Es correcto el isan es deducible pero dentro del MOI y el fundamento es el siguiente: LISR art.37 parr.2o. que dice de la siguiente manera:
El monto original de la inversion ademas del precio comprende los impuestos efectivamente pagados con motivos de la adquisicion o importaccion del mismo a excepcion del IVA.. . . . . . . . . ..
Espero te sea útil el comentario
EL UNICO HOMBRE QUE NO SE EQUIVOCA ES EL QUE NUNCA HACE NADA.
Primero habrá que aclarar, desde cuál punto de vista.
a) Agencia automotriz.- ISAN trasladado y posteriormente enterado
b) Adquirente del automóvil.- Quien realmente pagó el ISAN que le fue trasladado por la agencia.
El que adquiere el activo, por naturaleza se factura dentro del MOI ( Monto original de inversion )el cual no va desglosado y va directamente hacia el activo
Para las agencias lo unico que hace lo traslada y por lo tanto es no deducible.
Hay quienes nacen con la oportunidad de tener exito mediante el trabajo pero habemos poco con el don magico de lograrlo..........Mp