Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3 4

Mensaje Autor

Arriba
23/Ene/08 21:20

enrique, la cuestion, es que TE ASEGURO que mas de los que participamos aqui, NO TIENE EL CUIDADO DE ELABORAR EL FAMOSO CONTRATO DE SERVICIOS

nex, lo puedes elaborar con fundamento en el supracitado articulo y la situacion particular de tu empresa

doqu, se correlaciona el cuidado de los que si hacemos contratos de servicios y ahora mayor amarre con lo mencionado

saludos a todos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 0:08
Re: ASESORIA POR ESCRITO....A PARTIR DE 2008

:idea: Buenas noches. Mi inquietud es: Habra algunos contadores que se atrevan a dar una opinion x escrito que sea "...para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales..." O..... habra otros contadores que se atrevan a manifestar x escrito al contribuyente (su cliente) que "su asesoria puede ser contraria a la interpretacion de las autoridades fiscales..." Por favor... que alguien me explique.... :cry:

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 1:26
Re: ASESORIA POR ESCRITO....A PARTIR DE 2008

[quote="lobozac"]LES RECUERDO COMPAÑEROS, QUE EL CODIGO FISCAL PARA 2008 NOS MARCA ESTO.......COMO SUGERENCIA PERSONAL, ELABOREMOS EL ESCRITO MENSUAL A FIN DE EVITARNOS PROBLEMAS EN UN MOMENTO DADO..QUIEN YA LO HAGA, AUN Y CUANDO NO "NOS OBLIGABA" EL CODIGO, FELICIDADES

QUIEN NO LO HAGA POR REGLA , LE DEJO LA REFLEXION..........ALLA USTEDES

Artículo 89. Son infracciones cuya responsabilidad recae sobre terceros, las siguientes:

I. [u:b623b7a289]Asesorar, aconsejar [/b:b623b7a289][/u:b623b7a289]o [color=red:b623b7a289][u:b623b7a289][b:b623b7a289]prestar servicios [/b:b623b7a289][/u:b623b7a289][/color:b623b7a289]para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales.[color=blue:b623b7a289]POR SUPUESTO. TODOS DEBEMOS CONTRIBUIR.[/color:b623b7a289]
II. Colaborar en la alteración o la inscripción de cuentas, asientos o datos falsos en la contabilidad o en los documentos que se expidan.

III. Ser cómplice en cualquier forma no prevista, en la comisión de infracciones fiscales.

[b:b623b7a289][u:b623b7a289]No se incurrirá en la infracción [/u:b623b7a289][/b:b623b7a289]a que se refiere la fracción primera de este artículo, [b:b623b7a289][u:b623b7a289]cuando se manifieste en la opinión [/u:b623b7a289][/b:b623b7a289]que [color=blue:b623b7a289][u:b623b7a289][b:b623b7a289]se otorgue por escrito [/b:b623b7a289][/u:b623b7a289][/color:b623b7a289]que el criterio contenido en ella es diverso a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales en los términos del inciso h) de la fracción I del artículo 33 de este Código o[b:b623b7a289][u:b623b7a289] bien manifiesten también por escrito [/u:b623b7a289][/b:b623b7a289]al contribuyente [size=18:b623b7a289][color=blue:b623b7a289][b:b623b7a289][u:b623b7a289]que su asesoría puede ser contraria [/u:b623b7a289][/color:b623b7a289][/size:b623b7a289]a la interpretación de las autoridades fiscales.


A diferencia de lo manifestado por LOBOSAC, yo veo aquí una gran oportunidad para el contador que se a preocupado por prepararse, ya sea cursando otra licenciatura, por ejemplo, derecho, o una maestria o al menos capacitarse cotidianamente.

Veo aqui dos oportunidades para hacer lana.
De inicio se pre-supone que ningun contador, por ética, deberá asesorar a su cliente a que evada el pago de impuestos. Esta medida va dirigida a esos "contadores" que trabajan chueco. Quienes trabajen siguiendo las reglas no tienen ningún problema, y a ellos le llegarán los clientes que necesariamente serán liberados por el contador que no se actualizó.

La otra oportunidad es la de la defensa. Yo pregunto..¿¿¿Tiene facultades el SAT para imponer obligaciones a los contribuyentes???.

No se apantallen con el petate del muerto. Los criterios internos no pueden generar obligación alguna a los gobernados, pero si derechos.

El artículo 33 fracción I inciso h del CFF que menciona LOBOSAC establece:

[color=red:b623b7a289][i:b623b7a289]H.-Dar a conocer en forma periódica, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.[/i:b623b7a289][/color:b623b7a289] sin embargo no define esos criterios vinculativos, y de ahi en adelante todo es ganar..ganar y ganar
 
Perfil

Emprendedorfiscal
Mayor

Mensajes: 1092
Ingresó: Noviembre 17, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 8:10
Re: ASESORIA POR ESCRITO....A PARTIR DE 2008

[quote:a0367375f4="pepesoto"]:idea: Buenas noches. Mi inquietud es: Habra algunos contadores que se atrevan a dar una opinion x escrito que sea "...para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales..." O..... [u:a0367375f4]habra otros contadores que se atrevan a manifestar x escrito al contribuyente (su cliente)[/b:a0367375f4][/u:a0367375f4] que "[color=red:a0367375f4][b:a0367375f4][u:a0367375f4]su asesoria puede ser contraria a la interpretacion de las autoridades fiscales[/u:a0367375f4][/color:a0367375f4]..." Por favor... que alguien me explique.... :cry:

El Lic.[/quote:a0367375f4]

yo si, "me atrevo", en razon de que en el proceso de preparacion, analisis, revision, y calculo de los diversos impuestos, (y que estan bajo mi responsabilidad), pueden existir situaciones que sean contrarias a como interpretan las autoridades (hay infinidad de situaciones diarias que se "contraponen" a lo que dice estrictamente la ley)......la mejor prueba es el foro, veamos cuantos criterios diferentes entre nosotros mismos plasmamos para llegar a una "conclusion", y esta , sera la idonea para las autoridades ?


en fin, cada quien entiende e interpreta el contenido de lo plasmado en lineas arriba

y en consecuencia actuara


saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 8:17
Re: ASESORIA POR ESCRITO....A PARTIR DE 2008

[quote="Emprendedorfiscal"][quote:60ec0ed5f2="lobozac"]LES RECUERDO COMPAÑEROS, QUE EL CODIGO FISCAL PARA 2008 NOS MARCA ESTO.......COMO SUGERENCIA PERSONAL, ELABOREMOS EL ESCRITO MENSUAL A FIN DE EVITARNOS PROBLEMAS EN UN MOMENTO DADO..QUIEN YA LO HAGA, AUN Y CUANDO NO "NOS OBLIGABA" EL CODIGO, FELICIDADES

QUIEN NO LO HAGA POR REGLA , LE DEJO LA REFLEXION..........ALLA USTEDES

Artículo 89. Son infracciones cuya responsabilidad recae sobre terceros, las siguientes:

I. [u:60ec0ed5f2]Asesorar, aconsejar [/b:60ec0ed5f2][/u:60ec0ed5f2]o [color=red:60ec0ed5f2][u:60ec0ed5f2][b:60ec0ed5f2]prestar servicios [/b:60ec0ed5f2][/u:60ec0ed5f2][/color:60ec0ed5f2]para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales.[color=blue:60ec0ed5f2]POR SUPUESTO. TODOS DEBEMOS CONTRIBUIR.[/color:60ec0ed5f2]
II. Colaborar en la alteración o la inscripción de cuentas, asientos o datos falsos en la contabilidad o en los documentos que se expidan.

III. Ser cómplice en cualquier forma no prevista, en la comisión de infracciones fiscales.

[b:60ec0ed5f2][u:60ec0ed5f2]No se incurrirá en la infracción [/u:60ec0ed5f2][/b:60ec0ed5f2]a que se refiere la fracción primera de este artículo, [b:60ec0ed5f2][u:60ec0ed5f2]cuando se manifieste en la opinión [/u:60ec0ed5f2][/b:60ec0ed5f2]que [color=blue:60ec0ed5f2][u:60ec0ed5f2][b:60ec0ed5f2]se otorgue por escrito [/b:60ec0ed5f2][/u:60ec0ed5f2][/color:60ec0ed5f2]que el criterio contenido en ella es diverso a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales en los términos del inciso h) de la fracción I del artículo 33 de este Código o[b:60ec0ed5f2][u:60ec0ed5f2] bien manifiesten también por escrito [/u:60ec0ed5f2][/b:60ec0ed5f2]al contribuyente [size=18:60ec0ed5f2][color=blue:60ec0ed5f2][b:60ec0ed5f2][u:60ec0ed5f2]que su asesoría puede ser contraria [/u:60ec0ed5f2][/b:60ec0ed5f2][/color:60ec0ed5f2][/size:60ec0ed5f2]a la interpretación de las autoridades fiscales.


A diferencia de lo manifestado por LOBOSAC, yo veo aquí una gran oportunidad para el contador que se a preocupado por prepararse, ya sea cursando otra licenciatura, por ejemplo, derecho, o una maestria o al menos capacitarse cotidianamente.

Veo aqui dos oportunidades para hacer lana.
De inicio se pre-supone que ningun contador, por ética, deberá asesorar a su cliente a que evada el pago de impuestos. Esta medida va dirigida a esos "contadores" que trabajan chueco. Quienes trabajen siguiendo las reglas no tienen ningún problema, y a ellos le llegarán los clientes que necesariamente serán liberados por el contador que no se actualizó.

La otra oportunidad es la de la defensa. Yo pregunto..¿¿¿Tiene facultades el SAT para imponer obligaciones a los contribuyentes???.

No se apantallen con el petate del muerto. Los criterios internos no pueden generar obligación alguna a los gobernados, pero si derechos.

El artículo 33 fracción I inciso h del CFF que menciona LOBOSAC establece:

[color=red:60ec0ed5f2][i:60ec0ed5f2]H.-Dar a conocer en forma periódica, mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación, los criterios no vinculativos de las disposiciones fiscales y aduaneras.[/i:60ec0ed5f2][/color:60ec0ed5f2] sin embargo no define esos criterios vinculativos, y de ahi en adelante todo es ganar..ganar y ganar[/quote:60ec0ed5f2]


dejando a salvo lo comentado por tu persona, .........enfatizo la oracion :

[color=blue:60ec0ed5f2][size=24:60ec0ed5f2]o[/size:60ec0ed5f2][/color:60ec0ed5f2][b:60ec0ed5f2][u:60ec0ed5f2] bien manifiesten también por escrito [/u:60ec0ed5f2][/b:60ec0ed5f2]al contribuyente [size=18:60ec0ed5f2][color=blue:60ec0ed5f2][b:60ec0ed5f2][u:60ec0ed5f2]que su asesoría puede ser contraria [/u:60ec0ed5f2][/color:60ec0ed5f2][/size:60ec0ed5f2]a la interpretación de las autoridades fiscales.

la disyuntiva te PERMITE a beneficio propio, si le haces caso, elaborar un escrito para que EN UNA REVISION SI SALTAN DIFERENCIAS DE CRITERIO, NO SALGAS PERJUDICADO TU COMO ASESOR.........yo creo que lo que abunda no perjudica .......y te curas en salud ......pero como digo........alla tu, y si no te asusta el petate del muerto, que bien, tus fundamentos de defensa tendras

es mi opinion del citado articulo

gracias por tu participacion
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 8:45
Re: ASESORIA POR ESCRITO....A PARTIR DE 2008

Que les parece si hacemos algun enlistado donde uno crea que el criterio de uno es diferente a los del sat....
 
**ES MI MAS HUMILDE OPINION** ------------------------------------ L.C. RUIZ **Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
 
Perfil

lcruizuscanga
Coronel

Mensajes: 4709
Ingresó: Marzo 16, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 8:54
Re: ASESORIA POR ESCRITO....A PARTIR DE 2008

[quote:4ed737ff6c="lcruizuscanga"]Que les parece si hacemos algun enlistado donde uno crea que el criterio de uno es diferente a los del sat....[/quote:4ed737ff6c]


si deseas comenzar a elaborarlo...........


solo te comento que plasme el articulo como lo interpreto, ......si sirve de algo para alguien....para uno solo, ...el objetivo se cumplio............por lo demas, respeto los criterios diferentes que existan


saludos y gracias por tus comentarios
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 9:40

EN un curso de un reconocido fiscalista en el IEE recuerdo que nos mencionó que el nunca hacía contratos ni dejaba nada por escrito que las cosas e ideas eran de el y el cumplía con informarselo al cliente..... creo que veía venir estos cuestionamientos.....


Saludos!
 
Saludos!
 
Perfil

doqu
Subteniente

Mensajes: 134
Ingresó: Noviembre 08, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 10:39
Re: ASESORIA POR ESCRITO....A PARTIR DE 2008

LOBOZAC:

NADIE NIEGA QUE TU INTENCIÓN AL PRESENTAR EN EL FORO ESTE TÓPICO, ES PARA BENEFICIO Y PRECAUCIÓN QUE DEBEMOS TENER TODOS LOS QUE ASESORAMOS, ACONSEJAMOS, SUGERIMOS, RECOMENDAMOS, ETC. A NUESTROS CLIENTES-CONTRIBUYENTES.

EN MI OPINIÓN EL ARTICULO MULTICITADO, FUE DISEÑADO, ELABORADO, DISCUTIDO Y APROBADO CON LAS PARTES MAS BAJAS DE LAS EXTREMIDADES INFERIORES (LÉASE "PATAS").

NO ES POSIBLE QUE DICHO ARTÍCULO MENCIONE QUE UN CONTADOR PUEDE ASESORAR Y/O TODOS LOS SINÓNIMOS QUE DESEES, A QUE UN CONTRIBUYENTE TRANSGREDA Y VIOLE LAS DISPOSICIONES FISCALES Y CON EL SOLO HECHO DE PONERLO POR ESCRITO, SE "LAVA LAS MANOS" Y ASUNTO ARREGLADO.

CONSIDERO QUE LOS COMENTARIOS QUE SE HAN VERTIDO, SON POR LO MAL ELABORADO Y REDACTADO DEL MENCIONADO ARTÍCULO.

SALUDOS
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Ene/08 10:59

jajajajaja ahh que mi estimado chavalon, me sacaste la carcajada......tienes razon.........fue elaborado con las "patrullas".....desafortunadamente ahi esta


saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3 4