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20/Jul/12 17:26
Re: deducible terreno

Ok perfecto, si les doy la razon que si debieran ir en DIOT los terrenos.

Concuerdo que debieran de incluirse en la DIOT, pero incluirla o no. No hace diferencia.

Asi como la mayoria no incluye los descuentos sobre los ingresos a las distintas tasas, y en algunos casos ni los de la tasa 0%.

Que venga el SAT y multen por no incluirlos. Esta declaracion tiene el objeto de amarrar el IVA acreditado y pagado
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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20/Jul/12 17:36
Re: deducible terreno

''4.- Para IETU, se sigue la deduccion de terrenos hasta que sean deducibles para ISR o en la parte proporcional ''

Creo que estás mal interpretando esta parte, en IETU [color=red]es deducible desde el momento de la adquisición.[/color]


Donde dice en la ley, que esta permitido la creencia seria susceptible de considerarse como un criterio correcto.

Consideraria prudente y profesional, si esa creencia viene con fundamentos legales, soportarlas con elementos de disposiciones. No tan solo de palabras. Por que desacreditar una persona sin elementos, no es muy etico que digamos.

[color=red]¿Donde dice que es deducible desde su adquisicion?
si el articulo 6, señala diversos requisitos, si uno de ellos no se cumple, nomas no es deducible. Aun ya siendo adquirido y pagado.

Pero, bueno esperare tu derecho a la replica, donde se señale en la LIETU, que ya es deducible desde su ADQUISICION
.[/color] Tal vez ando algo ciegaton.
 
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enrique9727
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20/Jul/12 17:48
Re: deducible terreno

Es totalmente correcto que se ponga la fundamentacion como lo ha expuesto el compañero Hugo. Felicitaciones Hugo. Asi si dan ganas de convivir con personas altamente profesionales y con etica.

De este modo, no quedaria duda, sobre las creencias.

Me parece que hasta seria valido decir, mentiras. Sin fundamentos. Pero, no se vale decir, que otra persona no estuviera bien o que esta mal, si no se pone un sustento legal que lo confirme. Ademas tan solo debe pronunciarse por su criterio propio, con sus fundamentos. Tal como lo hizo Hugo. El no tuvo que señalar a alguien en particular, solo dio su punto de vista y es perfecta su actuacion.

Viendo en este caso, Chavalon y yo estabamos considerando que no proceden los terrenos ir en la DIOT. Estabamos con el criterio equivocado.

Pero, los que andaba con el criterio correcto de que si, la mayoria no daba un sustento legal. Todos excepto Hugo, que incluye el fundamento claramente. Y ademas, muy apropiadamente, tan solo ofrece su criterio y no anda hechandole tierra a nadie mas. De que otro estuviera mal.

Se trata de decir, el criterio de uno mismo, no estar opinando de criterios de otros.

Y luego, ademas de dar criterios sin fundamentos, al que les pareciera estuviera mal, si le piden fundamentos. Por que no ponen el ejemplo dando su criterio propio con fundamento, antes de pedirselo a los demas

No estoy molesto, solo son sugerencias para ser mas juiciosos en nuestros procederes.
 
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enrique9727
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20/Jul/12 17:54
Re: deducible terreno

En relacion al punto No. 6, difiero completamente con tu comentario, ya que la DIOT contempla todos los actos o actividades que hayas realizado, a las diferentes tasas 16%, 11%, 0% y por supuesto los exentos, cuestion de verificar.............



El realizar un comentario de este modo. Me parece muy digno y bueno. No hay ataques a otro criterio por el cual no hay concordancia.

No se tiene la verdad sustentada, pero considera que podria haber algo distinto. No se sostiene ni lo uno, ni lo otro... es meramente un comentario y no una opinion.

La opinion, siempre debe estar sustentada. Tal como la presento, el compañero Hugo. Si no hay sustento, tan solo son comentarios y aun concediendole que fueran verdaderos. Estarian rebajados de credibilidad al mismo rango que las mentiras sin fundamentos. Pues tambien son comentarios.

Solo el que sabe y conoce, pudiera decirsele que tiene OPINION, pues que lo demuestre con fundamento. En caso contrario, tan solo son palabras mas o menos, pero palabras.
 
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20/Jul/12 17:59
Re: deducible terreno

Art. 6 F- IV. Que las erogaciones efectuadas por el contribuyente cumplan con los requisitos de deducibilidad establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera que cumplen con dichos requisitos las erogaciones amparadas con comprobantes expedidos por quien efectuó la erogación ni aquéllas cuya deducción proceda por un determinado por ciento del total de los ingresos o erogaciones del contribuyente que las efectúe o en cantidades fijas con base en unidades de medida, autorizadas mediante reglas o resoluciones administrativas.

Cuando en la Ley del Impuesto sobre la Renta las erogaciones sean parcialmente deducibles, para los efectos del impuesto empresarial a tasa única se considerarán deducibles en la misma proporción o hasta el límite que se establezca en la Ley citada, según corresponda.

¿Como se deducen los terrenos y cuando? Cuando se compran y se usan no hay depreciacion y son activos fijos o inversiones...
 
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20/Jul/12 20:26
Re: deducible terreno

gvv22

Ahora que se toca la DIOT, le quisiera hacer una pregunta, están informando en la DIOT cuando por ejemplo le pagan un servicio a un extranjero (importación de servicios que causa un IVA trasladado virtual y que ese mismo importe es acreditable). Es decir están considerando el IVA trasladado y el IVA Acreditable ??


En DIOT

VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 11% O 16% SEGÚN CORRESPONDA

En la declaración de PAGO REFERENCIADO

DETERMINACION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

-MONTO DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS-

TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 11% O 16% SEGÚN CORRESPONDA.


-DETALLE DEL TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 16% DE IVA-

Determinar a cual supuesto corresponde

-DETALLE DEL TOTAL DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 11% DE IVA-

Determinar a cual supuesto corresponde

DETERMINACION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO ACREDITABLE

TOTAL DE IVA DE ACTOS O ACTIVIDADES PAGADOS EN LA IMPORTACION DE BIENES Y SERVICIOS A LA TASA DEL 11% O 16%

ADEMAS

Llenado para determinar el IVA acreditable

IVA PAGADO EN LA IMPORTACION POR ADQUISICION DE BIENES DISTINTOS DE LAS INVERSIONES,ADQUISICION DE SERVICIOS,O POR EL USO O GOCE TEMPORAL DE BIENES QUE SE UTILIZAN EXCLUSIVAMENTE PARA REALIZAR ACTOS O ACTIVIDADES GRAVADAS

Como podras observar tambien en Pago Referenciado ya se contempla el IVA por Importacion de Intangibles

Saludos


Editado: Julio 20, 2012 20:26:55
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
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21/Jul/12 10:11
Re: deducible terreno

Es totalmente correcto que se ponga la fundamentacion como lo ha expuesto el compañero Hugo. Felicitaciones Hugo. Asi si dan ganas de convivir con personas altamente profesionales y con etica.


Se Agradece lo vertido Enrique, igualmente opino lo mismo hacia tu persona.


saludos
 
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CPhugoocejo
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21/Jul/12 10:14
Re: deducible terreno

Perfecto mi estimado Marioortiz, muchas gracias.

Efectivamente lo que mencionas es correcto, y es así como lo manejo, sin embargo, se me hizo importante tocar el punto ya que en la práctica he visto que mucha gente no lo está considerando de esta manera.


Saludos
 
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jgvv22
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21/Jul/12 10:19
Re: deducible terreno

Buen día jgvv22:

Probablemente no me expliqué correctamente en mi primer comentario.

Mi respuesta es que no se declaraba en DIOT en este tipo de operaciones, ya que en mi experiencia personal una gran cantidad en ese tipo de operaciones, el vendedor es una persona física no inscrita en el RFC, motivo por el cual no se puede ni debe declrarar en la DIOT, ya que el documento fiscal es la Escritura Pública y en esos casos específicos no contiene o no contiene 'completo' el RFC del vendedor.

Cuando el vendedor si cuente con RFC, en ese caso si debe declararse en la DIOT.



Saludos
 
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CHAVALON
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21/Jul/12 10:28
Re: deducible terreno

Hola,

Creo que ha quedado claro que en la DIOT deben informarse todos los actos incluyendo los exentos, y de inicio pareciera ser que la DIOT únicamente serviría para determinar el IVA Acreditable, sin embargo, con pláticas que he tenido con amigos del SAT, me han dicho que también consideran la DIOT para deteminar un apróximado de las Deducciones para IETU, por lo que si existe una diferencia considerable entre la DIOT y las Deducciones de IETU, es un punto que están cosniderando para programar auditorías.


Saludos
 
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jgvv22
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