14/Ene/15 11:43
Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
Hola buen día, con respecto este comentario:
Así mismo la regla II.1.1. de la Miscelanea nos dice que cuando en la página del SAT se establezcan a favor de los contribuyentes alguna facilidad podrá tomarse como oficial esta información en dicha página .
Transcribo la citada regla: ( de 2014)
Requisitos de los trámites
II.1.1. Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, se dan a conocer en el Anexo 1-A, de forma enunciativa y no limitativa, las fichas de trámites fiscales. Dichas fichas, salvo señalamiento expreso, no eximen del cumplimiento de los requisitos señalados en las disposiciones fiscales aplicables.
Cuando en las páginas de Internet del SAT o de la Secretaría se establezcan a favor de los contribuyentes, requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún trámite, podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, lo dispuesto en dichas páginas para el trámite que corresponda.
Asimismo, el SAT dará a conocer en la citada página de Internet de forma anticipada y únicamente con fines informativos, reglas de carácter general que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
El comentario de que podrá tomarse como oficial es para los trámites, lo referente a las reglas dice que es únicamente con fines informativos .
Salu2
Editado: Enero 14, 2015 11:56:23
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grupoimper
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14/Ene/15 11:43
Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
Hola buen día, con respecto este comentario:
Así mismo la regla II.1.1. de la Miscelanea nos dice que cuando en la página del SAT se establezcan a favor de los contribuyentes alguna facilidad podrá tomarse como oficial esta información en dicha página .
Transcribo la citada regla: ( de 2014)
Requisitos de los trámites
II.1.1. Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, se dan a conocer en el Anexo 1-A, de forma enunciativa y no limitativa, las fichas de trámites fiscales. Dichas fichas, salvo señalamiento expreso, no eximen del cumplimiento de los requisitos señalados en las disposiciones fiscales aplicables.
Cuando en las páginas de Internet del SAT o de la Secretaría se establezcan a favor de los contribuyentes, requisitos diferentes a los establecidos en la presente Resolución para la realización de algún trámite, podrán aplicar en sustitución de lo señalado en la citada Resolución, lo dispuesto en dichas páginas para el trámite que corresponda.
Asimismo, el SAT dará a conocer en la citada página de Internet de forma anticipada y únicamente con fines informativos, reglas de carácter general que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
El comentario de que podrá tomarse como oficial es para los trámites, lo referente a las reglas dice que es únicamente con fines informativos .
Salu2
Editado: Enero 14, 2015 11:57:01
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grupoimper
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14/Ene/15 14:22
Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
grupoimper: esa regla esta derogada, le sugiero vea la nueva en la rm 2015.
Saludos
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pacatelas
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14/Ene/15 15:58
Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
Desde luego, su vigencia fué hasta el 31 de diciembre de 2014, pero mi comentario solo fué para enmarcar que no estaba correcto el análisis de esa regla. Por eso le puse 2014.
De todas maneras muchas gracias por tomarte la molestia de leer mi comentario.
Salu2
Editado: Enero 14, 2015 15:59:53
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grupoimper
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14/Ene/15 16:56
Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
grupoimper: no, la regla tuvo vigencia hasta octubre 2014.
Saludos
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pacatelas
Capitán Segundo

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14/Ene/15 18:03
Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
Gracias por la precisión, pero insisto mi comentario solo fué para precisar el analisis del comentario y no de la vigencia de la regla.
Salu2
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grupoimper
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14/Ene/15 18:04
Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
Saludos a todos
Efectivamente la regla ya no esta para este 2015 o al menos no en el mismo tenor o numeración, como lo apunte en mi primer comentario ojala se publique en las posteriores resoluciones, solo la puse como referencia al derecho que otorga para ese ejercicio y porque vía página hacienda confirma la facilidad
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oziel
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14/Ene/15 18:31
Re: ¿Donde quedo la facilidad de NO ENVIO de la contabilidad electronica?
mmmbueno, en referencia a los tramites,si revisamos el 17-K CFF¿a que pagina enlaza?, luego podemos leer el anexo 1 DOF 30-Dic-2014, como ejemplos en los apartados 60/CFF, 156/CFF, adicional a las reglas 2.2.5, 2.2.6, 2.8.1.5,digo,con esto podemos leer los tramites.
La conta electronica yace desde meses atras, no confundir con el diferimiento, cuestion de ver la reglita 1.7 de 2015,no podeis ver fines solo ilustrativos
Saludos
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pacatelas
Capitán Segundo

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