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01/Ago/05 20:05
Re: Integracion hrs extras

[quote:a24bc3ee08="BR1"]...Lo de que si las horas extras son constantes las puede integrar el IMSS ¿Cual seria el fundamento? lo busque (ya que los del IMSS me comentaron lo mismo) y no encontre el fundamento para tal efecto (Art ó criterio del IMSS).[/quote:a24bc3ee08]
:| Buenas noches. Eso era un criterio/acuerdo basado en la ley anterior, que ya NO aplica en la ley actual. No se dejen que se los apliquen ahorita...
El Lic.
 
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pepesoto
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01/Ago/05 20:15
Re: Integracion hrs extras

Asi es Lic. de hecho pues criterio trane tambien lo la no procedencia de los salarios minimos que deben ser apartir del salario minimo profesional, que las horas extras, etc....todo sin sustento legal...

Lo de las 9 hrs que originan el topico son las que me estan quitando el sueño (nomas puedo dormir 10 hrs ya me excedi con 7 las integro jajajaa).
 
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BR1
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01/Ago/05 20:16
Re: Integracion hrs extras

Asi es Lic. de hecho pues criterio trane tambien lo la no procedencia de los salarios minimos que deben ser apartir del salario minimo profesional, que las horas extras, etc....todo sin sustento legal...

Lo de las 9 hrs que originan el topico son las que me estan quitando el sueño (nomas puedo dormir 10 hrs ya me excedi con 7 las integro jajajaa).

PD: Lic. que paso con la(s) foto(s) que estaba poniendo en su pagina?? ya no las pone?????? o eran solo prueba (hace ya varios meses).
 
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BR1
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01/Ago/05 20:20
Re: Integracion hrs extras

[quote:42f80f8512="BR1"]...PD: Lic. que paso con la(s) foto(s) que estaba poniendo en su pagina?? ya no las pone?????? o eran solo prueba (hace ya varios meses).[/quote:42f80f8512]
¿De cuales fotos me comentas..? 8O
 
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pepesoto
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02/Ago/05 20:42
Re: Integracion hrs extras

www.elcontribuyente.com.mx/Editorial/Editorial.ASP?ANO=1&NUMERO=54

encontre este material navegando por internet y trata del tema que da origen a este topico, solo por si no lo visitan transcribo la conlusion que tienen al respecto (elaborado por el C.P. Fernando Pérez Villalobos):

"Concluimos que este nuevo procedimiento es anticonstitucional y deja en desventaja a los trabajadores, pero finalmente, éste es el nuevo procedimiento de cálculo y deberemos hacerlo de esta forma, [u:aa95cfe1b0]independientemente de que los trabajadores puedan ampararse[/u:aa95cfe1b0]"
 
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BR1
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03/Ago/05 11:56

Leyendo el articulo ¿sugiere la violacion a la LFT?
 
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ByPaco
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03/Ago/05 12:07
Re: Integracion hrs extras

Creo que sugiere la violacion a la constitucion (inequidad), ya que como un trabajador que labora las mismas horas pero en diferentes dias puede tener integrado el salario que otro que labora las mismas horas pero en diferentes dias (ya hable como la chimoltrufia), pero por ahi va el detalle....solo que concluye que ahi los afectados serian los trabajadores, y ni modo que el patron se defienda defendiendolos....me di a entender (por que ya me enrrede..jajajaa)

continuación:
Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Total
Trab# 1 1hr............1hr..........1hr............1hr............1hr........5 hrs
Trab# 2 3 horas.......0hrs..........3 horas......0hrs.........3 horas...9 horas
Trab# 3 3 horas..... 1 hora.......2 horas.... 2 horas..... 3 horas....11 horas

Según los criterios del IMSS es tiempo extra integrable todo aquel que rebase los limites permitidos, esto es, que en el caso del trabajador 1, quien labora mas de tres días sin importar el número de horas, deberá ser integrado a su salario un total de 2 horas, lo que seguramente deja en desventaja al trabajador 2 quien por las razones de su tiempo extra no integrarían. Por lo tanto concluimos que lo mas adecuado es tomar los siguientes criterios:
Trabajador 1.- No se integra por no rebasar el tope señalado en la Ley Federal de Trabajo de nueve horas a la semana, independientemente de ser durante más de tres veces por semana.
Trabajador 2.- Este es el caso más simple en donde se cumple con todos los supuestos permitidos en ley, donde el Tiempo Extraordinario no integra al salario, ya que cumple con el tope de 9 horas.
Trabajador 3.- A este trabajador le integrarán 2 horas a su salario, ya que rebasa el tope de 9 horas a la semana.

Formula para integrar al salario el Tiempo Extraordinario:
Ejemplo trabajador 3
Salario Diario: $60.50
Tiempo Extra integrante 2 hrs (x) 2 = 4 Total Horas Extras dobles
Prorrateo diario por horas 4 hrs ( / ) 8 = 0.5 Por hora
Prorrateo por semana 0.5 ( / ) 7 = 0.0714 Factor integrante de T.E.
Más (Aguinaldo y Prima) 1.0452 Factor Normal
Total Factor de Integración 1.1166 Factor Total

NOTA: COMO COMENTE ESTE ARTICULO (PUBLICADO EN LA LIGUE QUE MENCIONE) NO ES ELABORADO POR MI.
 
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BR1
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03/Ago/05 12:18

Es a lo que me refiero el artí sugiere que se tomen la 9 horas por semana independientemente de los dias trabajados, por lo que una persona puede labora 9 horas extras en un dia sin que se le integre al SBC, (esto ya se parece al exclavismo), deberiamos cuidar la salud de los trabajadores
 
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ByPaco
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03/Ago/05 12:43
Re: Integracion hrs extras

Sabes lobozac, lo que comentas seria harina de otro costal, es decir no puedes obligar a los empleados a que laboren horas extraordinarias ni tampoco puedes estar obligado a que el empledo las labore sin autorizacion.....( a menos que se manden solos..y no sean tan subordinados)..
 
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BR1
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06/Ago/05 13:29
Re: Integracion hrs extras

Que tal, como siempre me gusta conluir o mas bien comentar la desicion qeu se tomo, les comento lo siguiente:

1. Localize (como les comente anteriormente) un articulo que cierto CP realizo, y es exactamente lo que el IMSS considera como omision, por lo que me aclaro la duda (o mas bien me definio el criterio).

2. La gran mayoria de los contribuyentes solo toma 9hrs a la semana para el excedente integrarlo, sin considerar si las reliza en un dia, dos, tres, etc..pero el IMSS no les observa ya sea por que no los han revisado, por que tienen omisiones mas fuertes (comparadas con las hrs extras) o por que se dictaminan y areglan (o manejan) las tarjetas checadoras para no caer en la integracion.

Consultamos a un despacho que dictamina (entre otras cosas) para IMSS, y nos dice que sobre este tema el IMSS (por raro que paresca) tiene razon, y nos aconsejo pagar, ya que ve el caso perdido y que solo se podria ganar al cometer el IMSS errores en el proceso de la auditoria....

Asi es que a pagar y corregir 2004 y 2005.

Gracias por sus opiniones... asi mismo al Lic.
 
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BR1
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