05/Dic/20 12:29
Concreto...
Conforme al Art. 22 de la LISR. 'La obligación de devolver prescribe en los mismos términos y condiciones que el crédito fiscal...'
Artículo 146. El crédito fiscal se extingue por prescripción en el término de cinco años.
El término de la prescripción se inicia a partir de la fecha en que el pago pudo ser legalmente exigido y se podrá oponer como excepción en los recursos administrativos o a través del juicio contencioso....
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CP_PACO
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07/Dic/20 11:32
Re: Prescripcion de IVA
Conclusión: Hay que desaparecer a la PRODECON
Estimado PACO
Que bueno que lograste entender a ers9727
Por mas que le busco, con tanto rollo, solo te marea y confunde, y difícilmente logro entender.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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07/Dic/20 12:00
Re: Prescripcion de IVA
Bueno fuera, después de un mega super choro mareador ya no se sabé cual era la pregunta inicial, tan fácil que es ser concreto en las respuestas... al buen entendedor, pocas palabras!
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CP_PACO
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08/Dic/20 18:51
Re: Prescripcion de IVA
Bueno fuera, después de un mega super choro mareador ya no se sabé cual era la pregunta inicial, tan fácil que es ser concreto en las respuestas... al buen entendedor, pocas palabras!
No sabrás tu... y te mareas tu. Porque no saben leer. Nomas copias y pegas chismes.
Señale Y RATIFICO que si procede el acreditamiento incluso después de 5 AÑOS DE PRESCRIPCION. Es lo que pregunto el PONENTE
, y solo lo único que me queda es el acreditamiento
Pero si lo señalo con bases y fundamentos.
Editado: Diciembre 08, 2020 18:51:49
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ers9727
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08/Dic/20 19:13
Re: Prescripcion de IVA
Gracias por tu observación mi estimado Ers9727... serán canalizada al área o departamento correspondiente.
De manera concreta y como digo, al buen entendedor pocas palabras... de rollo ya tenemos más que suficiente con los políticos a menos que ya hayan comenzado las campañas políticas.
Saludos.
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CP_PACO
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08/Dic/20 19:40
Re: Prescripcion de IVA
Denúnciame a los tribunales por hacer 'choro mareado'
Se me hace que no te harán caso.
Ve a la ONU. ¿Qué preocupación?
No meten a los políticos a la carceles por lo que dicen. No es que tenga palancas. Creo que la solucion es no leerme, te me vas enfermar con tantas preocupaciones
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Para quitarte la fatiga como a Jaimito 'el cartero'. No vayas el departamento o al área.
Solo fueron apreciaciones. No son quejas, no te apures. No me preocupan.
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Por mi puedes repetir los chismes que necesites propagar. Cada quien hace su luchita. Es mas pasa con Paty Chapoy a que te ayude. Ella si te aventaja en la propagación.
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ers9727
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08/Dic/20 19:56
Re: Prescripcion de IVA
'Oh, eso es muy inteligente'
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CP_PACO
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08/Dic/20 20:02
Re: Prescripcion de IVA
“efectivamente pagado”
Son dos fracciones. La III y la IV. Las dos se leen armónicamente. No se lee lo que quiera que diga, por la fraccion III. Y dejo de leer la FRACCION IV
Al señalarse que el IVA acreditable (TRASLADADO POR SEPARADO) SE ACREDITARIA cuando sea 'EFECTIVAMENTE PAGADO'.
Por obvias razones la frase indica: 'si no esta pagado', 'no te lo acredites'.
Muestro un ejemplo con manzanitas:
importe 10,000.00
Iva 1,600.00
subtotal 11,600.00 ------- Monto total a liquidar
retencion isr 1,000.00
retencion iva 1,066.67
NETO 9,533.33 ---- Lo que vienes pagando por IVA SOLO ES 1,600 MENOS 1066.67
Las retenciones NO SE PAGAN JAMAS DENTRO DEL CHEQUE O LA TRANSFERENCIA....
Si no el cheque o la transferencia saldria por 11,600 en lugar de 9,533.33
Solo le has pagado $ 533.33 de IVA solo esto puedes acreditarte.
¿Cuándo te acreditarías los 1,066.67?
Es obvio que hay que leer la fracción IV... La que no te gusta de rollo. La que pasas por alto y no se quiere leer. O de plano no le entiendes a la lectura.
Dice que te lo acreditas al mes siguiente en la declaración que hagas y presentes la declaración ordinaria o en el mes que lo pagues AL SAT, en cualquiera de los casos, incluso de manera extemporánea.
Editado: Diciembre 08, 2020 20:11:23
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ers9727
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08/Dic/20 20:09
Re: Prescripcion de IVA
Concreto...
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08/Dic/20 20:14
Re: Prescripcion de IVA
Si muy concreto, y eso qué... jajajaja
pero eso no pregunto el panelista
Puedo utilizar ese saldo para compensar o por ley ya prescribió, y solo lo único que me queda es el acreditamiento
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ers9727
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