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29/Sep/11 13:12
Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

Buen día foristas

Estoy regularizando la situación fiscal de una PM régimen general de ley. Los ejercicios que estoy regularizando son 2009, 2010 y 2011. Aclaro que esta PM no ha tenido movimientos u operaciones desde el 1° de enero de 2009 a la fecha, lo estoy regularizando por que le llego una carta invitación por parte del SAT en que le informa que su situación del contribuyente en el RFC es ACTIVO, pero se supone que la PM esta en suspensión de actividades desde el 2008, y en todas sus obligaciones fiscales aparece como fecha de alta el 01-01-2009. En su guía de obligaciones aparece lo siguiente:

DESCRIPCION
Presentar conjuntamente con la declaración, el listado anual de conceptos que sirvieron para determinar el IETU.

FECHA ALTA
01-01-2009

Ahora bien, tengo las siguientes dudas:

¿Presento el listado anual de conceptos que sirvieron para determinar el IETU al mes de diciembre de 2009 y 2010 y elijo la opción Razones por las que no se realiza el pago (cero) cuando se presente la declaración anual de 2009 y 2010?

¿O se presentan el listado de conceptos de IETU, mes con mes como se venía haciendo hasta el 2010?

Para 2011 se que el listado de IETU se presenta anual de conformidad con la LIF vigente.

Espero que me puedan ayudar y les agradezco sus aportaciones.

Nota: ya estuve buscando en el foro algún tema relacionado pero no he encontrado algún tema que disipe mi duda.

SALUDOS
 
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CALPIXQUI
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29/Sep/11 13:18
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

¿Presento el listado anual de conceptos que sirvieron para determinar el IETU al mes de diciembre de 2009 y 2010 y elijo la opción Razones por las que no se realiza el pago (cero) cuando se presente la declaración anual de 2009 y 2010?


en realidad son obligaciones diferentes , usted tiene que presentar los listados mensuales, provisionales y anuales en ceros

¿O se presentan el listado de conceptos de IETU, mes con mes como se venía haciendo hasta el 2010?


en efecto
 
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LC.GONZALEZ
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29/Sep/11 14:17
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

Buena tarde

¿O se presentan el listado de conceptos de IETU, mes con mes como se venía haciendo hasta el 2010?


en efecto

Aunque la mi guia de oblgaciones y CIF mencionen que se tiene la obligacion de 'Presentar conjuntamente con la declaración, el listado anual de conceptos que sirvieron para determinar el IETU'. Y tenga como FECHA DE ALTA (de la obligacion) 01-01-2009.

Agredezco tu aporte LC.GONZALEZ

SALUDOS
 
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CALPIXQUI
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29/Sep/11 14:54
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

la ley no es retroactiva

usted tiene que cumplir con las obligaciones conforme a la legislacion que le corresponda a cada periodo

salu2
 
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LC.GONZALEZ
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29/Sep/11 17:16
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

Exelente aportacion LC.GONZALEZ

Ya me quedo claro, el listado de IETU para 2009 y 2010 los presento de manera mensual, y para el ejercicio de 2011 se presenta anual.
Pero aqui me surgen otras dudas, ya que este contribuyente se quiere dar de baja el proximo mes, ¿el listado de IETU se presentaria al mes de septiembre? y ¿la declaracion anual igual se presentaria al mes de septiembre?, esto por que la sociedad va iniciar el proceso de liquidacion en octubre,o bien ¿ambas se presentan despues de presentar el aviso de inicio de liquidacion de la sociedad ante el SAT?

Espero haber sido explicito y por sus comentarios MIL GRACIAS.

NOTA:

En su Cedula de Identificacion Fiscal tiene como SITUACION DE REGISTRO: REACTIVADO, y en todas sus obligaciones fiscales tiene como FECHA DE ALTA: 01-01-2009, ademas tiene como fecha de inicio de operaciones: 27-01-1999; y a su ves en la GUIA DE OBLIGACIONES tiene la misma fecha de alta de la obligacion: 01-01-2009, y segun dicha guia debe de cumplir con las siguientes obligaciones:


•Presentar la declaracion anual de ISR donde se informe de sobre clientes y proveedores.

•Proporcionar la informacion del IVA que se solicite en las declaraciones del ISR

•Presentar la declaracion y pago provisional trimestral de ISR de PM por inicio del 2° ejercicio fiscal

•Presentar la declaracion y pago provisional mensual de ISR PM del regimen general

•Presentar la declaracion anual de ISR PM

•Presentar la declaracion mensual donde se informe sobre las operaciones con terceros para efectos de IVA

•Presentar la declaracion y pago provisional mensual del IETU

•Presentar la declaracion anual del IETU

•Presentar conjuntamente con la declaracion, el listado anual de conceptos que sirvieron para determinar el IETU

•Presentar la declaracion y pago definitivo mensual de IVA


SALUDOS
 
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CALPIXQUI
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29/Sep/11 19:14
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

Calpixqui:

¿el listado de IETU se presentaria al mes de septiembre? y ¿la declaracion anual igual se presentaria al mes de septiembre?, esto por que la sociedad va iniciar el proceso de liquidacion en octubre,o bien ¿ambas se presentan despues de presentar el aviso de inicio de liquidacion de la sociedad ante el SAT?


LISR:
Artículo 12.

Dentro del mes siguiente a la fecha en la que termine la liquidación de una sociedad, el liquidador deberá presentar la declaración final del ejercicio de liquidación; asimismo, el liquidador deberá presentar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio de liquidación, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél, al que corresponda el pago, en los términos del artículo 14 de esta Ley, en tanto se lleve a cabo la liquidación total del activo. En dichos pagos provisionales no se considerarán los activos de establecimientos ubicados en el extranjero. Al término de cada año de calendario, el liquidador deberá presentar una declaración, a más tardar el día 17 del mes de enero del año siguiente, en donde determinará y enterará el impuesto correspondiente al periodo comprendido desde el inicio de la liquidación y hasta el último mes del año de que se trate y acreditará los pagos provisionales y anuales efectuados con anterioridad correspondientes al periodo antes señalado. La última declaración será la del ejercicio de liquidación, incluirá los activos de los establecimientos ubicados en el extranjero y se deberá presentar a más tardar el mes siguiente a aquél en el que termine la liquidación, aun cuando no hayan transcurrido doce meses desde la última declaración....

No puse el art. completo, pero, sería bueno lo analizara en su totalidad.
Salu2!!!


 
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29/Sep/11 19:25
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

Para IETU:

Art. 7 :


'El impuesto empresarial a tasa única se calculará por ejercicios y se pagará mediante declaración que se presentará ante las oficinas autorizadas en el mismo plazo establecido para la presentacion de la declaración anual del impuesto sobre la renta.

Salu2!!!
 
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29/Sep/11 19:39
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

'la sociedad va iniciar el proceso de liquidacion en octubre,o bien ¿ambas se presentan despues de presentar el aviso de inicio de liquidacion de la sociedad ante el SAT?


CODIGO CIVIL FEDERAL:
CAPITULO V
De la Liquidación de la Sociedad

Artículo 2726.-

' Disuelta la sociedad, se pondrá inmediatamente en liquidación, la cual se practicará dentro del plazo de seis meses, salvo pacto en contrario.
Cuando la sociedad se ponga en liquidación, debe agregarse a su nombre las palabras: en liquidación.

Agregando el Art. 12 LISR ya mencionado:

'Dentro del mes siguiente a la fecha en que termine la liquidación de una sociedad...'
 
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memoli
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29/Sep/11 19:47
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

CFF:
Artículo 11.-


'....
I. (Se deroga).

II. (Se deroga).

En los casos en que una sociedad entre en liquidación, sea fusionada o se escinda, siempre que la sociedad escindente desaparezca, el ejercicio fiscal terminará anticipadamente en la fecha en que entre en liquidación, sea fusionada o se escinda, respectivamente. En el primer caso, se considerará que habrá un ejercicio por todo el tiempo en que la sociedad esté en liquidación...'.
 
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memoli
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29/Sep/11 20:44
Re: Listado ¿anual? de conceptos IETU 2009 y 2010

Buena noche

Muchas gracias memoli, me quedo perfectamente claro todo lo que usted menciona con respecto a la liquidacion de sociedades y ademas ESTA PERFECTAMENTE BIEN FUNDAMENTADO. Pues no se diga mas, a hacer la talacha contable fiscal para regularizar fiscalmente al contribuyente y posteriormente iniciar con lo de la liquidicacion. Y yo de mi parte a machetearle.

De nuevo reitero mi agradecimiento

SALUDOS
 
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CALPIXQUI
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