Exención de IVA en crédito hipotecario: Sólo aplica a personas físicas

Es una medida vinculada con el derecho a la vivienda.

El Artículo 15, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) establece que no se pagará dicho impuesto por las comisiones y otras contraprestaciones que el acreditado cubra a su acreedor con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios destinados a la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles para casa habitación, con excepción de:

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