Comprobantes fiscales: La descripción del servicio prestado

No debe ser demasiado detallada. conforme a lo previsto por el CFF.

El CFF establece que el contribuyente que preste un servicio - como bien no tangible y, por tanto, no susceptible de medirse en cantidades, unidades de medida y clase -, debe describirlo en el comprobante fiscal que al efecto expida.

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