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Tópico: INDEMNIZACION POR SEGURO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 10, 2018 09:44:08 Asunto: Re: INDEMNIZACION POR SEGURO
Buen día a todos. Agradezco quien se esta tomando el tiempo de leer este tema. Conclusion, el viernes me acerque a la CONDUSEF y me comentaron que tengo que rellenar un formulario, transcribir todo lo que ha pasado y esta pasando. Una vez realizado dicho expediente entregarlo a la CONDUSEF y la misma CONDUSEF lo estaria entregando al seguro de mi carro. En este caso el seguro tendría un lapso de 20 dias para dar una respuesta del porque se me esta pidiendo expedir dicho CFDI. Así mismo me acerque al SAT; personal del SAT me comento que es un acto que no deberían de hacer y pedir las aseguradoras pero que ya es algo comun. Lo que ellos me han aconsejado es que si tengo tiempo de poner una ¨demanda¨ en la CONDUSEF pero esto se tardaría mas de lo normal, o la otra seria (en dado caso que me urge el dinero, osea mi indemnización) realizar el CFDI pero declararlo como TRASLADO. Esto no me afectaría en la declaración mensual, pero tendré que declararlo en la ANUAL, la cual pero tampoco me va afectar. Ya que para mi si es urgente recuperar e invertir esa indemnización en un vehículo nuevo lo que voy hacer es que si realizare dicha factura, esperando que no me afecte en mis declaraciones así como me comento personal del SAT, y al mismo tiempo poner ese expediente en CONDUSEF.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2018 06:56:01 Asunto: Re: INDEMNIZACION POR SEGURO
Y en el contrato de seguro te dice que ES REQUISITO para el pago de una indemnización por perdida total que DEBES DE ENTREGAR EL CFDI.......? Ya le mencionaste al seguro la respuesta del SAT.....? En el contrato no dice que sea requisito que yo expida dicho CFDI. Asi como ya me comunique con personal del seguro comentando lo que personal del SATA me dijo pero siguen de su idea que es necesario expedir dicha re factura para que se realice la indemnizacion.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2018 06:54:59 Asunto: respuesta1
[b]Y en el contrato de seguro te dice que ES REQUISITO para el pago de una indemnización por perdida total que DEBES DE ENTREGAR EL CFDI.......? Ya le mencionaste al seguro la respuesta del SAT.....? [/b] En el contrato no dice que sea requisito que yo expida dicho CFDI. Asi como ya me comunique con personal del seguro comentando lo que personal del SATA me dijo pero siguen de su idea que es necesario expedir dicha re factura para que se realice la indemnizacion.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2018 22:16:33 Asunto: Re: INDEMNIZACION POR SEGURO
[b]Bueno, el asunto parecería sencillo y debería serlo, pero supongo que ya has podido darte cuenta que no lo es. Hay información que no has comentado, pero es básica. Para la adquisición que ¿tipo de contrato se hizo y que establece?, porque afirmas 'El vehículo no es de mi propiedad', luego entonces ¿Quién es el propietario?, el contrato y el CFDI lo deberían señalar. [/b] Respuesta: supongo que el vehiculo no sea de mi propiedad ya que no termine de pagarlo, no? Y ahorita leyendo el contrato que estipule con la agencia automotriz NRFM comenta en una clausola que en el momento que se declare perdida total el vehiculo GNP, osea el seguro, tendra que pagar a la agencia que otorgo el credito lo que se debe y sucesivamente la agencia me estaria dando mi indemnizacion. Pero la duda sigue siendo la misma porque FACTURAR? [b]Y quien te dió el CREDITO que dice el CONTRATO para 'este' tipo de EVENTOS......? El CFDI del vehiculo a nombre de quien esta......? [/b] Respuesta el credito me lo dio NRFM agencia automotriz de NISSAN. En el contrato dice que GNP el seguro tendra que pagar a NRFM y despues NRFM lo que resta a mi. En cuanto al CFDI delvehiculo esta a mi nombre. Viene mi nombre.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2018 13:34:27 Asunto: Re: INDEMNIZACION POR SEGURO
Entonces en estas situaciones a quien le hago caso? Quien tiene la razon? De un lado el seguro diciendome que esta factura que yo voy a estar generando no me va crear problemas ante el SAT y el SAT por el otro lado comentandome que no es correcto que yo realice dicha factura. A quien en estos casos tengo que hacer caso para que toda la situacion salga bien y nadie salga perdiendo, sobre todo yo? Seria acercandome a la CONDUSEF o quien es el experto sobre este tema?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 06, 2018 11:28:11 Asunto: Re: INDEMNIZACION POR SEGURO
El vehículo no es de mi propiedad ya que no he terminado de pagar el vehículo. Hablando con tres contadores me comentan que no es correcto que yo realice la re factura ya que no puedo facturar algo que no es mio. Acercándome a las oficinas del seguro comentan que es un procedimiento normal y que dicha indemnización no entrara en la declaración de los impuestos y que por ende no me va afectar. Hablando con personal del SAT comenta que no es un procedimiento legal lo que quieren realizar el seguro, y hasta me comentaron a cual articulo se refieren. Transcribo lo que me comenta personal del SAT : Orquidea : Gracias por la espera, le informo que en términos del criterio 5/IVA/NV del anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, derivado del artículo 1 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, se considera que el resarcimiento del daño o pago de una suma de dinero realizado por las empresas aseguradoras al verificarse la eventualidad prevista en los contratos de seguro, tiene su causa en los propios contratos, por lo que estas operaciones no pueden considerarse como costo de adquisición o pago del valor de los efectos salvados para dichas empresas. Por ende es una práctica indebida que la aseguradora le solicite la emisión del CFDI por la reparación del daño en el que señale como precio o contraprestación por la enajenación de los efectos salvados, la cantidad pagada o resarcida por una empresa aseguradora al verificarse la eventualidad prevista en un contrato de seguro contra daños. Orquidea : Es decir, usted no debe emitir CFDI, no es correcto que la aseguradora lo solicite. Orquidea : Respecto a la acumulación, ¿la cantidad recuperada por el pago del siniestro será reinvertida en la adquisición de bienes de naturaleza análoga dentro de los doce meses siguientes a que se obtuvo la recuperación? D: Osea entonces no tengo porque realizar dicha re-factura a nombre del seguro de mi carro? Se me pide refacturar una cantidad de casi 100 mil pesos. De esos 100 mil pesos, segun yo valor comercial de mi vehiculo actualmente, recibire solo 40 mil, ya que aun se debian 60 a la agencia crediticia donde saque el credito. D: Y segun yo, con esa cantidad, 40 mil que segun yo recibire, espero si reinvertirlos en la adquisicion de un nuevo coche. Orquidea : Así es no factura y si reinvierte en bienes de naturaleza análoga dentro de los doce meses siguientes a partir de que se obtenga la recuperación, esta cantidad no se considera acumulable con fundamento en el artículo 37, párrafo tercero de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2018 17:00:28 Asunto: Re: INDEMNIZACION POR SEGURO
Me pidieron facturar el valor comercial del vehiculo. Pero porque tengo que facturar yo algo que no es mio? Porque no se arreglan el seguro y la financiera donde saque mi credito? Osea yo deberia de pagar solo el deducible, porque tantas vueltas?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 04, 2018 13:07:35 Asunto: INDEMNIZACION POR SEGURO
Buen día, espero ustedes puedan ayudarme. Mi vehículo fue declarado pérdida total. Lo saque por mediode un crédito con la agencia financiera NR FINANCE MEXICO. Después de haber enviado toda la documentación que se me requiriópara que se me realizara la indemnización del vehículo, ahora me están pidiendo realizar una factura a nombre de la aseguradora GNP. Yo estoy dada de alta en el SAT bajo el régimen ¨REGIMEN DEPERSONAS FISICAS CON ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES¨ con actividad económica ¨SERVICIOS DE PROFESORES PARTICULARES¨, es decir como maestra y realizo pago de honorarios. Mi pregunta es tengo que realizar una normal factura con misobligaciones, cuales pagos de ISR y pago de IVA? Y el colmo osea una vez facturada dicha cantidad voy a tenerque pagar al SAT el ISR y el IVA o como???

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