29/Oct/07 13:11
.....el hijo vende el bien .....[/quote:2fbfbf334f]
[quote:2fbfbf334f]109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
XIX. Los donativos en los siguientes casos:
b) Los que perciban los ascendientes de sus descendientes en línea recta, siempre [color=red:2fbfbf334f]que [u:2fbfbf334f]los bienes recibidos no se enajenen o se donen por el ascendiente a otro descendiente[/u:2fbfbf334f] en línea recta sin limitación de grado[/color:2fbfbf334f].
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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29/Oct/07 13:23
Re: Donación ¿exenta?
[quote:02899e60c1="enrique9727"].....el hijo vende el bien .....[/quote:02899e60c1]
[quote:02899e60c1]109. No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
XIX. Los donativos en los siguientes casos:
b) Los que perciban los ascendientes de sus descendientes en línea recta, siempre [color=red:02899e60c1]que [u:02899e60c1]los bienes recibidos no se enajenen o se donen por el ascendiente a otro descendiente[/u:02899e60c1] en línea recta sin limitación de grado[/color:02899e60c1].[/quote:02899e60c1]
El hijo le dona al padre DINERO y el papá a su vez le dona al otro hijo el DINERO... la autoridad lo que trata de trabar (con lo que resaltas en rojo) es por ejemplo:
Que cuando un hermano le quiere donar a otro hermano un bien, este doné a su papá y el papá a su vez le dona al hijo... la donación padre-hijo ya no se considera como exenta...
Mi duda es ¿y con el dinero sucede igual? ya que ese es mi caso...el hermamo le debe donar a el otro hermano cierta cantidad, pero decide donarsela al papa y que el papá se la done al otro hijo....un trabalenguas que esta muy claro en el 4to acto de la obra....
Un saludo!!!!
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BR1
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29/Oct/07 13:34
Re: Donación ¿exenta?
pues asi como esta planteado, no se pagaria el isr, pero no es claramente una triangulacion, digo, porque quien gozara del dinero sera el otro hermano....pero la ley dice [color=red:cb1af4dee0]BIENES[/color:cb1af4dee0][/b:cb1af4dee0] no [b:cb1af4dee0][color=blue:cb1af4dee0]EFECTIVO[/color:cb1af4dee0].
A menos que lo quieran establecer como simulacion, pero bajo que preceptos legales.....digo porque se triangulo el dinero.....de hijo-padre y de padre-hijo... :x ya me enrede....
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lcruizuscanga
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29/Oct/07 13:50
Re: Donación ¿exenta?
jajaja...si, medio enrredoso el asunto.. pero como dice Lucerdito ¿yyyyy?...
¿Algún abogado ducho en temas legales? (suena a pleonasmo pero tiene su razón se ser jejeje)
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BR1
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29/Oct/07 14:31
Re: Donación ¿exenta?
si el arbitro dice que es penal... va a ser penal
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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29/Oct/07 15:42
Re: Donación ¿exenta?
Que tal este fundamento para excentarlo
Art.109 F XIX inciso:
c).-Los demás donativos, siempre que el valor total de los recibidos en un año de calendario no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Por el excedente se pagará impuesto en los términos de este Título.
la ley no distingue entre quienes se de el donativo.
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AlexMauricio
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29/Oct/07 16:09
Re: Donación ¿exenta?
[quote:dde595b446="AlexMauricio"]Que tal este fundamento para excentarlo
Art.109 F XIX inciso:
c).-Los demás donativos, siempre que el valor total de los recibidos en un año de calendario no exceda de tres veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año. Por el excedente se pagará impuesto en los términos de este Título.
la ley no distingue entre quienes se de el donativo.[/quote:dde595b446]
Es muy poca lana la del inciso C)....
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BR1
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29/Oct/07 16:22
son para propinas.... un poco mas de $ 50,000
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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29/Oct/07 16:52
Re: Donación ¿exenta?
Gracias por sus comentarios..
Concluyo en que:
Al recibir por donación DINERO, el papá puede hacer con este lo que él guste y disponga, LISR en caso de que este done ese dinero a un descendiente o ascendiente en linea recta no estipula como donación gravada tal acto...es decir, el papá puede elegir a quién donarle ese DINERO, ya sea a su esposa o a otro hijo (a)....ya que el bien era el que tenia la condicionante de gravarse en caso de que a su vez no se donaran los bienes a otro descendiente, y el DINERO ya es otra cosa... ¿apoco es simulación? digo, cada quien tendrá interpretaciones diferentes... y llegará a sus propias conclusiones en base a su experiencia...
La duda que me surge ahora es ¿es forzoso darle formalidad a los donativos en DINERO?, es decir ¿basta un documento privado o forzosamente debe darle fé un notario?...ya dejando a un lado si son gravados o exentos....
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BR1
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29/Oct/07 17:25
El problema no seria el dinero... la conversion de bien a dinero.... y eso debe haber una escrituracion o algo.
Si hay venta y posiblemente ganancia... ese es el detalle de grabar en ese punto.
Mas si luego, se considera la donacion, ahora habria una ganancia pero ahora para la otra persona que se cede, SI no se ajusta a lo señalado en el 109 LISR
Luego que se regresas la donacion y que va, que viene, se va para el otro hermano, mientras queden en declaraciones no veo el problema.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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