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Tópico: IVA EN COMPRA DE GASOLINA POR TARJETAS
rafaelcastglez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2015 15:19:03 Asunto: IVA EN COMPRA DE GASOLINA POR TARJETAS
[color=blue][/color] Buenas tardes Compañeros (as). Tengo una duda con respecto a la compra de gasolina. Nosotros compramos gasolina a una empresa, la cual el proceso es el siguiente: Nosotros semanalmente le depositamos una cierta cantidad a la empresa, ella por lo consiguiente libera la linea para que nosotros dispersemos la gasolina a cada una de las personas que le tenemos otorgado la tarjeta, para que ellos a la vez puedan acudir a una estación de gasolina poner la gasolina al vehículo y repartir nuestros productos. Ahora bien me he dado cuenta que esta empresa cuando me emite mi factura mensual no me desglosa el IVA si no que todo lo lleva como un gasto, pero me surge la duda porque yo si le pago el IVA, lo único que me desglosa el IVA es a la comisión que me cobra. Alguien me puede ayudar con este tema. De antemano muchas gracias
Tópico: Devolucion de IVA en venta de jugos y nectares
rafaelcastglez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 11, 2015 11:49:33 Asunto: Devolucion de IVA en venta de jugos y nectares
Buenos Dias. De antemano un agradecimiento por el tiempo invertido en esta pregunta y sus valiosas respuestas. Somos una empresa que vende jugos, concentrados, vinos, licores etc. sin embargo el 80% de esas ventas es de jugos y concentrados (daiquiris, jarabes y conteles), ahora bien nosotros vendemos a tasa 0% apegandonos al decreto de JUGOS Y NECTARES DEL 2006. Mi duda es con respecto al IVA ya que no se si puedo solicitar su devolucion, ya que de acuerdo al calculo que se hace ( raro por cierto), me da iva a favor mes a mes y hay un ejemplo del calculo que dice que se puede solicitar su devolucion o compensacion. Hemos entrado a un dilema entre mis compañeros ya que ellos dicen que si es posible solicitar su devolucion pero yo digo que no. Que opinan? ya que lo voy a discutir con mi jefe. DECRETO Estímulo fiscal a productos destinados a la alimentación (1) ARTÍCULO PRIMERO.- Se otorga un estímulo fiscal a • los importadores o • enajenantes de - jugos, - néctares, - concentrados de frutas o de verduras y - de productos para beber en los que la leche sea un componente que se combina con vegetales, cultivos lácticos o lactobacilos, edulcorantes u otros ingredientes, tales como - el yoghurt para beber, - el producto lácteo fermentado o los licuados, - así como de agua no gaseosa ni compuesta cuya presentación sea en envases menores de diez litros. El estímulo fiscal consistirá en una • cantidad equivalente al 100% del impuesto al valor agregado que deba pagarse por la importación o enajenación de los productos antes mencionados y • sólo será procedente en tanto no se traslade al adquirente cantidad alguna por concepto del impuesto al valor agregado en la enajenación de dichos bienes.- • Dicho estímulo fiscal será acreditable contra el impuesto que deba pagarse por las citadas actividades. Para efectos de la proporción de acreditamiento se consideran actos o actividades gravados (2) Para los efectos del acreditamiento del impuesto al valor agregado correspondiente a bienes, servicios o al uso o goce temporal de bienes, estrictamente indispensables para la enajenación de los productos a que se refiere el presente Decreto, dicha enajenación se considerará como actividad por la que procede el acreditamiento, sin menoscabo de los demás requisitos que establece la ley para tal efecto. Estímulo aplicado en la importación no es acreditable (3) El impuesto causado por la importación de los bienes a que se refiere el primer párrafo de este artículo, en cuyo pago se haya acreditado el estímulo fiscal previsto en el presente Decreto, no dará derecho a acreditamiento alguno. El subsidio no aplica a restaurantes y otros similares (4) No será aplicable el estímulo fiscal que establece este Decreto en la enajenación de los productos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, inclusive cuando no cuenten con instalaciones para ser consumidos en los mismos, cuando sean para llevar o para entrega a domicilio. El estímulo no es acreditable (5) El estímulo fiscal no será acumulable para los efectos del impuesto sobre la renta. El beneficio no da derecho a devolución o compensación (6) [quote][color=red]La aplicación de los beneficios establecidos en el presente Decreto no dará lugar a devolución o compensación alguna[/quote][/color] (si alguien tiene la manera correcta de como se calcula el IVA se le agradeceria mucho que lo comprta)
Tópico: VENTA DE CARNE
rafaelcastglez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 28, 2015 10:53:47 Asunto: VENTA DE CARNE
BUENOS DIAS. LA VENTA DE CARNE DE RES, PUERCO Y POLLO EN LOS MERCADOS (CARNE FRESCA) GRAVA PARA EFECTOS DE ISR?, AGRADEZCO DE SU APRECIABLE AYUDA. SALUDOS
Tópico: indemnizaciones y prima de antiguedad
rafaelcastglez

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Febrero 27, 2015 16:00:24 Asunto: indemnizaciones y prima de antiguedad
Alguna persona que me pueda comentar acerca si grava para efectos del 2.5% o 3% sobre nomina las primas de antigüedad y la indemnización, por favor. De antemano le agradezco de su valioso tiempo
Tópico: prima de antiguedad y la indemnizacion
rafaelcastglez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2015 15:57:06 Asunto: prima de antiguedad y la indemnizacion
[color=blue][/color]Buenas Tardes: Alguna persona que me pueda comentar acerca si grava para efectos del 2.5% o 3% sobre nomina las primas de antigüedad y la indemnización, por favor. De antemano le agradezco de su valioso tiempo

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