22/Ago/09 19:37
firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
Hola
saludos a todos.
pues aqui estoy con algunas dudas esperando como siempre contar con su apoyo y atinados comentarios.
la situacion es esta:
en una empresa se tenian trabajadores contratados por un outsourcing.
Apartir de agosto decidieron pasarlos a la nomina de la empresa y para evitar problemas con los empleados en el contrato se agrego una clausula donde se les reconoce la antiguedad que tenian con el outsourcing para todos los efectos de la ley.asi mismo pagara el aguinaldo en diciembre y las primas vacacionales que no habia pagado el outsourcing esto con la finalidad de que el outsourcing no pague finiquitos.
mis dudas son las siguientes:
1)¿para efectos del imss debo calcular los integrados considerando la fecha de reconocimiento de la antiguedad?
2)¿es posible que la empresa nueva pague los aguinaldos y primas que no pago el antiguo patron?
3)¿esto se consideraria una sustitucion patronal? y de ser as ¿tengo que dar aviso al imss?
4)¿que otras implicaciones legales y fiscales tendria esta clausula?
quedo en espera de sus comentarios
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sickboy31
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22/Ago/09 20:03
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
asi mismo si alguien quisiera agregarme al mensajero para comentar mas ampliamente el tema me apoyari bastante porfa es super urgente para mi tener una respuesta antes del lunes(mañana estare conectado todo el dia)
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sickboy31
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22/Ago/09 20:35
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
Hola sickboy31
Esas medidas las estan tomando varias empresas, esto por la campaña, que esta haciendo el SAT y el IMSS.
mis dudas son las siguientes:
1)¿para efectos del imss debo calcular los integrados considerando la fecha de reconocimiento de la antiguedad?
No solo se debe hacer asi; sino que es obligatorio,
2)¿es posible que la empresa nueva pague los aguinaldos y primas que no pago el antiguo patron?
Es obligacion de la empresa roconocer antiguedad y derechos adquiridos por los trabajadores
3)¿esto se consideraria una sustitucion patronal? y de ser as ¿tengo que dar aviso al imss?
Efectivamente, se debe considerar como sustitucion patronal
4)¿que otras implicaciones legales y fiscales tendria esta clausula?
Ante cualquier problema laboral, con acatar los puntos anteriores, NO habria ningun problema.
A menos que algun trabajador sea conflictivo, y pida su liquidacion.
Saludos
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vabdo
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23/Ago/09 04:09
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
Hola, buenos dias:
Resulta que la outsourcing, verdaderamente jamas ha sido el patron antiguo que dice Usted que lo fue. Debido a que el verdadero patron, jamas ha dejado de serlo y es que, la misma empresa, es la que ha recibido los beneficios de los servicios de su personal, que supuestamente no lo era, pero en definitiva si es y fue el patron. Mientras que la outsourcing, que supuestamente fue el patron, pues le entro al quite, se convierte en patron solidario responsable, por estar con estas movidas.
Siempre ha sido el mismo patron, las cosas no han cambiado, con la outsourcing o sin ella. Que se implique a un tercero para realizar evasiones fiscales, eso no tiene nada que ver con las cuestiones laborales, que esas jamas se habrian evitado. Si algun trabajador demanda, finalmente debe responder cualquiera de los patrones el verdadero y/o el pseudo patron por entrarle al quite.
Si los efectos laborales no han cambiado, entonces ya conociendo la situacion de las contrataciones laborales como quedaron finalmente, es decir, no hubo cambios, y finalmente se pagaron salarios, estos deben integrarse como se exigen las disposiciones de la LSS. Bueno esto es lo que debe SER. Pero, ahorita estan robando una base y se arrepintieron y pues estan en desorientacion, pues ya se pensaban estar en una base superior, pero ahora debe dar reversa
El aguinaldo lo cubriran completo, pues deben integrarlo completo. Aunque ya dejaron de cubrirse tiempo atras, pues el año ya va avanzado. Es decir, no ha cubierto integraciones fijas del pasado. Y asi como este caso, debe vigilarse para las demas remuneraciones.
Verdad que, qué dificil resulta, arreglar, desvarajustes que desde un principio debieron haberse realizado bien, desde un principio.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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23/Ago/09 18:42
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
ok
De acuerdo a sus comentarios me queda ya bastante claro la parte de los integrados,liquidaciones pago de aguinaldo etc.
pero sigo aun con una duda
de acuerdo a los comentarios de vadbo si aplica ante el imss como sustitucion patronal y por consiguiente debo de presentar el aviso.
¿esto me obliga de alguna manera con respecto a las cuotas pagadas por el patron anterior?, a esto me refiero a que si el imss me puede requerir por diferencias que encuentre al patron anterior.
y ¿que pasa si no doy el aviso? aunque si respete la antiguedad para el calculo de los integrados
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sickboy31
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23/Ago/09 19:25
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
¿esto me obliga de alguna manera con respecto a las cuotas pagadas por el patron anterior?, a esto me refiero a que si el imss me puede requerir por diferencias que encuentre al patron anterior.
En caso de sustitucion patronal, SI se adquieren todas las obligaciones, diferencias etc. del patron anterior
y ¿que pasa si no doy el aviso? aunque si respete la antiguedad para el calculo de los integrados
En caso de ser el mismo domicilio... Tiene que ser sustitucion patronal.
Diferente domicilio, diferente actividad, diferente trabajo a desarrollar, Etc,
Ahi si puede ser baja con un patron y alta con otro patron diferente.
Saludos
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vabdo
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23/Ago/09 21:38
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
estimado vadbo
efectivamente es diferente domicilio,la actividad de la empresa es diferente y pues el trabajo a desarrollar si es el mismo.
estimado enrique
efectivamente se complica que despues de que quisieron evadir obligaciones al tener outsourcings ahora quieran ser muy buenos con los empleados, sobre todo por que la antiguedad que se respetara incluye dos outsourcings uno que estuvo de 2004 a 2006 y otro que estuvo de 2006 a la fecha.obiamente no tomaron en consideracion algunas cosas y ahora estan pariendo chayotes por que tienen el tiempo encima y uno es el que tiene que andar buscando las soluciones jajaja aunque esto es lo divertido de la chamba no.
tomando en consideracion los comentarios que amablemente me han hecho al respecto mas lo que he investigado en las leyes correspondientes llego a la conclusion de que no es necesario dar aviso al imss de sustitucion patronal y pues unicamente tendre en consideracion los integrados,el pago de aguinaldo y primas vacacionales pendientes asi como los efectos que pudiera tener en caso de liquidaciones y finiquitos.
y pues como dijera un expositor del iefa 'a hecharle la persinada a las altas etc y pues si nos cae el imss y tava mal pues que dios nos agarre confesados'
gracias de antemano por todo el apoyo brindado a los dos ya que creo que han contestado en todos los topicos que he enviado.
PD: prometo ya preguntar menos y aportar mas
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sickboy31
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24/Ago/09 18:43
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
[code][code]Buenas tardes,
Si vas a pagar Vacaciones, Prima Vacacional conforme a la antiguedad de los trabajadores deberas utilizar el factor de integracion que le corresponde por esas prestaciones, y si el aguinaldo es mayor a Minimo de Ley es lo mismo. Ya que al momento de una revision como vas a justificar que en vez de darle las prestaciones del primer año, le diste las de 5 años. Independientemente que haya sido o no sustitucion patronal.
Por otro lado que puedes hacer sacar un analisis del costo Beneficio, puedes pagar a todos las prestaciones que corresponde al primer año contigo, y la diferencia en cada caso pagarla como una gratificacion la cual solamente te va a afectar un bimestre, pero aqui es donde tienes que hacer el analisis, para ver que te conviene mas. Habria que ver se les entrego una copia del contrato, una carta de reconocimiento de antiguiedad, si no fue asi y al hacer el analisis conviene mas integrarlo como variable un bimestre que pagar todo el año con el factor nuevo, ahi tienes la respuesta.
Espero que te haya sido de utilidad.
'Cada fracaso le enseña al hombre algo que necesitaba aprender'.
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esmeb
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24/Ago/09 20:46
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
estimado esmeb
si se les dio copia del contrato donde se les reconoce la antiguedad y aparte quieren que los conceptos salgan tal cual por lo mismo ,por lo que no queda de otra mas que integrar los salarios de acuerdo a estas prestaciones.
el analisis costo beneficio ya se le presento al patron pero hasta eso el nuevo patron esta en la mejor intencion de actuar de buena fe con todos los empleados y de pagar lo que corresponda a ley y de dejar todo lo mas transparente que se pueda ante todos los efectos de la ley.
el problema es que en su bena fe pues no considero los efectos ante el imss de hacer estsos movimientos y sabes que a este le vale si actuaste de buena o mala fe, si te agara en diferencias te la aplica.
y pues la gente que lo asesoro penso unicamente en las implicaciones de la ley federal del trabajo. yo me acabo de integrar al equipo y pues veo que dejaron lagunas y realmente no sabian que implicaciones tenian que considerar, y ahora que ya esta encima el tiemp andan con que si aplicara entonces calculo anual y que si el imss y que las arañas.
mi posicion de entrada fue que obiamnete el calculo anual no aplicaba ya que independientemente de todo seguian siendo dos contribuyentes distintos y la ley del isr no contempla esta figura de sustitucion etc. asi que cada uno presentaria su informativa contemplando lo que pago y retuvo y pues si el empleado resulta con saldo a favor pues ya se pondra los guantes de box con lolita. por otro lado el integrar las antiguedades en los salarios si lo considere inevitable ,pero revisando la ley del imss me percate que a diferencia de la del isr esta si contempla la sustitucion patronal y me surgio la duda de si dar este aviso y pues mas vale preguntar que despues andar parados de pestañas con los requerimientos,revisiones,capitales constitutivos,multas y demas momentos de convivencia sana que nos proporciona el imss cuando encuentra diferencias.
pero en fin pues gracias por los comentarios y pues esperemos que esto salga de la mejor manera.y pues si no ya el patron esta en el entendido de que puede pasar
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sickboy31
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25/Ago/09 12:06
Re: firma de contrato con clausula de reconocimiento de antiguedad
Si tu intencion es apegarte a lo que dictan las leyes entonces tendras que presentar el aviso de sustitucion patronal, si las cosas se hicieron bien anteriormente entonces no debes tener de que preocuparte.
Con respecto a que si la clausula en tu contrato te acarreara mas problemas, necesitas exponerla tal cual aparecio para poder analizarla.
Saludos
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
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juancarm
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