Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3 4 5

Mensaje Autor

Arriba
01/Ago/12 18:02
Re: Equivocacion Declaracion Anual 2012 x 2011

Bueno, ya terminemos con esto..

En lo personal yo haría lo siguiente...

lo que haria seria corregir la declaracion del 2012 por 2011 via pagos referenciados, puesto este funge como una via de correcion de datos a partir de jul-12 para PM...., porque? simplemente porque la correcion de datos esta deshabilitada, sino, intentenlo....aparte , el SAT asi lo señala....


Lo anterior se rige conforme al 31 y32 CFF , que es donde se tipifica las complementarias....
ahora bien, el 32 CFF no distingue....


o bien, como me comentaba un amigo ( saludos Klaus ), acude al sat, hazles el planteamiento y bueno, que ellos te digan el como.............


saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Ago/12 19:02
Re: Equivocacion Declaracion Anual 2012 x 2011

Todas las anuales siempre seria pagos referenciados, en caso de que se cubran impuestos o se compensen, acrediten en el portal bancario.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Ago/12 19:12
Re: Equivocacion Declaracion Anual 2012 x 2011

Para el caso de que, con la presentación de la declaración complementaria a que se refiere el artículo 32 del CFF, se tengan que corregir otros conceptos asentados en la información enviada por Internet en la página del SAT o en la página de las instituciones de crédito autorizadas, se deberá primeramente presentar la declaración de corrección de datos citada y posteriormente, presentar la información o el pago que corresponda a la declaración complementaria del ejercicio por los demás conceptos a corregir, en los términos del primer párrafo de la presente regla. CFF 32, RMF 2012 II.2.8.2.1.


Si se nota que la regla referencia al art 32 CFF. ¿Por que sera? Simplemente porque es la ley. Y esta regla no pudiera estar por arriba de la disposicion madre.

Esta es una opcion 1. Donde esta regla tan solo presupone que no habra de modificarse el valor a pagarse (el neto)

La opcion 2 si no la reglamenta el SAT mediante su RMISC, no es relevante, porque en CFF, si se encuentra regulada.

La opcion 1 y 2 antes señalada por mi persona. Ambas las establece los arts 31 y 32 antes señalados.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Ago/12 21:56
Re: Equivocacion Declaracion Anual 2012 x 2011

Hoy si estan obligados todas las PM a pagos referenciados, antes NO era asi.

Es irrelevante el contexto de todo el 32 CFF , ya se menciono desde un principio.



saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Ago/12 22:29
Re: Equivocacion Declaracion Anual 2012 x 2011

Buena noche Lcruizuscanga:

Comentas:

“bueno partiendo desde la optica que tienes, ok, presentas escrito cancelando dicha declaracion anual de 2012. por lo tanto, ya no tienes declaracion normal, o si?”


Así es.

Pero con mi comentario anterior no me referí a que se presentase escrito para cancelar la declaración y posteriormente meter complementaria, sino a que no se debe esperar a 2013 para presentar una declaración complementaria de este ejercicio (2012) y así subsanar el error.

Sino que en todo caso, una opción viable era anular dicha declaración y entonces sí empezar de CERO, o sea empezar nuevamente con la declaración NORMAL.

Lo anterior, porque por Ley no contempla que una declaración anual sea presentada antes de que termine el ejercicio de que se trate, salvo por liquidaciones. Por lo tanto, legalmente esa declaración carece de existencia para 2013.


Para poder presentar complementaria, se tiene que cumplir lo estipulado en el articulo 32 de CFF, que serian:
I.-AUMENTO DE INGRESOS
II.-DISMINUCION DE DEDUCCIONES O CANTIDADES ACREDITABLES
III.-DICTAMEN DE CONTADOR PUBLICO
IV.-POR DISPOSICION EXPRESA DE LEY


Lo anterior aplica para aquellos casos en que las declaraciones complementarias no tienen la limitación del “hasta en tres ocasiones”...y así lo dispone el segundo párrafo del art. 32 CFF

Sin embargo, es en el primer párrafo del artículo en comento, en el que se dispone modificar la declaración normal sin limitación alguna.

Y obvio es que se modifican declaraciones es para subsanar un error o varios errores. ¿Cuál error o errores? Cualquiera, siempre y cuando para ese error no haya una disposición expresa que señale el procedimiento para corregirlo.


No intento convencerte de que tenga o no la razón, sólo manifiesto mi punto de vista.

Lo anterior con el único objeto de dar mi opinión al iniciador del tópico, así como mi justificación del por qué opino de esta manera.


Saludos a todos.
 
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
 
Perfil

ngm
Mayor

Mensajes: 1564
Ingresó: Noviembre 11, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Ago/12 09:32
Re: Equivocacion Declaracion Anual 2012 x 2011

totalmente de acuerdo ngm, en que son puntos de vista, y por lo tanto, muy respetables, es lo bonito de estos foros, el intercambiar ideas.

Pero y a todo esto, el inciador del topico que pensara al respecto?, opiniciones, fundamentos, ya se expusieron, ahora toca el decirnos si le ayudo o no toda esta informacion que se le proporciono.


Saludos
 
**ES MI MAS HUMILDE OPINION** ------------------------------------ L.C. RUIZ **Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
 
Perfil

lcruizuscanga
Coronel

Mensajes: 4709
Ingresó: Marzo 16, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Ago/12 11:58
Re: Equivocacion Declaracion Anual 2012 x 2011

Hola ngm:

Que bueno que varios compartimos, que los foros son para ver ideas, puntos de vistas, y que todo sirve, incluso con lo que no comulgamos. Eso sirve para formar criterios.

Estoy de acuerdo que las complementarias se harian por esos motivos que se ha señalado.

Pero, continuamente minimo, habría un pero mas...

No siempre las complementarias son para justificar las 4 opciones que se ha señalado

Hay una 5ta opcion, que en ese articulo mismo se señala y que no se ha estado manejando

Es como contar autobuseses en un almacen, nos subiriamos arriba de uno, los contamos todos, excepto el que estariamos parados sobre él.

La quinta opcion es sustituir un dato equivocado por uno correcto. Donde, no necesariamente debe atender a las 4 opciones señaladas (donde por estas opciones impera una determinacion o calculo de las contribuciones).

En las declaraciones podrian incluirse datos meramente informativos, que son necesarios de ser reportados, pero no obedecen a determinaciones de contribuciones, como podria ser el RFC, el PERIODO, el EJERCICIO, el NOMBRE y otros mas, como señalar PTU a repartir, PERDIDAS FISCALES PENDIENTES DE AMORTIZAR, CUFIN, CUCA, etc, etc.
Todos estos datos

Para los primeros datos informativos que señale, el SAT ideo el portal de declaracion por correccion de datos, pensando que por los demas datos pudieran estar correctos, y para no hacer de nuevo la declaracion COMPLETA y recibir UNA CORRECCION, es que se emplearia la liga que les compati. La cual alguien del foro indicaba que en RMISC no estaba fundamentada, lo cual ya vimos que si estuviera fundamentada en CFF y tambien en RMISC

El caso que se ha presentado una declaracion NORMAL, al sustituirse el dato o los datos, ya quedaria la normal INHABILITADA (sin necesidad de escrito) PORQUE PRECISAMENTE LA DECLARACION COMPLEMENTARIA O POR CORRECCION DE DATOS, solicita los datos de la ANTERIOR DECLARACION.

Sin embargo, si algun dato incorrecto y no pudiera ser subsanado por la opcion de DECLARACION DE CORRECION POR DATOS, para resarcirlo obligatoriamente deberiamos aplicar la declaracion complementaria tradicional.

Saludos a todos, vaya que me he divertido y me agradado mucho este foro


Editado: Agosto 02, 2012 13:51:01
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Ago/12 12:44
Re: Equivocacion Declaracion Anual 2012 x 2011

Pues por lo pronto ojala el autor tenga suerte, la pagina del SAT no funciona...


Saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3 4 5