Contabilidad fiscal y financiera: ¿Es legal llevar dos sistemas contables?

Análisis jurídico del Artículo 111 del CFF y la tesis jurisprudencial 2a./J. 143/2016.

En la práctica administrativa y financiera de las empresas mexicanas en ocasiones puede presentarse la coexistencia de dos sistemas contables: uno con fines fiscales y otro con fines financieros u operativos. Aunque no es común, esta dualidad, si bien funcional para la toma de decisiones internas y el cumplimiento normativo, ha generado cuestionamientos respecto a su legalidad. Es por esto que resulta pertinente analizar si esta práctica constituye una conducta delictiva conforme al Artículo 111, fracción II del Código Fiscal de la Federación (CFF), y cómo debe interpretarse a la luz de la jurisprudencia 2a./J. 143/2016 emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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