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Tópico: Beca Escolar a Empleado
EnriqueM

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2018 16:21:08 Asunto: Re: Beca Escolar a Empleado
Buen día, para reforzar el tema: La Real Academia Española define a la beca como una subvención (ayuda económica) para realizar estudios o investigaciones. Esto refuerza el hecho que la ayuda económica proporcionada al estudiante/practicante, representa un incentivo para sus estudios y no un salario, este incentivo (beca) es un término que no se encuentra regulado en la LFT o LSS. En el Reglamento del ISR en su artículo 166 nos dice que: Para efectos del artículo 94 de la Ley, se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, el importe de las becas otorgadas a personas que hubieren asumido la obligación de prestar servicios a quien otorga la beca, así como la ayuda o compensación para renta de casa, transporte o cualquier otro concepto que se entregue en dinero o en bienes, sin importar el nombre con el cual se les designe. Por lo anterior yo no lo llamaría beca, ya que esto tendría que ser acumulado al ingreso, como ya te comentaron, si solamente pocos tiene acceso entonces lo consideraría como gasto a cuenta de la empresa y en mi opinión no es estrictamente indispensable por lo que no seria deducible. Ahora que si es general entonces si podrías considerarlo como previsión social y deducible hasta cierto monto. Espero no haberte confundido más. Saludos
Tópico: Criterio franja 50 Km Viáticos
EnriqueM

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 23, 2018 16:08:24 Asunto: Criterio franja 50 Km Viáticos
Colegas, Tengo una interpretación diferente de este tema, como muchos sabemos hay una discusión sobre que si son 8 km o 50 km en el tema de la franja de los viáticos. Pero al ser un poco purista: Los viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático o cuando se apliquen dentro de una faja de 50 kilómetros que[b] circunde[/b] al establecimiento del contribuyente. (…) Podemos ver que la palabra clave es circundar, mas que faja, ya que habla de 50 km lineales no cuadrados, es decir, hablamos de un perímetro. Retomando esta idea, la RAE define a circunda como: Circundar: 1. tr. Cercar, rodear algo o a alguien. Con esta linea de ideas, jamas habla de puntos equidistantes, del centro, o de radio o diámetro, simplemente de rodear, así que se podría crear un perímetro de 50 km y colocarlo de tal forma que un punto muy cerca del perímetro siga siendo rodeado por una faja de 50 km y que el pago de la contraprestación sea cerca pero fuera de la misma circunferencia. En lo personal creo que el legislador se pudo haber referido a 50 km de diámetro o de radio, pero me parece interesante ver que en sentido literal podríamos jugar con estas definiciones y no estar 'mal' en la aplicación. ¿Ustedes que opinan?
Tópico: COMPLEMENTO NOMINA REEMBOLSO DE GASTOS NO VIATICOS
EnriqueM

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 22, 2018 16:52:41 Asunto: COMPLEMENTO NOMINA REEMBOLSO DE GASTOS NO VIATICOS
Colegas, agradecería demasiado si me pueden ayudar a identificar en el llenado del complemento el tratamiento de los reembolsos. ¿Cuál es el tratamiento de los reembolsos de gastos a cuenta de la empresa de un trabajador?, ya que tengo entendido que no tiene el mismo tratamiento que los viáticos y no es ingreso para el trabajador. ¿?

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