18:43
Re: FE DE ERRATAS

no me espantes!!! corteslce :?
porque me habian comentado que la fe de erratas, sí te sirve, lo malo es que no me acuerdo, si eso me lo comentaron en atención al contribuyente...

¿Tú por que dices que te lo toman como alteracion? si finalmente es OTRO documento
 
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lc_lau
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13/Jul/05 19:18

El domicilo no importa para poder deducirlo checa el 29-a
 
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chino42
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13/Jul/05 19:23
Re: FE DE ERRATAS

Por partes; lc_lau, recuerda que el criterio que aplican los de desinformación al contribuyente es muy distinto a los de auditoria, que es recaudatorio su criterio, si la fe de erratas la pones en la misma factura esta alterada, que te la cambien y/o cancelen, chino42, como que no importa el domicilio, asi dice el 29A, que el domicilio este mal? no creo chino42, espero haberte ayudado lc_lau, suerte :)
 
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corteslce
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13/Jul/05 19:31

Segun entiedo lo que el quiere es deducir y acrediar el iva del automovil, para poder deducir y acreditar no necesita estar perfectamente la dirección, o estoy desinformado?
 
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chino42
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13/Jul/05 19:39
Re: FE DE ERRATAS

Mira chino la ley es medio estricta, más bien la ley no, los del SAT, para que lo hagas deducible debe contener todos los requisitos, si por X o Y te falta un requisito no te lo hacen deducible, te aclaro aunque se manejan con una normatividad interna que les dice que si cumplen con mas 60% lo hagan deducible, no lo hacen en le práctica, no me pidas esa normatividad no la tengo, pero sé de ella, espero haberte aclarado tus dudas. 8O
 
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corteslce
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14/Jul/05 17:40

PERDON X LA INSISTENCIA PERO PARA HACERLO EL HECHO DE QUE NO ESTE CORRECTAMENTE LA DIRECCION Y EL NOMBRE NO TIENES POR QUE LLEBARLO A NO DEDICUBLES, LO PUEDES DEDUCIR SIEMPRE Y CUANDO SEA PAGADO CON CHEQUE PARA ABONO EN CUENTA Y NOMINATIVO Y SOLICITAR EL PAGO EN PARCIALIDADES EN CASO DE NO PAGARLO TODO
 
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chino42
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14/Jul/05 17:44

ART 29-A
Fracc I.- TENER IMPRESO ,........... DE QUIEN LO EXPIDE (NO DE QUIEN COMPRA)
 
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chino42
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14/Jul/05 18:02

Miren no se en el caso de automoviles, pero me ha tocado en auditorias que algun comprobante tenga errores en el domicilio, o en el rfc,o en el nombre, obvio no todo en el mismo comprobante,

Y las empresas nos han puesto una leyenda en el comprobante corrigiendo el dato erroneo, sellan la factura y la firma del gerente. Y en auditoria nos las han aceptado.

Incluso copias nos ponen la leyenda copia fiel del original y tambien las han hecho deducibles.

Claro que es opcional del auditor a lo mejor hemos corrido con suerte.

Si te pueden cambiar la factura hazlo! no te arriesgues sobre todo porque debe ser una cantidad considerable.

Suerte!
 
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emmalu
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