- Fiscal
- mayo 21, 2025
Presunción de inexistencia de operaciones: ¿Qué debe demostrar el contribuyente?

Interpretación jurisprudencial sobre la carga probatoria del contribuyente.
El procedimiento de presunción de inexistencia de operaciones previsto en el Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) ha sido, desde su inclusión en la legislación fiscal mexicana, una de las herramientas más contundentes utilizadas por la autoridad hacendaria para combatir prácticas de evasión y simulación fiscal. Este mecanismo permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) declarar como inexistentes las operaciones amparadas por Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) cuando detecta que el emisor no cuenta con los recursos materiales, humanos o técnicos para realizarlas.