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06/Ago/11 19:59
SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

Buenas tardes, alguien me puede ayudar en la siguiente situacion:

un cliente mio abrio una SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA (SOFOM,ENR) y de acuerdo a la ley del IDE, en su art. 2 fraccion IV las instituciones del sistema financiero no son objeto de retencion ide, y en la misma ley, en el articulo 12, fraccion V inciso d, ubica a las sofom como parte del sistema financiero para efectos de ide.
de lo anterior se deduce que no deberian retenerles ide, sin embargo al abrir la cuenta bancaria si le estan reteniendo ide, el banco me pide un documento del sat que indique lo contrario, voy al sat y me dicen que ellos no dan nada, que debe ser el banco..................alguien sabe como hacer para que el banco no me retenga ide ???
 
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elianadaniela
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06/Ago/11 22:01
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

Te tengo una buena y una mala:

La buena es que efectivamente a las SOFOM no se les retiene IDE, pero la mala es que vas a tardar un buen de tiempo para que el banco te deje de retener el IDE. Tengo en lo personal un cliente SOFOM y fue un verdadero show el que el banco le dejara de retener IDE, al grado de que se aperturó otra cuenta en otro banco para hacer el tramite.

El banco es el que debe de inhabilitar la opcion de retencion de IDE. Pero te repito es un verdadero show.
 
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GS
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07/Ago/11 22:10
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

Hola Daniela.

Efectivamente la ley del IDE prohibe retención a las empresas del sistema financiero, pero únicamente por la intermediación financiera, esto es captar recursos para llevar a cabo su objeto, que es financiar.

Antes tenía el mismo problema pero la verdad opté por acreditar el IDE mes con mes contra mas pagos provisionales de ISR y si aún así tienes IDE por acreditar lo puedes hacer contra ISR retenido a terceros, esto es por ejemplo. ISR por SALARIOS, INTERES PAGADOS, ASIMILADOS, ETC.

Fundamento Art 8o de la Ley del IDE,

Destaco que el IDE es mas 'chamba' para los bancos, porque te lo deben calcular y enviarte una constancia de retención para que ampare tu acreditamiento, el objeto del IDE es recaudar por ejemplo de los comerciantes que guardan su dinero en el banco y no pagan impuestos, no tienen contra que acreditarlo.

Creo al final me revolví, pero bueno me captaste heheh

Si tienes alguna duda con respecto a la SOFOM ENR con toda confianza

SALUDOS

Editado: Agosto 07, 2011 22:11:42
 
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jerry_02600
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08/Ago/11 12:13
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

Compañeros Jerry y GS...Sí hay mas dudas de las SOFOM en otro topico, estaria bien que expusieran sus respuestas u opiniones, dado que en la práctica llevan este tipo de sociedades y tendrá más tips.

Causan IVA? SI FACTURAS DE SOFOM A SOFOM?
Se acredita el IVA al 100 % teniendo operaciones exentas?
¿Qué documentos debes de tener para soportar para ser parte del sistema financiero (8 LISR)


Agradecere sus comentarios.
 
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pumita
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08/Ago/11 12:26
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

anexo liga con tema SOFOM

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=43040&idCat=10&p=2

Gracias por sus comentarios y JS Y JERRY

Saludos
 
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pumita
Sargento Primero

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14/Ago/11 23:17
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

PUMITA:

Sorry por la tardanza he tenido mucho trabajo.

Pero te comento, que:

Las únicas operaciones exentas del IVA es de los Intereses Cobrado y Pagados, que sean de naturaleza ajena a su objeto, esto es, la intermediación financiera. art 16 de IVA.

Efectivamente te puedes acreditar al 100% el IVA efectivamente pagado, las operaciones exentas son como tales exentas, si te refieres a operaciones de intermediación, propiamente nisiquiera van a la DIOT.

Para que seas afecto al art 8, entra al portal de la PM SOFOM, y en la sección de 'mi información ante el SAT' aparece que es SOFOM integrante del sistema financiero.

OJO!!!!!por ser parte del sistema financiero ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES MENSUALES Y ANUALES POR MEDIO DEL SISTEMA 'DECLARACIONES Y PAGOS', para el próximo año vienen las multotas por no declarar en dicho sistema


SALUDOS

Editado: Agosto 14, 2011 23:22:32
 
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jerry_02600
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15/Ago/11 00:06
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

Buena noche:

Mi estimado Jerry, no me queda claro, por una parte señalas:

Las únicas operaciones exentas del IVA es de los Intereses Cobrado y Pagados, que sean de naturaleza ajena a su objeto, esto es, la intermediación financiera. art 16 de IVA.

¿Podrías ampliar tus comentarios?


Por otra:

Efectivamente te puedes acreditar al 100% el IVA efectivamente pagado, las operaciones exentas son como tales exentas, si te refieres a operaciones de intermediación, propiamente nisiquiera van a la DIOT.

Entonces, si realiza actividades gravadas y exentas ¿Podrá acreditar al 100% el IVA efectivamente pagado?

¿Podrías ampliar tus comentarios?

Gracias

Gracias por tus comentarios.

Editado: Agosto 15, 2011 00:08:22

Editado: Agosto 15, 2011 00:09:27
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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17/Ago/11 00:42
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

Cano.

Una disculpa no es art 16 de IVA es el art 15 de IVA fracc X.

el mismo señala en el inciso a) PALABRAS MAS PALABRAS menos, nos habla de la intermediación financiera, los intereses que pagues a tus inversionistas no gravan IVA.

en el inciso b) nos habla, de 3 casos
1. Cuando otorgas un crédito, este no grava IVA, si cobras comisión entonces la comisión si grava IVA.
2. Factoraje Financiero
3. Documentos Pendientes de cobro, pagarés o el mismo crédito en lo que respecta al capital.

Ojo el interés cobrado y comisiones SI gravan IVA.

La Intermediación Financiera, se refleja para IETU; restas los intereses pagados de los cobrados y te dará el Margen de Intermediación Financiera, que es la base gravable para IETU. no tomas en cuenta el cobro de capital, o el financiamiento de tus inversionistas. ART 2 IETU

Y en ISR son intereses Pagados, igualmente no tomas en cuenta el cobro de capital, el otorgamiento de crédito ni el financiamiento. ART 31 LISR

Por lo tanto, estas actividades del Art 15 fracc X de IVA, son operaciones ajenas a tu objeto, por lo tanto no gravan ni para IVA o IETU, en ISR son deducciones los intereses pagados. =)

Y sobre las operaciones exentas, son las que se señalan arriba o alguna adquisición que sea exenta. Y Efectivamente te puedes acreditar el 100% del IVA pagado.

Esto lo reflejas en el Sistema de Declaraciones y Pagos colocando las gravadas y exentas y lo reafirmas en la DIOT


SALUDOS

Editado: Agosto 17, 2011 00:49:52

Editado: Agosto 17, 2011 00:51:29
 
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jerry_02600
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17/Ago/11 09:29
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

Mi estimada eliana, ......que opinión TE MERECEN LAS PARTICIPACIONES DE LOS COMPAÑEROS......QUE HAN INVERTIDO SU VALIOSO TIEMPO EN APOYARTE, EN BUSCAR POR TI.........?

GRACIAS POR SER TAN AMABLE EN DARLE SEGUIMIENTO AL TOPICO

SALUDOS
 
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lobozac
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18/Ago/11 12:48
Re: SOBRE LAS SOFOM, ENR Y LA RETENCION DE IDE

Jerry, me confundí tal vez un poco, yo entiendo lo siguiente y a calzon quitao:

IVA: ESTA EXENTO A MENOS QUE LE COBRES INTERESESE A UNA P.F. SIN ACTIVIDAD EMPRESARIAL, PROFESIONAL O QUE ARRENDE. ES DECIR UN ASALARIADO O REPECO O UN 'JUAN PEREZ'

IETU: EL INGRESO PAR IETU LO ENCONTRAMOS EN EL ART. 3 DE SU LEY
EN DONDE INGRESO ES EL MIF (MARGEN DE INTERMEDIACION FINANCIERA) QUE NO ES OTRA COSA QUE EL RESULTADO DE RESTAR LOS INTERESES PACTADOS (NO COBRADO OJO CON ESTO) A FAVOR Y ENCONTRA.

ESTAN DE ACUERDO CON LO ANTERIOR ?

OSEA QUE SI UNA SOFOM LE COBRA INTERESES A OTRA SOFOM O S.A. ESTA OPERACION ESTARÁ EXENTA DE IVA

SALUDOS
 
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pumita
Sargento Primero

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