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01/Oct/08 21:02
Re: RETENCIONES VS IETU

Buenas Noches


En mi opinion, no hay que hacernos bolas con las matematicas, solo hay que interpretar el espiritu de la contribucion y podriamos verlo de la siguiente manera:

Si el ISR causado es de 3,000 y se tienen retenciones por 3,200, claro esta que no hay que efectuar PP de ISR.
Ahora si el IETU es de 1,600, contra este impuesto es el ISR efectivamente pagado, y para ello debieramos considerar lo retenido como efectivamente pagado, popr lo que en contra de los 1,600 se acreditaran hasta por ese monto el isr causado los 3,000. si solo acreditamos los 200 del excedente de las retenciones, nos veriamos en la necesidad de pagar otros 1,400.

Acodemonos que a la conclusion del ejercicio, se determinaran los dos impuestos, dando con ello, que si en el calculo de isr, el causado es inferior al retenido, el isr causado seria el que se podra acreditar contra ietu, y si el ietu causado es inferior al isr, no tendriamos porque pagar el ietu, porque supuestamente esas retenciones ya las habiamos acreditado.

Ya por otro lado el exceso de isr retenido daria lugar a un saldo a favor, suceptible de devolucion o compensacion.

Pero aguas, hay que optimizar la carga fiscal, de los contribuyentes, que de por si es pesada, no efectuando pagos en exceso.

Saludos
 
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Ramusa
Subteniente

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02/Oct/08 09:59
Re: RETENCIONES VS IETU

Asi como lo expone erikaglezriv, es como tambien lo entiendo.

Tienes razon erikaglezriv, estamos en el mismo canal.

Saludos.
 
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vabdo
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02/Oct/08 10:39
Re: RETENCIONES VS IETU

Si el ejemplo ahora es con la siguientes cifras, como queda el IETU?

ISR A CARGO $9,000.00
RETENIDO $2,000.00
A PAGAR $7,000.00

IETU $8,000.00

En el ejemplo incial, para mi solo puede acreditar 200 contra IETU.

Recordemos que tiene un ISR a cargo de 3,000.00 y esta aún no ha sido pagado, dado que le han retenido 3,200.00 es como llegamos a la conclusión de que no tiene ISR a cargo, todos estamos de acuerdo con eso.

Pero si ya disminuyo 3,000.00 de un total de 3,200.00 via retenciones en ISR solo le quedan 200.00 por agotar, que en esta caso los acredita contra IETU.

Como ya alguien expuso, el IETU no es un impuesto complementario de ISR.

Quiza siga sin ver con claridad este asunto pero las matematicas no me dan para acreditar primero 3,000 contra ISR y luego 1,600 contra IETU insisto quiere decir que voy a acreditar un total de 4,600 de ISR ¿de donde salen?
 
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rsolis
Cabo

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02/Oct/08 10:52
Re: RETENCIONES VS IETU

En este ejemplo quedaria:

ISR A CARGO $9,000.00
RETENIDO $2,000.00
A PAGAR $7,000.00

IETU $0.00
Por ser mayor el ISR pagado
 
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vabdo
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02/Oct/08 11:08
Re: RETENCIONES VS IETU

Como bien dice Vabdo, el IETU es 'cero'.

Lo anterior resulta claro, ya que el ISR es de 9,000, contra una cantidad menor de IETU....
 
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder........... El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
 
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Bruno
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03/Oct/08 03:50
Re: RETENCIONES VS IETU

Exacto REMN

Tienes toda la razon, se acreditaria todas las retenciones de ISR. ¿Haber, haber lo permite el programa del listado para la determinacion del IETU?

Determinacion que correponderia aplicarse conforme se expreso por parte del titular del topico:

IETU causado = 1,600
menos ISR propio = 0 **
menos ISR retenido = 3,200 (Segun por mi parte el formato debe permitir llenarse con este numero) ¿Pueden verificarlo, por favor?
igual IETU a pagar = 0



** ¿Por que es un cero estadistico?, No habria pago provisional de ISR por existir retenciones de ISR mayores al pago provisional a enterarse, y luego entonces hay un 'PAGO EN CEROS DE PP ISR' Es decir no corresponde acreditarse los 3,000 no han sido cubiertos TODAVIA.

SI se declaró el pago provisional, resultaria ser un pago de lo indebido y mediante acreditamiento no corresponderia incorporarse a la declaracion, si no como una compensacion se aplicaria ese monto por recuperarse)


Las declaraciones estadisticas en ceros, no son pagos provisionales EFECTIVAMENTE PAGADOS, no hay una forma en donde se exprese que se CUBRIO ISR POR PAGOS PROVISIONALES, POR ESO SE TOMARIA TODA LA RETENCION DE ISR PARA ACREDITARSE.

Perfecta observacion por RENM
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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03/Oct/08 04:01
Re: RETENCIONES VS IETU

Code:
El secreto esta en leer cuidadosamente el quinto parrafo del articulo 10 LIETU. Ya se argumento en otro topico lo que significa PAGO PROV DE ISR EFECTIVAMENTE PAGADO.


Si no se tiene una forma donde se indique que se cubrio un pago provisional por ISR cubierto en donde se liquidaria la obligacion correspondiente NO ES UN PAGO.

EL CERO estadistico INDICA que NO CORRESPONDE PAGARSE... Mas sin embargo aunque existan retenciones realizadas, NO HABRIA PAGO EFECTIVAMENTE PAGADO POR PAGO PROVISIONAL DE ISR

Disculpenme las REBUZNANCIAS digo redundancias de tanto pleonasmo con respecto al 'PAGO'

Editado: Octubre 03, 2008 04:09:20
 
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enrique9727
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03/Oct/08 04:22
Re: RETENCIONES VS IETU

La opinion de erika es casi 'perfecta'

La unica pecata minuta que le observo, es que indica que por ambos pagos provisionales son CEROS. El PP ISR y el PP IETU.

No es asi.... POR PP ISR si es un cero.... NO HAY PAGO ALGUNO, en una declaracion tan solo por este mes SERIA PP POR ISR = 0 (CERO) ESTO ESTA EXCELENTEMENTE BIEN LA APRECIACION


Mientras que por el PP IETU el pago provisional ES EL IMPUESTO CAUSADO EN ESE LISTADO DE DETEMINACION POR IETU

Se esta cubriendo el impuesto con diferentes partidas que se acreditarian de otros impuestos, retenciones, e incluso podria haber compensaciones en donde se extigue la obligacion del impuestos determinado y causado.

Que al final del listado no resulte monto a cubrirse eso es una cosa muy distinta a la del cero estadistico por pago provisional de ISR

En ese cero estadistico no se expresa cuanto hay que cubrirse por PP ISR ni como se llega a no cubrirse, ni tampoco se expresan PAGOS por el PAGO PROVISIONAL, solo se manifiesta que PROCEDE UN CERO A DECLARARSE Y A MANIFESTARSE UNA RAZON.... NO existe una DETERMINACION DE IMPUESTOS.

Mientras que en IETU si existe una DETERMINACION DE PAGO PROVISIONAL DEL IETU... se expresa un impuesto causado y como se va cubriendo CON ACREDITAMIENTOS, DE IMPUESTO Y CREDITOS FISCALES

Espero haber si, ahora si comprenden lo que se quieren inducir en la ley como EFECTIVAMENTE PAGADO.

La declaracion del cero estadistico no entra en esa categoria... Mientras que el listado de conceptos para el IETU SI LE aplica el calificativo EFECTIVAMENTE PAGADO, aun y cuando resulte en su ultimo renglon un cero a informar.

Conforme a lo anterior es que LIETU permite acreditamiento de PAGOS PROVISIONALES DE MESES ANTERIORES EFECTIVAMENTE PAGADOS.
 
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enrique9727
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03/Oct/08 04:26
Re: RETENCIONES VS IETU

Este otro topico se entrelaza perfectamente a la solucion de este topico y viceversa.

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=32612&idCat=10
 
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enrique9727
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