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27/May/11 11:00
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

No es irregular despedir personal, sea el estado en que se encuentre el trabajador. Es un acto normal y comun. No se da de todos los dias, pero es necesario en ocasiones. Y ademas es un derecho patronal, claro siguiendose conforme a las pautas de la LFT, y de forma muy especial conforme la guisa que se ha estipulado en los contratos laborales individuales o colectivos segun sea el caso.

En todo momento debe existir por ambas partes, estar en posibilidades de negociar la terminacion, pero si por una de la partes no desea participar en el mutuo acuerdo. Ni modo, la autoridad tendria que intervenir, ya no de manera decorativa o por formulismo.

En un termino laboral, por regla general el trabajador no sabe cuales son sus derechos, esto le facilitaria enormemente al patron, la negociacion del finiquito. Pero, pareciera que la situacion ya casi estaria, muy sencilla de realizarse. Pero, no seria asi.

En todo ciclo que se termina, hacen mella los sentimientos y ellos gobiernan en ambas partes, estan flor de piel y contra esto, hay que consideralos bastante bien, en el proceso de cesar la relacion laboral. Ahi es donde el patron, todo se le pone es su contra. Pues los sentimientos suyos le pueden cobrar factura, asi mismo.

En los contratos indeterminados, el patron tiene la obligacion de ofrecer 'la planta de manera indefinida', hasta que una de las dos partes mueran o decidan por que las partes por mutuo acuerdo, deciden en dar terminada la relacion, o en su defecto el trabajador dispensa esta obligacion, aceptando su renuncia, pero él mismo tambien se retira, de voluntad propia.

Obviamente, el trabajador no sabe que defender. Si se dice que el patron tiene problemas economicos o no hay oferta de trabajo para continuar surtiendo a la demanda. En definitiva, el culpable del incumplimiento del contrato es del patron y no del trabajador. El patron se comprometio hacer efectiva esta obligacion indefinida, y su situacion economica no es alguna atenuante para efectuar una liquidacion menoscabada. Que si le corresponde los 20 dias de salarios por cada año. Pues, si que en definitiva, si le corresponde. Pero, es que se otorgarian 3 meses, pues este tipo de indemnizacion es solo para dar por terminada la relacion de mutuo acuerdo, el trabajador tambien pretenderia irse por su cuenta, le condona el pago de la obligacion indefinida.

Luego se hace un relajo, pues el trabajador de no saber sus derechos, pensaria que los 20 dias y los 3 meses, es decir ambas indemnizaciones debiese recibirlas. Cuando debiese ser una u la otra. Y ante un litigio se presenta ambas, pero es porque hay dos causales para que se presenten. La imputabilidad del despido es para el patron. Ademas el patron no demuestra, el despido injustificado. De ahi que se dobles indemnizaciones por motivaciones que el mismo patron provoca y no ser conciente en un arreglo mutuo.

Se complica aun mas el finiquito, si el patron no desea ir a conciliacion a formalizar el acuerdo del termino de la relacion. Pues el patron dentro de sus sentimientos, considera que no esta actuando de manera recta conforme al termino de la relacion laboral. Que prefiere evadir presentarse con la autoridad. De ahi la importancia que los sentimientos gobiernan mas fuerte que la razon y no es tan solo por un momento o por una de las partes.

Ahora que no es malo negociar el buen termino de la relacion laboral, de ahi la importancia en irla manejado por etapas, buscando en avanzar en un entendimiento mutuo, ir cediendo cada parte de manera razonada en ese finiquito, con el fin de ponerse de acuerdo y acudir con la autoridad de manera tranquila y sin contratiempo, haciendo respetar el mutuo acuerdo.

De lo contrario la autoridad debera tomar el control para efectuar por este proceso y aqui no se sabe bien a bien, para que lado se incline la balanza de la justicia. Las partes han perdido protagonismo. Que penas que de tener el control por si mismos, deba un tercero imponer algo, solo para darle viabilidad al asunto y que la vida continue.
 
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enrique9727
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27/May/11 21:42
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

PUEDO DESPEDIR A ESTA PERSONA, A PESAR DE SU CONDICION. ?


:neutral: Buenas noches. Respuestas concretas a preguntas concretas: Por supuesto. El embarazo de una trabajadora no es condicionante para no despedirla x el motivo que este sea.

Salu2,
El Lic.





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pepesoto
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28/May/11 10:10
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

Que tal Lic....pensé que me hablaba en su posdata....

Para GYM, solo tengo un comentario.

Acuda a revisar primero el numeral 20 LFT, despues se va al 50 LFT, y remata con el 109 LSS que le expuso el Lic.........



saludos
 
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28/May/11 10:21
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

BUENO, PUES YA ENCARRERADOS, TAMBIEN DALE UNA VUELTA AL CODIGO LABORAL EN SU Artículo 132 F-XXVII ....EN UN PRIMER MOMENTO

EN UN SEGUNDO MOMENTO SI NO HAY DE OTRA, APLICAR LO QUE COMENTAS; Dicho esto.

Repito la empresa va a ir liquidando a su personal, conforme a ley.

PERO SI HAZLO ASI............PORQUE REPITO, ....DONDE SE LE OCURRA A LA EMBARAZADA DEMANDAR......Y NO LA LIQUIDASTE CONFORME A LA LEY..........AGUAS..........


SALUDOS

Editado: Mayo 28, 2011 10:23:43
 
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lobozac
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28/May/11 18:46
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

En ocasiones al ser concretos, podrian contener lagunas en su contestacion. De ahi que no siempre sea falible ser concretos.

PUEDO DESPEDIR A ESTA PERSONA, A PESAR DE SU CONDICION. ?


Si la trabajadora se encuentra incapacitada, la relacion laboral estaria suspendida, y no podra despedirla, sino hasta que se reanude la

Si no hay tal suspension laboral, en cualquier momento el patron pudiese despedirla. Pero debe indemnizarse debido a que el patron se le imputaria el incumplimiento al contrato laboral.
 
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enrique9727
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30/May/11 21:39
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

:neutral: Buenas noches.

DONDE SE LE OCURRA A LA EMBARAZADA DEMANDAR......Y NO LA LIQUIDASTE CONFORME A LA LEY..........AGUAS..........


Buena observación, la cual aplica a TODO trabajador, no sólo a las embarazadas.

Salut,
l Lic.





PD. Y sí... le hablaba al Fiscal de Hierro en mi anterior PD.
 
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pepesoto
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07/Jun/11 14:21
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

Por experiencia, los patrones frecuentemente aplican despidos amañados, liquidan mal a las embarazadas. Son las personas mas factible a despedirlas mal.

Como es comun, no iran a la JCyA, por atender al bebe.

Asi le paso, a mi esposa. Pero ahi se toparon con pared.
 
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enrique9727
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07/Jun/11 14:30
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

Y Gym ?

Saludos
 
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lobozac
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07/Jun/11 19:41
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

MUY BUENAS TARDES....


AGRADECIENDOLES EL INTERES DE ESTE ASUNTO ......

ME PARECIO MUY INTERESANTE LO QUE HAN EXPUESTO.

PERO BIEN COMO DICEN HAY TODO TIPO DE PATRONES, EN ESTE CASO.

LA PERSONA TERMINO RECIBIENDO SU FINIQUITO CON 3 MESES DE SUELDO.

FIRMO SU RENUNCIA, TRANQUILA, COBRO INMEDIATAMENTE SU DINERO.

Y YO POR MI PARTE ESPERO Y DESEO QUE NO TENGA PROBLEMAS EN EL FUTURO, Y QUE AQUELLO QUE EL IMSS PROMETIO DE PROTEGERLA LO HAGA.
 
Saludos Cordiales
 
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gym
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07/Jun/11 20:05
Re: DESPIDO A EMBARAZADA...

EN ESTE CASO.

LA PERSONA TERMINO RECIBIENDO SU FINIQUITO CON 3 MESES DE SUELDO.

FIRMO SU RENUNCIA, TRANQUILA, COBRO INMEDIATAMENTE SU DINERO.

Y YO POR MI PARTE ESPERO Y DESEO QUE NO TENGA PROBLEMAS EN EL FUTURO, Y QUE AQUELLO QUE EL IMSS PROMETIO DE PROTEGERLA LO HAGA.


Que bien, que todo fue tranquilo

AGRADECIDO CONTIGO, POR CERRAR EL CIRCULO

Saludos
 
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lobozac
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