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Tópico: ERROR AL ENVIO DE DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE DIM_2015
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 29, 2016 10:16:51 Asunto: Re: ERROR AL ENVIO DE DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE DIM_2015
Que tal Anaili, el salario mínimo que utilizamos fue de acuerdo a como se pago en su momento, es decir, la parte exenta de la prima vacacional fue al salario mínimo de $68.28 y el aguinaldo se calculo con $70.10. espero te ayude y si alguien nos confirma que estamos en un error, se agradeceremos mucho, en caso contrario, así lo enviaremos. saludos
Tópico: ERROR AL ENVIO DE DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE DIM_2015
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 27, 2016 16:25:19 Asunto: ERROR AL ENVIO DE DECLARACION INFORMATIVA MULTIPLE DIM_2015
Alguien que sepa porque al enviar la declaración informativa múltiple me muestra el siguiente mensaje: '¡Atención! Estimado Contribuyente, el archivo C:\fakepath\_xxxxxxxxxxx0DIM5GF1FCG1R18401.dec no se ha encontrado en la ruta especificada o el archivo está vacío, verifique que la ruta y el archivo sean correctos y envíelo nuevamente.' Este mensaje es al envío; ya fue validada, encriptada y verificada la información en la aplicación, la versión utilizada es la 3.3.10, ya elimine la aplicación y la volví a descargar, se capturo de nuevo la información, se valido, encripto y se intento enviar de nuevo, pero volvió a dar el mismo mensaje. agradeceré su ayuda. saludos.
Tópico: comunicado SAT CFDI nominas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 18, 2014 13:36:52 Asunto: comunicado SAT CFDI nominas
Somos una empresa agrícola, empleamos personal para las labores del campo, de los cuales hoy en día somos muy persistente en solicitarles por lo menos la CURP para poder emplearlos y registrarlos ante el SAT, mas sin embargo en el periodo de enero a marzo tenemos nomina timbrada por el SAT de empleados que dieron sus datos verbalmente y que a pesar de ser verificada por nosotros en el portal y saber que no estaban registrados en el RFC estos XML fueron aceptados y timbrados en su momento por el SAT, después en agosto nos llegó un comunicado que dice lo siguiente: [color=blue]Luego de analizar la información de los recibos de nómina electrónicos que has emitido a tus empleados, el SAT encontró las siguientes inconsistencias: a).-Comprobantes a trabajadores cuya clave en el RFC es inexistente. b).-Comprobantes duplicados (mismos RFC del emisor, RFC del receptor, subtotal, total, CURP, fecha de pago, fecha inicial de pago y fecha final de pago). Te invitamos a reponer dichos comprobantes lo antes posible y cancelar aquellos que estén en este supuesto. Te recordamos que los pagos amparados por comprobantes en esas condiciones no son deducibles.[/color] Este comunicado como se puede ver no puntualiza ni especifica cuales empleados son, o a quienes se refiere en los dos incisos, mas sin embargo, después de analizar la información y situación de nuestros empleados, verificamos de acuerdo al inciso a) lo siguiente: 1.-Tenemos empleados que al momento del timbrado (enero a marzo) no existían en el RFC, y que después los registramos en la página del SAT, dando como resultado la misma clave de RFC con la que los timbramos inicialmente. 2.- Tenemos empleados que no existían en el RFC al momento del timbrado y que después los registramos en la página del SAT, dando como resultado un RFC distinto al que los timbramos inicialmente, esto dado que los datos de CURP o nombres y apellidos que nos había proporcionado en empleado no eran correctos. 3.-Tenemos empleados que no existen en el RFC y ya nos es imposible conseguir sus datos correctos, pero los recibos CFDI con los que se les pago su nómina ya fue timbrada por el SAT. Referente al inciso b), no hay duda de que fue un error al momento del envío del proveedor del timbrado, por lo que es más fácil su corrección o cancelación. El comunicado del SAT invita a reponer los comprobantes y cancelar los que estén en este supuesto, Pero para el punto número 1 surgen las siguientes dudas: -¿Ya es suficiente con haber registrado al empleado o tengo que cancelar el CFDI y generar otro, dado que es el mismo RFC? -Si genero otro CFDI ¿debe tener algún comentario o referencia para decir que sustituye al anterior? Para el punto 2: - Si genero otro CFDI ¿debe tener algún comentario o referencia para decir que sustituye, corrige o complementa al anterior? Para el punto numero 3: -si no se consiguen los datos correctos y no se puede corregir la situación de estos timbrados, ¿se podría deducir en base a la regla de facilidades administrativas 1.2 aunque mis ingresos excedan de $ 800,000.00? Espero y agradezco si me pueden ayudar con tantos cuestionamientos en base a su experiencia. Saludos.
Tópico: Es deducible un gasto pagado a persona distinta de la que emite la factura?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2011 12:30:30 Asunto: Re: Es deducible un gasto pagado a persona distinta de la que emite la factura?
Buenos dias Choco75, te agradesco la ayuda, El articulo 35 del reglamento de ISR dice: Cuando el contribuyente [color=blue]efectue erogaciones a travez de un tercero[/color], exepto tratandose de contribuciones, viaticos o gastos de viaje, debera expedir cheques nominativos a favor de este o mediante traspasos de cuenta en instituciones de credito o casa de bolsa, y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, estos deberan estar amparados con documentacion que reuna los requisitos del articulo 31, fraccion III de la ley. Este articulo lo entiendo mas aplicable por ejemplo a gastos aduanales, en mi caso te lo explico un poco mas detallado: *- inicialmente nuestro proveedor entregaba la mercancia y nos facturaba como debe de ser, provisionabamos el pago y emitiamos el cheque a su nombre, con esto finalizamos la operacion, *- Ahora me informa el proveedor que celebro contrato de fideicomiso y factoraje con el banco, derivado de este estamos los siguientes: A.- PROVEEDOR B.-CLIENTE C.-BANCO El proveedor me entrega a mi (cliente) la mercancia y factura con sus requisitos fiscales del art.29A del CFF. Nosotros provisionamos para pago la factura. Una vez que se llega el plazo de pago, en base al contrato que celebro con el banco, nos da la instruccion que el cheque de pago se emita nominativo y para abono en cuenta pero con el nombre del banco. como te daras cuenta el pago se esta efectuando a un tercero, no al proveedor que me entergo la mercancia y factura con sus requisitos fiscales, entonces me queda la duda en la deducibilidad de esta erogacion, segun mi apreciacion esto no es deducible fiscalmente; mas sin embargo se que existe este tipo de operaciones. busque en topicos anteriores y solo en uno se habla de esto, pero no se llega a ninguna conclusion en base a la deducibilidad. saludos.
Tópico: Es deducible un gasto pagado a persona distinta de la que emite la factura?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 05, 2011 00:34:13 Asunto: Es deducible un gasto pagado a persona distinta de la que emite la factura?
Buenas noches. medante un comunicado, un proveedor me informa que realizo un contrato de fideicomiso y factoraje con un banco, derivado de este contrato solicita que las facturas pendientes de pago salgan con cheque nominativo a nombre del banco, este proveedor me informa que estara entregando sus productos y facturando normalmente, pero los cheques deberan emitirse a nombre del banco. podria alguien en base a su experiencia, ayudarme a entender un poco mas y fundamentar la deducibilidad del gasto pagado a un tercero distinto del que me factura. agradesco su amable ayuda.
Tópico: PROBLEMAS LISTADO IETU CON WINDOW 7
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Mensaje Foro: Software Enviado: Septiembre 28, 2010 17:39:07 Asunto: PROBLEMAS LISTADO IETU CON WINDOW 7
Buenas tardes, cambie de equipo a otro nuevo con window 7, consultando unos foros segui algunas instrucciones: ya cambie la configuracion de la region, ya instale el java 1.4.2_03(recomendado por personal del SAT), ya reinicie para que surtan efecto los cambios y los detalles que tengo son: 1.- no se descarga o no muestra completa la imagen de la pantalla, si se captura, no muestra lo capturado, si quiero avanzar de pagina no avanza. si quiero que me muestre los cambios o lo capturado o avance de pagina, tengo que minimizar y restaurar. 2.- en la pagina del resultado del impuesto no lo calcula correctamente, muestra: Error: En la naturaleza de la regla. Item: A990101=1&N200491. si hay algun colega que quisiera ayudarme con este problema, se lo agradeceria demasiado. saludos.
Tópico: RETENCIO X DESPERDICIO INDUSTRIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2010 09:42:48 Asunto: Re: RETENCIO X DESPERDICIO INDUSTRIAL
les agradesco a todos su valiosa colaboracion. saludos.
Tópico: RETENCIO X DESPERDICIO INDUSTRIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2010 18:01:48 Asunto: RETENCIO X DESPERDICIO INDUSTRIAL
Buenas tardes, soy persona moral del regimen simplificado (agricultura) estoy vendiendo cinta usada a otra persona moral que compra desperdicios industriales para reciclaje, mi duda es si esta persona moral a la que le estoy vendiendo la cinta usada me debe retener el IVA en base al articulo 1ro A fracc. II B) de la ley del IVA. surge la duda ya que mi actividad es la agricultura no la industrial. agradesco su atencion.
Tópico: describirse detalladamente ......
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2010 10:31:54 Asunto: Re: describirse detalladamente ......
LO PEOR DEL CASO ES QUE AL MOMENTO DE SOLICITAR UNA DEVOLUCION DE IVA, TE MARCAN ESTOS COMPROBANTES COMO NO VALIDOS POR NO MOSTRAR DE FORMA CLARA EL TIPO DE ARTICULOS COMPRADOS Y TE LA RECHAZAN.
Tópico: describirse detalladamente ......
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 20, 2010 09:54:43 Asunto: Re: describirse detalladamente ......
MI ESTIMADO LOBOZAC, REFERENTE A ESTE TEMA, ME SURGE LA INQUIETUD CON LOS COMPROBANTES DIGITALES, ME HA TOCADO RECIBIR FACTURAS DIGITALES EN LAS QUE LA DESCRIPCION ESTA MUY ABREVIADA Y CODIFICADA, DE TAL FORMA QUE TE ES DIFICIL SABER EXACTAMENTE QUE ES LO QUE SE COMPRO. SE SUPONE QUE ESTAS ESTAN REVISADAS Y AUTORIZADAS POR HACIENDA, ¿O NO? SALUDOS.

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