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26/Abr/13 16:24
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

me parece que confundes magnesia con gimnasia, lo que tienes es una carta invitacion POR DEPOSITOS EN EFECTIVO y DEBES SOLVENTARLA, ASI QUE NO LE APLICA EL FUNDAMENTO QUE EXPONES EN EL TITULO; SOLVENTARLA COMO, EXISTEN LOS MEDIOS, EN DICHO DOCUMENTO SE DEBE OBSERVAR EL PLAZO QUE TE DIO y asi como POR QUE MEDIO DEBES DE SOLVENTARLA, EXPLICAR EL ORIGEN DEL POR QUE ESOS DEPOSITOS TU SOLO SABES SU PROCEDENCIA.


SALUDOS
 
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26/Abr/13 16:26
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

Nayeli

- Nosotros hemos empleado el 59 CFF sin ningún problema, y se sobre entiende, todo sustentado.....como cualquier profesional, pero bueno, es su decisión si opta por pagar..


Mucha suerte y saludos
 
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Octavus
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26/Abr/13 16:27
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

Me dicen que si porque todos esos depositos fueron de por la actividad la autoridad n me dira que le explique? de que son esos depositos
 
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26/Abr/13 16:32
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

Me dicen que si porque todos esos depositos fueron de por la actividad la autoridad n me dira que le explique? de que son esos depositos



a eso se refiere la carta invitacion por depositos en efectivo, eso te corresponde hacerlo y aclararlo con documentacion comprobatoria....y NO INVENTAR LO QUE NO ES

saludos
 
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26/Abr/13 16:34
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario:


También se presumirá que los depósitos que se efectúen en un ejercicio fiscal, cuya suma sea superior a $1,151,000.00 en las cuentas bancarias de una persona que no está inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes o que no está obligada a llevar contabilidad, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones.

( énfasis añadido )......por el periodo antes de Octubre 2009....documentales etc...

- Si la misma norma no distingue, porque habría que distinguir.....?


saludos
 
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26/Abr/13 16:44
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

a eso se refiere la carta invitacion por depositos en efectivo, eso te corresponde hacerlo y aclararlo con documentacion comprobatoria....y NO INVENTAR LO QUE NO ES


Nayeli ya comentó que no hay documentación comprobatoria y que son ingresos omitidos, nada de inventar...
 
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26/Abr/13 16:49
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

Disculpen las molestias leere primero los fudamentos que me mencionan la verdad no sabia que hacer me anime a escribir si tengo alguna duda les puedo escribir no se mucho sobre el tema pero pregunte en la escuela me dieron ideas de meter como prestamos, ahorros etc.



Muchas gracias
 
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26/Abr/13 16:52
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

Nayeli ya comentó que no hay documentación comprobatoria y que son ingresos omitidos, nada de inventar
...


mira, compañero PACO, la documentacion comprobatoria es lo que se sustentara con el 59 CFF, y obvio, son ingresos omitidos, porque NO ESTABA DADO DE ALTA...lee otra vez, pero veo lo mandas a la guerra a pagar un buen de lana, y eso es no ser un profesional, puesto en la misma ley esta la respuesta..
un profesional esta obligado, lee por favor...obligado a dar todo lo que de a lugar, no a pagar nadamas porque si..

ademas la compañera en un comentario expuso:

'Queria bajarle a la base del impuesto porque solo son puros ingresos sin deducciones, algunos depositos los metere como prestamos y ahorros personales en mis cuentas bancarias me pidran que compruebe eso o simplemente hago pagare y menciono que fue familiar y los demas que entren para el calculo de impuestos bajarle un poco pues sale a pagar 250,000.00 '

saludos
 
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26/Abr/13 16:53
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

Nayeli ya comentó que no hay documentación comprobatoria y que son ingresos omitidos, nada de inventar...


- Se entiende desde un inicio, sin embargo el deber de un profesional es mostrar los pros y contras, de acuerdo a la ley y bueno, a la experiencia, al final se tomara una decisión, puesto no hay evasión si esta manifiesto en la ley.


saludos
 
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26/Abr/13 16:54
Re: COMPUTO 5 AÑOS ARTICULO 67 CFF APARTIR DE QUE FECHA

si tengo alguna duda les puedo escribir no se mucho sobre el tema pero pregunte en la escuela me dieron ideas de meter como prestamos, ahorros etc.



A sus ordenes Nayeli.


saludos
 
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