06/Ago/11 11:04
Re: Existe algún fundamento legal para que el IMSS cancele requerimientos por incosteables?
Sino son decretos presidenciales, para que tengan esa característica.
Mientras el articulo o la disposición, ya no pre-exista para establecer un criterio, como se sustentaba en dicha disposición, el ACT pierde en automático su vigencia.
Al cambiarse su redacción, posiblemente debiese de retomarse y formularse un nuevo ACT. Mientras que el cambio de redacción no cambie el sentido, prevalece el ACT sin necesidad de adecuarse.
Si la disposición fue eliminada ya el criterio quedo inservible, a menos que la redacción de ese articulo fuese incluido en otro, solo haria falta redireccionar el criterio para con la nueva localizacion de la ley.
Cuando la LSS vieja dejo de existir en cuanto su vigencia, en automático casi todos los acuerdos quedaron sin surtir efectos. Excepto aquellos relativos a los regímenes de pensiones, debido a que se implementaron los artículos transitorios que hacen que prevalezcan vigentes esas disposiciones de la ley antigua, por lo tanto, los ACT que se habían formulado en su tiempo, continúan hasta la fecha vigentes.
Es una autoridad ADMINISTRATIVA en sus funciones, no el EJECUTIVO, quien emite estos criterios o acuerdos, los cuales no tienen la características de obligatoriedad como la ley o los decretos presidenciales.
Siempre cada acuerdo (ACT) debe incluir la disposicion a que le atañe. De ahi nace su vigencia y pre-existencia. De ahí que si existe algo, que si en dichos ACT, viniera algo que implique mayores obligaciones que las emitidas en la ley, el contribuyente no estaría obligado a tener que cumplir estos excesos. Las obligaciones versaran hasta los limites señalados máximos señaladas por las propias leyes en la materias. Pudiesen determinarse menores limites de obligaciones, siempre dentro de las facultades de las autoridades.
No regirse de este modo, sería como darles poder de legislar a CT y estas facultades no les esta permitido, no se les ha conferido ser representantes del pueblo.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?