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28/Abr/12 16:14
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

Algunos tips para los patrones:

1.- El hecho que exista un dictamen no quiere decir que ya se acabaron sus problemas y mas con los dictamenes del IMSS. Para que no se presente estos problemas habria que vigilar lo siguiente:

a) Pagar diferencias antes de la presentacion del dictamen, pero tambien SURTAN efectos todos los movimientos afiliatorios y modificaciones SBC a la alza, baja o informes.

b) El IMSS acepta dictamentes con los pagos complementarios y con la aceptacion de los avisos presentados, pero no quiere decir que estos avisos ya pasaron a estar bien presentados.

c) El IMSS continua con su SIVEPA, verificaria si las cifras coinciden con lo dictaminado, muchas ocasiones no serian los valores dictaminados, se omiten cambios ascendentes o descendientes
 
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enrique9727
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30/Abr/12 23:19
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

:neutral: Buenas noches. El dictamen no significa que en automático se salvan. El dictamen debe estar bien hecho [punto].

Esperamos el resultado de la visita de Juan, el Torres.

El Lic.


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pepesoto
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25/May/12 09:51
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

Hola buen día a todos;

Antes que nada una disculpa por el retraso ya que no había tenido tiempo para comentarles acerca del seguimiento del caso.

El escrito se ingreso a la subdelegación, en cuanto tenga la respuesta les daré aviso.

Como dato informativo les comento que me solicitaron la certificación de la adhesión del RPU, las Emisiones en PDF, así como las cédulas de los 2 registros así como sus pagos.

Gracias los estaré enterando del caso.
 
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jtorres0986
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07/Jun/12 10:10
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

Hola buen día a todos los foristas;


Hace tiempo publique este topico el cual habia quedado en el Limbo ya que no tenia la respuesta por parte del IMSS, recalco a continuacion el planteamiento;

Cuento con un Registro Patronal Unico en el cual se encuentran asociados 2 registros uno del DF (registro A) y otro del Estado (registro B), en el mes de Diciembre del 2011 solicitan el alta de un trabajador el cual por error se da de alta en el registro A siendo que debio verse ingresado al registro B, sin embargo la empresa omite este movimiento y en las liquidaciones (SUA de Diciembre, Enero y Febrero) se pagan las cuotas por medio del registro B, siendo que en este registro jamas se ingreso el alta por medio del IDSE; a principios de marzo se ingresa la baja en el registro A y el alta en el registro B (como debio haber sido desde el principio).

Con justa razón el IMSS me notifica en el mes de Abril por la omision de los pagos en el registro A, y me requiere ahora mi duda es saber ¿que es lo que puedo hacer?, ya que el Instituto como es sabido me genero una multa, pero quisiera saber si por contar con el Registro Patronal Unico pueda justificar que si realice los pagos pero en el registro B.



Aclaro que los comentarios que muy amablemente me hicieron, no fueron descartados los analice pero como podran ver opte por elaborar un escrito exponiendo el caso y el cual fue ingresado a la Subdelegacion.

A inicios de esta semana me presente a la subdelegación a recoger la respuesta del caso y cual va siendo mi sorpresa que mis requerimientos estaban con el sello de cancelado.

La funcionaria me comento que mi escrito y mis anexos estaban bien armados y que no habia porque proceder con los requerimientos.

A continuacion les muestro el escrito que redacte y presente a la Subdelegación;


Instituto Mexicano del Seguro Social
Subdelegación XXXXXXXXX
P R E S E N T E :

La Empresa con Registro Patronal XX-XXXXX-XX-X, con domicilio en XXXXXXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX con el debido respeto comparezco para manifestar lo siguiente:

El día XX de XX del 2012 recibimos la notificación que hace referencia a la omisión de cuotas del mes de Febrero del 2012 concernientes a la multa N° XXXXXXXXX y al crédito de cuotas N° XXXXXXXXX, la cual hace mención al trabajador Fulanito De Tal, dicho trabajador fue afiliado a uno de nuestros registros asociados al RPU y del cual fueron cubiertas en su totalidad las cuotas.

Por tal motivo le solicito sea cancelado el cobro de la diferencia así como el de la multa del trabajador en mención.

Adjunto al presente copia de la confirmación de adhesión del RPU con folio RPU123456789, copia de la cedula del registro adherido referente al mes de febrero así como de su respectivo pago, copia del pago de las diferencias omitidas detectadas en los folios xxxxxxxx y xxxxxxxxx, y copia del requerimiento de las omisiones.

Sin otro particular me despido quedando en espera de su oportuna y favorable respuesta.


Y bueno asi fue como estos requerimientos fueron cancelados. :eek:

Desconozco los procedimientos del IMSS ya que en referencia a los comentarios que muy amablemente me hicieron juancarm, enrique9727, y el buen pepesoto, no se por que el Instituto no me respondio de manera negativa; en fin quedo en espera de sus comentarios.

Saludos cordiales.
 
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jtorres0986
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08/Jun/12 21:35
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

que bien que se arreglo todo, saludos
 
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enrique9727
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11/Jun/12 23:40
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

:neutral: Buenas noches. Es que entonces, su RPU ya estaba integrado, por lo que las diferencias no procedieron. Qué bueno.

El Lic.


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pepesoto
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12/Jun/12 08:35
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

En este caso no aplica el art.37? Si ud demuestra que la persona esta afiliada con otro RP y tiene los pagos correctos, tal vez podria aplicarlo.
 
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Danilo11
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12/Jun/12 12:19
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

no se por que el Instituto no me respondio de manera negativa;...


Para fines fiscales (recaudatorios) la negativa ficta nunca perjudicara las facultades de la autoridad. Una cosa es segura, si hay negativa ficta, es decir, negativa por no contestar en favor del contribuyente, al cual no le queda otra mas que insistir, insistir, hasta que sea atendido.

Pero, como pocas personas preparan peticiones por escritos y peor aun, cuando realizan una segunda formulacion de peticion, no mencionan que ya existió otra peticion que no fue atendida, menos cuando exista una tercera, señalar que las dos anteriores no han sido sufragadas. Le facilitan las cosas a las autoridades pues tienen manga ancha para continuar con la negativa ficta. Pues a ellos, no les produce ningun efecto perentorio, ni problema alguno por proseguir en el mismo estado.

Habiendo peticiones por escrito, cuando menos pudiera existir de alguna manera un poco de deslinde de responsabilidad por parte del contribuyente, en cambio existeria un compromiso y hasta una obligacion por atender al contribuyente, de alguna manera los escritos deberan de parar en las estadisticas, buenas o malas, si son malas imaginese que no sean atendidas de manera reiterativa, les tocara malas evaluaciones en su forma de laborar. Si gustan muy poca presion, pero al fin y al cabo es algo de presion, la misma que no tendria, en caso de hacerse solamente 1 peticion y peor aun de manera verbal, sin la insistencia correspondiente.

En el ambito fiscal no existe la positiva ficta, donde beneficie de manera generosa al contribuyente, pero si la negativa ficta. Y por esta simple debe comprenderse que la autoridad no ha atendido el tramite simplemente. El fin es insistir hasta obtener el resultado y se logra a realizarse con mayor energia, con respeto, la demanda tendría que se atendida
 
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enrique9727
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12/Jun/12 12:23
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

Por lo que noto, que su negativa ficta, no fue tan esteril. Les cancelaron sus oficios y las multas, lo que quiere decir, que si trabajan cuando quieren las autoridades. Y que esto fue tambien gracias a Ustedes que se conducieron de manera apropiada y con el empleo de las instituciones.

Las sopresas siempre se daran de manera positiva, con el trabajo bien de cada cual.
 
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enrique9727
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12/Jun/12 23:32
Re: Requerimiento por omisión de Cuotas

:neutral: Buenas noches.

Danilo11 dijo:
En este caso no aplica el art.37?


No Danilo porque se trata de un NSS que estaba en un RP unificado.

El Lic.


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pepesoto
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