05/Oct/11 10:19
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010
¿O se presentan el listado de conceptos de IETU, mes con mes como se venía haciendo hasta el 2010?
Para 2011 se que el listado de IETU se presenta anual de conformidad con la LIF vigente.
La ley imperante siempre es la ley del año correspondiente y de la materia. En este caso la LIETU 2008, no ha cambiando ni un apice desde Oct 2007 a la fecha. Por lo que debiese de aplicar para todos esos ejercicios esta misma ley.
Para proceder a intercambiar alguna obligacion descrita en LIETU primero haber si esta vigente la disposicion que se hace mencion de algun beneficio pero solo seria aplicable a cumplirse a partir de su vigencia. De ya no estar vigente, ya no se pudiere aplicarse pues la ley no vigente nunca se aprovecho, ni se pudiere acogerse, es como cuando se pasa un camion, ese transporte ya no pudiere elegirse como transportacion.
Dado a que recibe un carta invitacion y a que simplemente (segun usted se encuentra en estado de suspension que ya no es posible en las PM este status, por lo que siempre debiese estar declarando de por vida mientras subsista la empresa y no se liquide) seria preferible se realicen los pagos provisionales en ceros mes a mes, los cuales no son dificiles de elaborar y asi se cumple al 100% con la LIETU. y la autoridad jamas le podrian fincar alguna sancion pues los haria correctamente y sin menoscabo de la LIETU
Si se arriesga a seguir otra disposicion que no sea LIETU, por su desconocimiento pudiere caer en que no este vigente o de estarlo no pudiere aplicar este procedimiento, no habria un cumplimiento de las leyes fiscales completo, al estar incompleto, no opera el cumplimiento total, por tanto, seria factible a ser multado y sancionado.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?