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Tópico: AVISO SAT 2 DE JULIO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 03, 2012 15:51:57 Asunto: AVISO SAT 2 DE JULIO
HOLA A TODOS YA CHECARON ESTO: Aviso A partir del 2 de julio de 2012 las personas morales deben presentar declaraciones complementarias para corregir o modificar las declaraciones que hayan presentado en el esquema anterior de pagos electrónicos. Las aplicaciones de avisos en ceros y de corrección de datos dejan de operar para evitar duplicidades. Ver ejemplos ( 1.25 mB) para presentar declaraciones: normales extemporáneas y complementarias. LES DEJO LA LIGA http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_15130.html SALUDOS
Tópico: dictamen fiscal 2011
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 29, 2012 14:01:16 Asunto: Re: dictamen fiscal 2011
Al parecer hay comunicado por parte del SAT y el IMCP que pasara al dia 2 de Julio ya que el 30 de Junio es dia inhabil. Saludos
Tópico: REPECOS EN EDO JALISCO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 29, 2012 13:55:40 Asunto: Re: REPECOS EN EDO JALISCO
Hola, si debe pagar sus cuotas bimestrales hasta que presente su aviso de suspension de actividades de acuerdo a la tabla del ejercicio que le corresponde, si no se podria hacer acreedor a una multa. En Jalisco no se puede presentar ya declaraciones en ceros a partir de que existe la cuota fija, si no tienes ingresos de todos tienes que pagar la cuota minima. Saludos
Tópico: FACTURAS CON CODIGO DE BARRAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 19, 2012 11:08:57 Asunto: FACTURAS CON CODIGO DE BARRAS
Hola que tal encontre esta informacion: Décimo Octavo. Para los efectos del Artículo Primero Transitorio del “Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación”, publicado en el DOF el 12 diciembre de 2011, los contribuyentes podrán emitir hasta el 30 de junio de 2012, comprobantes fiscales en los términos de los Capítulos I.2.7., I.2.8., I.2.9., II.2.5., II.2.6. y II. 2.7. de la RMF para 2011, así como sus respectivos anexos 1-A y 20, en lo concerniente a la aplicación de dichos capítulos, salvo los supuestos a que se refieren las reglas I.2.7.1.4., I.2.8.1.5., I.2.8.1.8., I.2.8.3.1., I.2.8.3.2., I.2.8.3.3. y II.2.7.1.8. de la RMF para 2011. Los contribuyentes que se acojan a la facilidad prevista en el presente artículo deberán aplicar las especificaciones técnicas previstas en el Anexo 20 de la RMF publicado en el DOF del 23 de septiembre de 2010, pudiendo establecer en los campos relativos al nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal del emisor y la aduana por la cual se realizó la importación, la expresión “No aplica”. [color=red]Para los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los contribuyentes podrán emitir comprobantes fiscales sin incorporar los siguientes requisitos: [/color] I. El régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. II. La unidad de medida. III. Identificación del vehículo de la persona física, en tratándose de contribuyentes que cumplan sus obligaciones por conducto del coordinado y que hayan optado por pagar el impuesto individualmente. IV. La clave vehicular que corresponda a la versión enajenada, en tratándose de contribuyentes dedicados a la fabricación, ensamble o distribución de automóviles nuevos e importados para permanecer en forma definitiva en la franja fronteriza norte del país y en los Estados de Baja California, Baja California Sur y la región parcial del Estado de Sonora. V. El número, la fecha y el importe total del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación, en tratándose de pago en parcialidades. VI. La forma en que se realizó el pago, así como los últimos cuatro dígitos del número de la cuenta o tarjeta de crédito, de débito, de servicios o de los llamados monederos electrónicos. SEGUN LO QUE ENTIENDO ENTONCES LOS COMPROBANTES CON CODIGO DE BARRAS QUE VENGO UTILIZANDO CON LOS REQUISITOS ANTERIORES A LA RESOLUCION DONDE SE INCORPORAN NUEVOS REQUISITOS A PARTIR DEL 1 DE JULIO 2012, NO TENGO OBLIGACION DE INCORPORAR LOS NUEVOS REQUISITOS??? GRACIAS POR SUS COMENTARIOS SALUDOS
Tópico: FACTURA VENTAS CREDITO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2012 15:45:32 Asunto: Re: FACTURA VENTAS CREDITO
Gracias a todos por sus respuestas, tengo que ponerme a estructurar este proceso para poder emitir comprobantes como lo comentan. Saludos
Tópico: FACTURA VENTAS CREDITO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2012 13:31:47 Asunto: Re: FACTURA VENTAS CREDITO
Gracias por sus respuestas , pero yo creo que me quedo con la respuesta de vaddo ya que al emitir la factura por la venta a credito ya estoy acumulando toda la venta, y si realizo factura por cada pago tendria una inmesidad de facturas, ya que son muchisimas operaciones con clientes. Saludos
Tópico: FACTURA VENTAS CREDITO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2012 23:20:26 Asunto: FACTURA VENTAS CREDITO
Hola que tal, ojala me puedan orientar es una empresa que realiza operaciones con el publico en general hay clientes que me piden factura ya que es a credito con la empresa a 3 meses , tengo la obligacion de elaborar factura por la venta a credito a ese cliente en el momento de la venta, o tengo que esperar a que me pague para realizarle su factura. Por otro lado los pagos que me hace tendria tambien que entregarle factura por cada pago??? Gracis por sus comentarios
Tópico: Cuentas Incobrables en el Ajuste anual por Inflacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 03, 2012 18:01:08 Asunto: Cuentas Incobrables en el Ajuste anual por Inflacion
Hola, me podrian apoyar a entender lo que dice el articulo 31 fracc XVI incisio c parrafo 4 con respecto a como considerar las cuentas incobrables en el ajuste anual por inflacion? Si hago la cancelacion de clientes a provision de reserva de cuentas incobrables entones el saldo que juega solo es de enero a junio por ele ejercicio en cuestion. Saludos
Tópico: DEVOLUCION PENSIONADO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2012 17:41:46 Asunto: Re: DEVOLUCION PENSIONADO
Perdon se me paso confirmar algo, estos ingresos los tendria que declarar en el declarasat como sueldos y salarios u otros ingresos. Saludos
Tópico: DEVOLUCION PENSIONADO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2012 09:39:31 Asunto: Re: DEVOLUCION PENSIONADO
Muchas Gracias a todos por sus respuestas , me han ayudado bastante. Saludos

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