Efecto en IVA de la aportación de activos y pago en acciones

Tratamiento definido en nueva regla miscelánea aplica a cualquier contribuyente.

El Artículo 34 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) regula de forma específica las operaciones en las que la contraprestación se pague en especie o mediante la prestación de servicios. El precepto señala que, en las permutas y pagos en especie, el IVA deberá calcularse y pagarse por cada bien cuya propiedad se transmita, por cada derecho de uso o goce temporal que se otorgue, o por cada servicio que se preste.

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