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Tópico: DECLARACIONES
rooj6002

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2011 20:29:26 Asunto: Re: DECLARACIONES
Buenas tardes: Si acredita IDE el concepto seria: Las retenciones efectudas por terceros fueron iguales o superiores al ISR retenido (IDE). Seria correcto presentarlo asi, o ustedes que concepto ponen tanto en ISR actividad empresarial e ISR retenciones por salarios, cuando acreditamos IDE. Gracias por sus respuestas.
Tópico: QUE APLICO PRIMERO SUBSIDIO P/EL EMPLEO O IDE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 18, 2010 21:22:33 Asunto: Re: QUE APLICO PRIMERO SUBSIDIO P/EL EMPLEO O IDE
Enrique, buenas noches Yo me estoy refiriendo a pagos provisionales, en esta caso el pago provisional del mes de octubre de 2010, y segun le entiendo usted se refiere al pago en la declaracion anual. Por su atencion gracias.
Tópico: QUE APLICO PRIMERO SUBSIDIO P/EL EMPLEO O IDE
rooj6002

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 18, 2010 12:50:31 Asunto: Re: QUE APLICO PRIMERO SUBSIDIO P/EL EMPLEO O IDE
Buenos dias La regla a la que me refiero es a la publicada en la miscelanea fiscal para 2010 del viernes 11 de junio de 2010. Acreditamiento, compensación y devolución del IDE I.11.27. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IDE, los contribuyentes que en el mes de que se trate no tengan ISR a su cargo contra el cual puedan acreditar el IDE efectivamente pagado en dicho mes, en virtud de haber realizado el pago provisional del ISR correspondiente, de encontrarse disminuyendo pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, o bien, de haber efectuado el acreditamiento de otras cantidades a que tengan derecho conforme a las disposiciones de la Ley del ISR, podrán considerar que el acreditamiento del IDE se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, con lo cual la diferencia que subsista a su favor pueda ser susceptible de acreditarse contra el ISR retenido a terceros en dicho mes. Del mismo modo, los contribuyentes que en el mes de que se trate no tengan ISR retenido a terceros, o bien, habiéndolo tenido hayan efectuado el entero correspondiente o hayan acreditado contra éste otras cantidades a que tengan derecho conforme a las disposiciones de la Ley del ISR, podrán considerar que el acreditamiento de la diferencia de IDE se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, permitiendo así la generación de una diferencia susceptible de ser compensada contra otras contribuciones federales en términos del artículo 23 del CFF. Si después de efectuar los acreditamientos a que se refiere el artículo 8 citado, subsistiere alguna diferencia susceptible de compensarse, los contribuyentes que no hayan causado otras contribuciones federales, o bien, que hayan extinguido sus obligaciones de pago por cualquier medio permitido por las leyes fiscales, podrán considerar que la compensación de dicha diferencia se realiza contra una cantidad equivalente a $0.00 pesos, generando una diferencia susceptible de solicitarse en devolución. La opción anteriormente señalada no releva al contribuyente de dictaminar la solicitud de devolución del IDE establecida en el artículo 8, cuarto párrafo de la citada Ley. Lo anterior resulta aplicable en lo conducente a los mecanismos de acreditamiento, compensación y, en su caso, devolución a que se refiere el artículo 7 de la Ley del IDE. LIDE 7, 8, CFF 23
Tópico: QUE APLICO PRIMERO SUBSIDIO P/EL EMPLEO O IDE
rooj6002

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 17, 2010 23:26:02 Asunto: QUE APLICO PRIMERO SUBSIDIO P/EL EMPLEO O IDE
Buenas noches a todos los foristas. Mi duda es la siquiente si tengo subsidio para el empleo por aplicar y me retienen ide, que debo aplicar primero. Pongo numeros mes octubre 2010.Perona fisica regimen general. ISR actividad empresarial: pagos provisionales anteriores iguales o superiores ISR retencion por salarios = 444.00 IETU: pagos provisionales anteriores iguales o superiores IVA = 4,988.00 SUBSIDIO PARA EL EMPLEO A OCTUBRE=3,059.00 IDE de octubre = 2,066.00 Puedo apicar de la siguiente manera 1.- ISR sueldos 444.00 Subsidio p/el empleo 444.00 a pagar 0.00 IVA 4,988.00 IDE compenso 2,066.00 a pagar 2,922.00 2.- o debo aplicar primer el ide a isr sueldos y la diferencia compensarla. Creo salio una regla pero no la recuerdo en la cual lo puedo hacer de la primer forma, si me pueden apoyar con la regla, si es que estoy en lo correco. Por su atencion gracias.
Tópico: compensacion de iva contra iva
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2010 21:51:21 Asunto: Re: compensacion de iva contra iva
Muchas gracias por sus aportaciones, ya me quedo claro.
Tópico: compensacion de iva contra iva
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2010 09:15:33 Asunto: compensacion de iva contra iva
Buenos dias a todos los foristas: Con la siguiente duda, si me pueden ayudar. En una compensacion de iva conta iva, la actualizacion y recargos causados tambien se pueden compensar, o estos hay que pagarlos. 85/2007/IVA Compensación de impuesto al valor agregado. Casos en que procede. El saldo a favor del impuesto al valor agregado de un mes posterior podrá compensarse contra el adeudo a cargo del contribuyente por el mismo impuesto correspondiente a meses anteriores, con su respectiva actualización y recargos, de conformidad con el artículo 23, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, con relación al artículo 1 del mismo ordenamiento. Me surge la duda por la redaccion que dice con su respectiva actualizacin y recargos Por su atencion gracias.
Tópico: QUE DIFERENCIA HAY EN EL VALOR ADUANA Y EL VALOR COMERCIAL EN EL PEDIMENTO ?
rooj6002

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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Octubre 12, 2010 22:26:55 Asunto: Re: QUE DIFERENCIA HAY EN EL VALOR ADUANA Y EL VALOR COMERCIAL EN EL PEDIMENTO ?
Buenas noches a todos: Y cual valor se debe tomar para el calculo de impuestos de isr, ietu e iva; el valor comercial que es el pagado al proveedro extranjero o el valor en aduanas que es el del pedimento que es la base para calculo de impuesto de iva, igi, dta y prv, porque en ocaciones es mayor el valor aduana que el valor comercial, si pueden dar fundamento se lo agredeceria. Por que tengo un caso de persona fisica con activiad empresarial radicado en la frontera norte, dedicad a la compra y venta de automoviles y todo este año el valor en pedimento es mayor que el valor comercial y la dierencia es casi el doble. Por su atencion gracias.
Tópico: ide anual
rooj6002

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2010 21:43:40 Asunto: Re: ide anual
Buenas tardes a todos los foristas: Tengo la misma situacion, persona fisica, actividad empresarias, en la declaracion anual de 2009, ke queda un ide por aplicar los datos son los siguientes: IDE retenido 25,000.00 IDE acreditado en pagos prov. de isr propio 8,000.00 IDE acreditado en retenciones por salarios 2.000.00 IDE compensado en el ejercico 5,000.00 IDE por aplicar 10,000.00 En abil de 2010 me reulta ietu a pagar por 4,500.00 de los cuales pienso compensarlos contra el IDE por aplicar de 2009. mi duda es como poresento los anexos con los datos de mi declaracion anual de 2009, y que constancias de IDE anexar al tramite, la constancia del ejercicio que me de el banco o constancias mensuales de IDE. La alinacion de cifras no se como hacerlas. Por su atencion gracias.
Tópico: COSTO FISCAL EN IMPORTACIONES
rooj6002

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 16, 2010 11:08:04 Asunto: Re: COSTO FISCAL EN IMPORTACIONES
Muchas gracias por sus respuestas, lo que se ha estado haciendo es tomar el valor que biene en el pedimento como gasto, pero me surgio la duda porque lo estan valorando a un precio muy alto, el cual no corresponderia al precio en que se venden. Por decir algo valor en pedimento 30,000.00, valor factura americana en m.n. 12,000.00 precio de venta 19,000.00.
Tópico: COSTO FISCAL EN IMPORTACIONES
rooj6002

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 15, 2010 00:57:33 Asunto: COSTO FISCAL EN IMPORTACIONES
Buenas noches a todos los foristas Mi duda es la siquiente: Persona fisica con actividad empresarial reidente en frontera su actividad es la compra-venta de autos que se importan desde Estados Unidos, para mi costo fiscal que valor debo de tomar el valor factura del proveedor extranjero o el valor que vine en el pedimento, mi duda es por lo siguiente, el valor en el pedimento es mayor que el valor de factura. Si me pueden dar fundamento se los agradeceria, por su atencion gracias.

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