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Tópico: PROCEDE MULTA x INVITACION
CERVANTES-QUIJANO

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 05, 2006 Asunto:
Hay que tener cuidado con la forma en que te plantean la invitacion. Si es como lo dices una mera invitacion a presentar documentos, no existe ninguna facultad coercitiva por parte de la autoridad, esto es, que no te deben multar. Ahora bien, si en la redaccion de la carta fundan y motivan la causa del requerimiento en alguna de las facultades de comprobacion de la autoridad, entonces si te pueden hacer efectivas alguna de las medidas de apremio como lo seria en su caso la multa.
Tópico: ayuda en esta estrategia
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2006 Asunto:
Una inquietud: Que no las acciones son titulos valor que representan en si el bien inmueble?
Tópico: LIQUIDACION DE UNA SOCIEDAD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 29, 2006 Asunto:
jajajajaja me fui entonces por otro lado. Bueno podemos de todas formas hacer una pachanga para celebrar que votamos!!!!
Tópico: LIQUIDACION DE UNA SOCIEDAD
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 29, 2006 Asunto:
Cual compromiso? Acaso hay pachanga y no he sabido?
Tópico: EFECTO DE UN AMPARO CONTRA EL SEGURO SOCIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 27, 2006 Asunto:
El IMSS tiene una de las peores estadisticas en cuanto juicios perdidos. Y aclarando en su mayoria son juicios de nulidad y no amparos.
Tópico: EFECTO DE UN AMPARO CONTRA EL SEGURO SOCIAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 27, 2006 Asunto:
Es primordial recordar que de acuerdo al principio de definitividad que rige el juicio de amparo, primero tendrias que acudir al juicio de nulidad, y en esta instancia hacel valer los argumetos de ilegalidad que estimes oportunos. Ahora si el juicio lo interpones contra el credito en si, el efecto de la sentencia que en su caso se llegue a dictar en el juicio de nulildad tendra como efecto dejar insubsistnete el credito impuesto a la empresa, y al ser ilegal el credito el embargo debe quedar sin efectos. Por otro lado, si interpones el juicio de nulidad en contra del embargo, la sentencia tendra por efectos declarar la nulidad del embargo pero en toda probabilidad decretara la nulidad para efectos de que se reponga el procedimiento, es decir, que te inicien nuevamente el procedimiento administrativo de ejecucion. Lo anterior tiene ciertas variantes, por lo que para poder darte una idea mas concisa de lo que puede pasar necesitaria mas antecedetes. Saludos
Tópico: Créditos fiscales de PM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 27, 2006 Asunto:
LLegado el caso claro que puede, pues tiene un interes juridico legitimo por que ese credito quede insubsistente, pues de lo contrario su patrimonio se esta biendo afectado por este podria decirse gravamen.
Tópico: TRATAMIENTO BLINDADO DE AUTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2006 Asunto:
De conformidad con el 37 de la LISR el blindaje forma parte del MOI y debera deducise conforme a lo establecido en el articulo 40 observante el limite de deduccion del articulo 42, II (300K). Creo que anteriormente hice el comentario que presente un amparo para que no se me aplique ese limite pero todavia no se rersuelve. En cuanto sepa algo se los comento. Saludos.
Tópico: Créditos fiscales de PM
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2006 Asunto:
Hola buenos dias, disculpen la tardanza pero recuerden que aqui es mas temprano!! jajaja Fijate que me preocupa lo que menciona BR1 que ya "Z" ni sus luces, y lo digo porque atendiendo a lo que senala el articulo 146 del Codigo Fiscal el plazo para que prescriba un credito es de 5 anos, mismo que se interrumpe con cada gestion de cobro de la autoridad. Ahora el plazo fatal se "interrumpe" cuando el contribuyente (al que se le impuso el credito) hubiera desocupado su domicilio fiscal sin haber presentado el aviso o cuando hubiera senalado su domicilio de manera incorrecta. Pienso que en este caso el tiempo esta a tu favor, por lo que no te aconsejo que le piques lass costillas al leon. Sigue asi y ya en caso que haya algun acto de ejecucion entonces si inmediatamente presentas el medio de defensa alegando la prescripcion. Saludos
Tópico: COMENSACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2006 Asunto:
Estoy de acuerdo, en realidad es facil, como si fueras hacer una carta normal y incisos con los requisitos que te pide el 18 de Codigo

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