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Tópico: SUSPENSION DE ACTIVIDADES.....o .......ALGUNA OTRA OPCION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2010 17:55:34 Asunto: Re: SUSPENSION DE ACTIVIDADES.....o .......ALGUNA OTRA OPCION
Si Vabdo, gracias por el resumen en general de los pasos a seguir. Saludos
Tópico: Donde encuentro las NIF y los Boletines en la WEB
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 08, 2010 09:09:42 Asunto: Re: Donde encuentro las NIF y los Boletines en la WEB
Aqui solo puedes ver la estructura de las NIF, pero en donde se pueden descargar las nif y los boletines? (gratuitamente o con algun costo) [url]http://www.cinif.org.mx/[/url]
Tópico: ENVIAR LISTADO DE IETU ? OPINIONES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2010 16:56:12 Asunto: Re: ENVIAR LISTADO DE IETU ? OPINIONES
Lo mas conveniente es seguir presentandolo, porque no se sabe que mas vayan a solicitar por esto: El Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general dará a conocer los medios y formatos en que deberá presentarse la información a que se refiere el presente artículo.
Tópico: SUSPENSION DE ACTIVIDADES.....o .......ALGUNA OTRA OPCION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 07, 2010 16:16:49 Asunto: Re: SUSPENSION DE ACTIVIDADES.....o .......ALGUNA OTRA OPCION
Vabdo Los estados financieros que te solicita el notario, deben ir firmados por el representante legal o es la impresión directa del sistema de contabilidad? Saludos
Tópico: beneficios por el Alex en el IMSS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 28, 2010 18:34:54 Asunto: Re: beneficios por el Alex en el IMSS
Gracias enrique, ya localice esos boletines de prensa. Tienen que acudir tambien los trabajadores con relacion formal para recibir estos apoyos? Apoyos a trabajadores • Trabajadores con relación laboral formal: Se les otorgará una prórroga especial de cuatro meses para el pago del crédito sin capitalización de intereses. Su patrón no estará obligado a retener la amortización correspondiente a los meses de mayo, junio, julio y agosto; a partir del mes de septiembre, deberán reiniciar el pago normal de su crédito. • Trabajadores que laboran por su cuenta: Durante tres meses deberán cubrir un pago simbólico de 100 pesos. Para recibir estos apoyos, los trabajadores deberán acudir a la delegación del Infonavit en la entidad. Una vez concluido el periodo del apoyo, si el acreditado no puede honrar sus compromisos de pago, podrá acudir también a conocer las diferentes alternativas de solución que le ofrece Infonavit. Saludos
Tópico: beneficios por el Alex en el IMSS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 28, 2010 16:19:38 Asunto: Re: beneficios por el Alex en el IMSS
[quote]cplg: De eso no ha salido publicado nada solo lo que comentaron cuando anunciaron el decreto: FCH Adicionalmente el INFONAVIT ha establecido una serie de apoyos en los municipios de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas en los que se ha emitido la declaratoria de desastre natural por parte de la Secretaría de Gobernación, estos apoyos implican facilidades para el pago de los crédito por parte de los trabajadores; a los trabajadores con relación laboral formal se les otorgará una prórroga de cuatro meses para el pago del crédito sin capitalización de intereses. Su patrón no estará obligado a retener la amortización correspondiente a los meses de mayo, junio, julio y agosto. Los acreditados que laboran por su cuenta deberán realizar un pago simbólico al mes de cuando menos 100 pesos durante los próximos tres meses; para solicitar el apoyo requerido, los trabajadores deberán acudir a su delegación del INFONAVIT. [/quote] De esto ya salio algo publicado?
Tópico: beneficios por el Alex en el IMSS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2010 10:37:47 Asunto: Re: beneficios por el Alex en el IMSS
De eso no ha salido publicado nada solo lo que comentaron cuando anunciaron el decreto: FCH Adicionalmente el INFONAVIT ha establecido una serie de apoyos en los municipios de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas en los que se ha emitido la declaratoria de desastre natural por parte de la Secretaría de Gobernación, estos apoyos implican facilidades para el pago de los crédito por parte de los trabajadores; a los trabajadores con relación laboral formal se les otorgará una prórroga de cuatro meses para el pago del crédito sin capitalización de intereses. Su patrón no estará obligado a retener la amortización correspondiente a los meses de mayo, junio, julio y agosto. Los acreditados que laboran por su cuenta deberán realizar un pago simbólico al mes de cuando menos 100 pesos durante los próximos tres meses; para solicitar el apoyo requerido, los trabajadores deberán acudir a su delegación del INFONAVIT. Quiero señalar además que todas las viviendas que cuentan con un crédito vigente del INFONAVIT están amparadas con un seguro de daños. Los acreditados cuyas viviendas resultaron afectadas por el huracán “Alex” pueden reportar los daños al instituto. Para respaldar a las empresas en estos momentos críticos también ha decido tomar las siguientes decisiones: 1).- No se iniciarán acciones fiscales y se suspenderán las ya emprendidas en contra de las empresas deudoras, medida que estará vigente hasta el 4 de octubre del 2010, en esos lugares; 4 2).- Se suspenderán todas las intervenciones de caja y de las cuentas de cheques de las empresas deudoras igualmente hasta el 4 de octubre del 2010 en los municipios que hayan sido declarados con afectaciones; 3).- Se otorgarán facilidades para el pago del tercer y cuarto bimestre del 2010; 4).- El monto de los recargos generados para el pago extemporáneo del tercer y cuarto bimestre de 2010 se devolverá a los patrones afectados que así lo soliciten ante el instituto, Y, 5).- Se condona el 100 por ciento de las multas que se generen por el pago extemporáneo de los bimestres señalados. En coordinación con su Consejo Técnico, el Instituto Mexicano del Seguro Social apoyará al sector productivo en los municipios afectados de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas con las siguientes acciones: 1).- Se autorizará el pago a plazos de las cuotas que se causaron en el mes de junio, así como las que se causen en el mes de julio del 2010, a los patrones y demás sujetos obligados; 2).- No se impondrán multas, y en su caso se dejarán sin efecto los impuestos a los patrones y sujetos obligados que soliciten y obtengan autorización del pago a plazos, Y, 3).- En apoyo a los patrones y demás sujetos obligados no se realizarán nuevos actos de fiscalización hasta el 15 de agosto del 2010. Estas medidas tienen en claro propósito de contribuir decididamente a la reactivación de la planta productiva, así como a la restauración y normalización de la actividad económica de la región Noreste del país. En los próximos días habremos de anunciar nuevas acciones en favor de las familias y de la economía de las zonas afectadas.
Tópico: Decreto de eximir pagos provisionales en Monterrey
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 19, 2010 10:29:30 Asunto: Re: Decreto de eximir pagos provisionales en Monterrey
ARTÍCULO PRIMERO.- Se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única, correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2010 Y que pasa con el listado del ietu? no menciona nada. Saludos
Tópico: Decreto de eximir pagos provisionales en Monterrey
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 16, 2010 13:07:32 Asunto: Re: Decreto de eximir pagos provisionales en Monterrey
Habria que esperar esto para saber la forma de presentación del pago provisional porque solo exime de efectuar el pago: ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- El Servicio de Administración Tributaria podrá expedir las disposiciones de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del presente Decreto. Saludos
Tópico: DIOT IVA no acreditable?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2010 15:12:09 Asunto: Re: DIOT IVA no acreditable?
Por ejemplo, si se tiene la compra de un activo fijo por 275,000 + iva 44,000 tendriamos en la diot esto: Valor de los actos o actividades pagados a la tasa del 15% ó 16% de IVA $275,000 Monto del IVA pagado no acreditable a la tasa del 15% ó 16% $16,000 Total de IVA trasladado al contribuyente excepto importación de bienes y servicios (pagado) $44,000 En donde $28,000 sería el iva acreditable del pago provisional. Saludos

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