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Tópico: Donatios
gab

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 24, 2005 Asunto: Donatios
Hola alguien que me pueda decir como se manejan los donativos contablemente y fiscalmente, la empresa donde trabajo va a realizar donativos al banco de alimentos y este nos va a proporcionar una factura cada mes pero, si alguien me pudiera decir el registro contable y cual es el efecto fiscal de esos donativos se los agradeceria mucho
Tópico: tasa de recargos
gab

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 22, 2005 Asunto:
OK. GRACIAS
Tópico: tasa de recargos
gab

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto:
apoco las tasa de recargos a cargo del fisco federal se utiliza para el sua
Tópico: tasa de recargos
gab

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto: tasa de recargos
Hola a todos alguien me puede decir donde puedo encontrar las tasa de recargos para el pago de sua, porque no la encontre en la pagina del imss se los agradeceria mucho.
Tópico: Duda en acreditamiento iva
gab

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2005 Asunto:
Entonces que pas primero me dice que me puedo acreditar el iva retenido aunque no lo haya enterado y despues me dice que para solicitar el saldo a favor le tengo que restar el iva retenido del periodo entonces que pasa aqui, quiere decir que la primera parte queda sin efecto o que, ya me hice bolas
Tópico: Duda en acreditamiento iva
gab

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2005 Asunto:
Artículo 5o.-D. El impuesto se calculará por cada mes de calendario, salvo los casos señalados en el artículo 33 de esta Ley. Los contribuyentes efectuarán el pago del impuesto mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. El pago mensual será la diferencia entre el impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes por el que se efectúa el pago, a excepción de las importaciones de bienes tangibles, y las cantidades por las que proceda el acreditamiento determinadas en los términos de esta Ley. En su caso, el contribuyente disminuirá del impuesto que corresponda al total de sus actividades, el impuesto que se le hubiere retenido en dicho mes. Tratándose de importación de bienes tangibles el pago se hará como lo establece el artículo 28 de este ordenamiento. Para los efectos de esta Ley son bienes tangibles los que se pueden tocar, pesar o medir; e intangibles los que no tienen al menos una de estas características. TE REFIERES A ESTE
Tópico: Duda en acreditamiento iva
gab

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2005 Asunto:
Cuando en el cálculo del impuesto mensual previsto en el artículo 5o.-D de este ordenamiento resulte saldo a favor, los contribuyentes a que se refiere esta fracción podrán obtener la devolución inmediata de dicho saldo disminuyéndolo del monto del impuesto que hayan retenido por las operaciones mencionadas en el mismo periodo y hasta por dicho monto. creo que ya no entiendo, porque primero te dice que puedes acreditar el iva ret. aunque no lo ayas enterado a la shcp y despues para solicitar la dvolucion de iva te dice que la parte que retuviste la restes del saldo entonces como seria en el ejemplo que les mensiono en la parte de ariba.
Tópico: Duda en acreditamiento iva
gab

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 23, 2005 Asunto: Duda en acreditamiento iva
Las personas morales que hayan efectuado la retención del impuesto, y que a su vez se les retenga dicho impuesto conforme a esta fracción o realicen la exportación de bienes tangibles en los términos previstos en la fracción I del artículo 29 de esta Ley, [color=black:8b5344b57c]podrán considerar como impuesto acreditable, el impuesto que les trasladaron y retuvieron, aun cuando no hayan enterado el impuesto retenido de conformidad con lo dispuesto en la fracción IV del artículo 5o. de esta Ley.[/color:8b5344b57c]Cuando en el cálculo del impuesto mensual previsto en el artículo 5o.-D de este ordenamiento resulte saldo a favor, los contribuyentes a que se refiere esta fracción podrán obtener la devolución inmediata de dicho saldo disminuyéndolo del monto del impuesto que hayan retenido por las operaciones mencionadas en el mismo periodo y hasta por dicho monto. sobre lo expuesto arriba quiere decir lo sig: iva trasladado $ 1,000 iva acreditable$ 2,000 iva retenido $ 500 saldo a favor (junio por decir) $ 1,500 solicitud del saldo a favor serian los $ 1,500 meos el iva retenido $ 500 iva a favor para devolucion $ 1,000 es correcto esto.
Tópico: Opiniones sobre cas anual
gab

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 16, 2005 Asunto:
mira fierros lo que me comenta el que nos vendio el sistema de nominas es porque cuando se hace la nomina semanal cuando es cierre de mes la nomina agarra unos dias del otro mes y que por eso son las diferencias, no se si alguien me pudiera como hacerle para que no me salgan tantas diferencias, o como puedo hacerle para ajustarlo
Tópico: Opiniones sobre cas anual
gab

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 16, 2005 Asunto:
eso es lo extraño del sistema que te pone digamos 10 pesos en contra y 20 a favor y de lo que se trata es que si alguien tiene idea de porque se refleja este moviento no se si alguien tenga una sugerencia para que se pueda corregir este problema

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