Reforma al Artículo 46 de la LFPCA: Modernización probatoria

Reconocimiento de tecnologías emergentes en la propuesta de reforma de la LFPCA.

Como parte del paquete de reformas a la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA) presentadas en marzo de 2025, el Artículo 46 fue objeto de una modificación sustancial que actualiza el marco legal relativo a la prueba electrónica en juicio. Esta reforma sustituye la referencia al derogado Artículo 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles (CFPC) por la incorporación expresa de los Artículos 348, 349 y 350 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF).

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