Jurisprudencia posterior no puede alterar una sentencia firme: efectos fiscales

La SCJN reafirma la prevalencia de la cosa juzgada frente a cambios posteriores de criterio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que una jurisprudencia emitida con posterioridad no puede modificar los efectos jurídicos establecidos en una sentencia firme dictada previamente para un caso concreto. Aunque el asunto que dio origen al criterio es de naturaleza civil, la determinación tiene una importancia particular en materia fiscal, en donde los cambios jurisprudenciales pueden modificar sustancialmente la interpretación de las disposiciones tributarias.

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