24/Ago/05 17:56
"CRITERIO DEL SAT"
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/act_repecos/16_493.html
Entregar notas de venta a los clientes.
Por las ventas de mercancía o por la prestación de servicios, se deben entregar a los clientes copias de las notas de venta (sin importar el monto) y conservar los originales de las mismas.
Estas notas deberán reunir los siguientes requisitos:
- Nombre de quien las expide.
- Domicilio fiscal.
- Registro Federal de Contribuyentes.
- Número de folio.
- Lugar y fecha de expedición.
- Importe total de la operación en número o en letra.
En caso de que se utilice máquina registradora de comprobación fiscal, se debe entregar a los clientes el ticket correspondiente.
Las notas de venta se pueden mandar a imprimir en cualquier imprenta, no necesariamente en las autorizadas por el SAT.
Si se entrega a los clientes aunque sea un solo comprobante que contenga todos los requisitos fiscales, es decir, una factura con el IVA desglosado, no se podrá continuar en este régimen.
Servicio de Administración Tributaria, México.
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'