- Fiscal
- febrero 25, 2026
La notificación del derecho a la autocorrección durante facultades de comprobaci
Y la validez de su práctica fuera del buzón tributario cuando éste no se encuentra habilitado.
El ejercicio de las facultades de comprobación por parte de las autoridades fiscales se encuentra sujeto a una serie de formalidades cuyo propósito es garantizar el respeto a los derechos de audiencia, defensa y seguridad jurídica de las personas contribuyentes. Dentro de estas garantías destaca la obligación prevista en el antepenúltimo párrafo del Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), mediante la cual la autoridad debe informar al contribuyente sobre su derecho a acudir a las oficinas fiscales para conocer los hechos u omisiones detectados durante el procedimiento de fiscalización.