07/Oct/05 9:53
Re: MODIF. DE SDI (PARA GRANDES FORISTAS)
A ver... como aportaciones tenemos varios puntos a considerar, entre ellos deseo destacar;
Lo dicho por MMartinezC:
"La ley es clara y dice que para calcular el variables son las percepciones del bimestre anterior, no la parte proporcional del bimestre antepasado, antes del pasado, etc."[/b:64278a392b]
Me parece que no le falta razón al decir que la Ley es clara en ese punto...
Lo dicho por leoncastrov:
[b:64278a392b]Desde mi punto de vista, el concepto NO es sujeto de integración, ya que dicho bono no es por causa directa de sus labores realizadas,...
[color=darkred:64278a392b]Me parece que nadie a dicho que el pago sea por sueldo, ni que se pague como consecuencia del trabajo, ello es un punto de apoyo para no integrarlo.[/color:64278a392b]
[u:64278a392b]sino es una ayuda asistencial con la finalidad de ayudarle al trabajador en el cambio de residencia lo cual es comprobable, y por tanto quedaría excluido de acuerdo al ART. 27 de la LSS.[/u:64278a392b]
[color=darkred:64278a392b]Van varias lecturas que doy al 27 de LSS y no encuentro donde dice que una ayuda, bono, compensación, gratificación o como le denominemos por cambio de residencia no deba integrarse al salario. Es decir, no lo encuentro dentro de los conceptos que se excluyen del salario, coincido cuando se dice que la partida en comento no se entrega por su trabajo realizado, si derivado de la relación laboral preo no por un servicio prestado... por lo que si el dinero que se entrega tiene como finalidad ayudar al trabajador a sufragar ciertos gastos iniciales debe buscarse otro esquema para su entrega, ahora que si se le entrega como premio o incentivo para que se vaya a otro lado, pues es diferente....[/color:64278a392b]
[color=darkred:64278a392b]la parte final del comentario de leoncastrov es sugerente;[/color:64278a392b]
NO LO INTEGRES, en todo caso pudieras pedirle facturas de los gastos que realice por su cambio de recidencia [/b:64278a392b](mudanza, renta, mantenimiento, etc., como a manera de un rembolos de gastos de previsión social) para respaldarte en caso de auditoría.
Lo dicho por Intelectual:
[b:64278a392b]El fondo del asunto es el concepto con que piensan pagarlo...
[color=darkred:64278a392b]
Cierto, como ya comentaba, ¿qué le estamos pagando?, un premio o incentivo para que acepte irse a otro lado o los gastos iniciales (descritos por leoncastrov) que le va a provocar la mudanza, esa es la cuestión.[/color:64278a392b]
Tanto el Lic como By Paco ya nos cuestionaron en forma sugerente el trato de previsión social, asi que ojo, son opiniones dignas de considerar...
Sugerencia, si lo que vas a entregar es con la finalidad de apyar en esos multicitados "gastos iniciales de mudanza", pues que los pague el patrón directamente de su cuenta contra el comprobante respectivo a nombre del patrón mismo... Si lo entregan como para convencerlo de que acepte el cambio, me adhiero a lo comentado por MMartinezC.
Saludos.
sos al sos