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Tópico: tope arrendamiento puro 250
Carlosiloo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2013 23:26:38 Asunto: Re: tope arrendamiento puro 250
Muchas gracias por su amable respuesta, entiendo que al ser $250 pesos diarios eso establecería un límite de $7,500 pesos mensuales, pero mi pregunta es la siguiente, al ver una cotización de arrendamiento puro se lee esto: Renta Mensual Vehículo sin IVA 7,209.83 Renta Mensual Vehículo con IVA 8,363.40 La renta mensual no excede el límite de $7,500 pesos, pero con el IVA si lo hace, eso significa que no se podría deducir los $863 pesos restantes? Aprovechandome de su amabilidad, si se diera un anticipo a rentas de, supongamos, $100,000 pesos, este se podría deducir una vez terminado el plazo del contrato en partes de 7,500 pesos al mes? tardando 14 meses en terminar de deducir ese anticipo a rentas (14 meses posteriores al fin del contrato de arrendamiento puro) Muchas gracias por su atención, disculpe el nivel tan básico de mis preguntas, pero la familia empieza a preguntarnos a nosotros los estudiantes desde etapas muy tempranas en la carrera. Saludos.
Tópico: tope arrendamiento puro 250
Carlosiloo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 29, 2013 20:02:18 Asunto: Re: tope arrendamiento puro 250
Artículo 1.15. Los contribuyentes que tributen en los términos del Título II o del Título IV, Capítulo II, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que realicen pagos por el uso o goce temporal de automóviles, en lugar de efectuar la deducción de dichos pagos hasta por la cantidad señalada en el artículo 32, fracción XIII, tercer párrafo de la citada Ley, podrán deducir [b]hasta $250.00 diarios por vehículo[/b], siempre que cumplan con los requisitos que para la deducibilidad de dichas erogaciones establezcan las disposiciones fiscales. Mi pregunta es, estos $250.00 diarios son antes o después del IVA?
Tópico: Sobre deducción de arrendamiento puro.
Carlosiloo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 03, 2012 07:18:51 Asunto: Sobre deducción de arrendamiento puro.
Muy buen día a todos los miembros de esta comunidad, acudo a ustedes con una duda que por mi falta de experiencia, no he sido capaz de resolver. Tengo entendido que el limite de deducción (en el caso de arrendamiento puro) sin embargo, no entiendo bien el concepto, son $ 7,500 incluido el iva, o $ 7,500 pesos antes del iva? En caso de que la respuesta sea la segunda, el iva se debera de pagar integramente? Espero disculpen mi falta de conocimiento, seguramente para la mayoría de ustedes esto parecera de broma, pero para una persona común y corriente el leer (y entender) los códigos y lineamientos que ustedes usan y manejan con tanta facilidad, es muy dificil. De antemano agradezco su muy valioso tiempo y atención, buen día. Carlosiloo

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