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Tópico: Problema en carga de documentos en devoluciones por internet
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 22, 2013 10:12:13 Asunto: Re: Problema en carga de documentos en devoluciones por internet
Sigue intentando... lo que puedes hacer tambien es esperar a realizar el trámite por la tarde o noche, ya que por la mañana se satura más la página del SAT. Saludos!!
Tópico: Trabajo Material
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Mayo 14, 2013 09:24:29 Asunto: Re: Trabajo Material
Buen día, Gracias por tomarse la molestia de contestar. Trabajo Material e Intelectual, insisto en que debiera haber algo más desglosado, no como diccionario pero sí que te de una mejor orientación. Si nos vamos a que el trabajo material es un esfuerzo físico, en estricto sentido a todo nos deberían de pagar a la semana. Un contador realiza cálculos de impuestos, lleva nóminas, archiva sus documentos, maneja la computadora, etc. Y es un esfuerzo físico el que realiza… Finalmente un trabajo material fue concebido en un inicio en lo intelectual, a eso se le llama tener conciencia y razón. Si hacemos lo que dictan las leyes por costumbre y no por claridad (porque cada quien interpreta de acuerdo a lo que sabe) entonces le voy a pagar de manera semanal, pues la autoridad aún no define cuáles son los Trabajos Materiales, aunque aquí ya comentaron que es el esfuerzo físico… pues entonces que esa “autoridad” haga que nos paguen a todos a la semana y modifique sus Leyes. Gracias nuevamente… Saludos!!
Tópico: Trabajo Material
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Mayo 13, 2013 17:55:20 Asunto: Trabajo Material
Muy buenas tardes, El caso es el siguiente: Hace unos días fue un inspector de la STyPS a una de nuestras sucursales y mencionó que estábamos faltando al Art. 88 de la LFT en la cual establece lo siguiente: [i][b]Artículo 88.- [/b]Los plazos para el pago del salario nunca podrán ser mayores de una semana para las personas que desempeñan un trabajo material y de quince días para los demás trabajadores.[/i] El inspector argumenta que como tenemos una persona del aseo y una persona que es de mantenimiento se les debe pagar a la semana y no a la quincena como lo estamos haciendo actualmente. Leyendo el artículo me queda la duda de cuáles son los trabajos materiales. He estado revisando en las leyes y en éste foro y no encuentro una tablita o un fundamento que me desglose cuáles son esos trabajos. Si reviso el artículo 5 fracción VII de la LFT hace alusión a los obreros y creo que ellos no entran en ese supuesto. La duda es si realmente esas actividades que desempeñan encuadran en [b]“Trabajos Materiales”.[/b] Agradecería mucho su ayuda y experiencia, pues queremos hacer las cosas correctas pero con Fundamentos. Si es necesario hacerles el pago semanal lo haremos de esa forma. Muchas gracias por sus comentarios. Saludos!!
Tópico: DIFERENCIAS EN CONSTANCIA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 03, 2013 14:54:51 Asunto: Re: DIFERENCIAS EN CONSTANCIA
GuajardoLuis Lo que hizo tu patrón es incorrecto... Cuando a ti te descuentan el porcentaje del fondo de ahorro es precisamente de tu sueldo y éste ya va gravado. Por lo tanto, en el rubro de Fondo de Ahorro solo debe ir $ 13,996 en exentos y en gravado $ 0.00. El problema que vas a tener o que tuviste es que en el cálculo anual te retuvieron ISR del cual ya habias pagado. Si vas a presentar delcaración anual por tu cuenta por tener alguna deducción personal pues simplemente se va a reducir tu saldo a favor. Saludos!!
Tópico: ¿Que nos deja Calderón?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 05, 2012 13:00:36 Asunto: Re: ¿Que nos deja Calderón?
De acuerdo mi estimado AJDM, el problema NO es el Presidente...
Tópico: Trabajador Arrestado
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 14, 2012 08:57:16 Asunto: Re: Trabajador Arrestado
Es cierto Lic. Aún así no hay otra forma, no puedo dar de baja al trabajador. Como usted dice, ya les platicaré... Saludos y buen día!!
Tópico: Trabajador Arrestado
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 09, 2012 19:34:01 Asunto: Re: Trabajador Arrestado
Que tal Lic. pepesoto buenas tardes, Antes que anda una disculpa por contestar tarde pero tuve que salir fuera... Respecto al tema coincido perfectamente con usted en que deben hacerse las modificaciones a la LSS para no afectar economicamente al patrón. Creo que la decisión que tome me pareció la más justa... Ahora, espero no tener problemas con el Imss e Infonavit, yo me respaldaría con el documento que conste que mi trabajdor está detenido y que por esa razón no estoy enterando las cuotas. Muchas gracias por responder al tópico y si sucediera algo con éstas instituciones les estaré informando... Saludos Cordiales Lic.!!!
Tópico: Trabajador Arrestado
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 07, 2012 09:12:29 Asunto: Trabajador Arrestado
Que tal muy buenos días, Resulta que unos de nuestros trabajadores desde hace mas de tres meses se encuetra en prisión, sin embargo, aún no se le dicta sentencia... Mi pregunta es si lo debo dar de baja en el Imss, solo que en la LSS no establece nada al respecto. Si me voy a la LFT en el artículo 42 establece que: Artículo 42.- Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón: I... II... III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél; Por otro lado el artículo 47 de la misma Ley establece lo siguiente: Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón: I... II... XIV. La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión, que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo; y En conclusión, mi opinión es que aún NO lo debo dar de baja puesto que aún no se le dicata sentencia. En éstos tres meses he dejado de pagarle salario y en el SUA he puesto que tiene ausentismos para no pagar tanto el Imss como el Infonavit. No se si estoy en lo correcto y agradecería mucho sus opiniones que me puedan orientar para hacer lo correcto. Gracias por su apoyo y que tengan un excelente día!!!
Tópico: Como obtener el subsidio para el empleo para la declaracion anual de salarios
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 27, 2012 20:15:11 Asunto: Re: Como obtener el subsidio para el empleo para la declaracion anual de salarios
ALEXSHL: De acuerdo a los ingresos que mencionas no le corresponde Subsidio para el Empleo, mucho menos Subsidio Entregado. Ingresa de nuevo al Declarasat en línea y en esos recuadros coloca 'cero' de forma manual. De ésta manera te va permitir continuar... Ya sea en el Declarasat en línea o no, de todos modos te va a dar a cargo ISR porque son los datos manifestados en la constancia, a no ser que haya un error de captura por parte del patrón en el DIM o en la misma constancia que llenaron a máquina. Saludos!!
Tópico: complementaria de nuevo esquema de pagos provisionales
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 11, 2011 10:37:18 Asunto: Re: complementaria de nuevo esquema de pagos provisionales
Que tal buenos días, Complementando lo que dijo EXCALIBUR, lo puedes ver en la siguiente página: [url]http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_20189.html[/url] Selecciona la guía que te aplique, en el caso de la Persona Moral, puedes ver la respuesta a tu pregunta en la página 58. Saludos!!

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