Litis abierta en materia fiscal

Su evolución legislativa y jurisprudencial.

A efecto de la aplicación de dicho principio debe tenerse en cuenta que en primer término la Segunda Sala de la SCJN sostuvo, en jurisprudencias, que este Tribunal no estaba obligado a estudiar los argumentos en los cuales se reiteraran cuestiones ya analizadas en el recurso administrativo o se plantearan temas no expuestos en este. Por tal motivo, en la reforma publicada el 15 de diciembre de 1995 se introdujo, en los artículos 197 y 237 del CFF el principio de Litis abierta, en cuyo proceso legislativo se expuso lo siguiente:

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